SlideShare uma empresa Scribd logo
1 de 98
Enrique Manuel Villa Caballero
EL DERECHO ADMINISTRATIVO
PARTE 1
¿Monopolio en los servicios del
Estado?
¿Qué ocurre cuando un ciudadano solicita
un pedido o reclamo?
 Gobierno Central
 Gobierno Regional
 Gobierno Local
 Gobierno Central
◦ Poder Legislativo:
 Reside en el Congreso y su principal
atribución es emitir, modificar y derogar
leyes.
 Gobierno Central
◦ Poder Ejecutivo:
 Encabezado por el Presidente de la República e
integrado por los ministros de Estado.
 Encargado de la dirección política del Estado.
Realiza actividad normativa a través de decretos
y resoluciones
 Gobierno Central
◦ Poder Judicial:
 Es un organismo autónomo de la República del Perú
constituido por una organización organización
jerárquica de instituciones, que ejercen la potestad
de administrar justicia, que en teoría emana del
pueblo
 Gobierno Central
◦ Poder Judicial:
Se divide en 5 niveles:
a) La Corte Suprema de la República
b) Las Cortes Superiores
c) Los Juzgados Especializados
d) Los Juzgados de Paz Letrados
e) Los Juzgados de Paz
 Gobierno Regional
◦ Es autónomo en lo político, económico y administrativo.
◦ El Presidente Regional y el Consejo Regional son
elegidos por votación popular.
◦ Promueve el desarrollo y economía regional, fomenta las
inversiones, actividades y servicios públicos de su
responsabilidad.
 Gobierno Local
◦ Esta constituido por municipalidades, provinciales y
distritales.
◦ Tiene autonomía política, económica y administrativa.
◦ Cumple diversas funciones, entre las cuales se cuenta
con el desarrollo urbano y la zonificación, la regulación
del trasporte publico, la limpieza publica, etc.
 Organismos contemplados en la
Constitución
 El Tribunal Constitucional
 El Ministerio Publico
 El Consejo Nacional de la Magistratura
 La Defensoría del Pueblo
 El Banco Central de Reserva del Perú
 La Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras
Privadas de Fondos de Pensiones
 Organismos no incluidos en la
Constitución
 OSINERMING
 OSIPTEL
 SUNASS
 SUNAT
 CONCYTEC
 INEI
 INDECOPI
 CONASEV
 Empresas Estatales
 Empresas del Estado de accionario único
 Empresas del Estado con accionariado privado
 Empresas del Estado con potestades publicas
◦ La Constitución Política del Estado
◦ La Ley y las normas con rango de ley:
a) La Ley
b) Los Decretos Legislativos
c) Los Decretos de Urgencia
d) Los Decretos-Leyes
◦ Los Tratados:
a) Tratados con rango constitucional
b) Tratados con rango de ley
c) Tratados con rango de D.S.
◦ Los Decretos Supremos
◦ Otras normas del Poder Ejecutivo
 a) Resoluciones Supremas
b) Resoluciones Ministeriales
c) Resoluciones Vice Ministeriales
d) Resoluciones Directorales
e) Otras resoluciones
◦ Resoluciones expedidas por los organismos
reguladores o por entidades públicas
descentralizadas
 Gobiernos Regionales:
a) Ordenanzas Regionales expedidas
por el Consejo Regional.
b) Decretos Regionales expedidos por
la Presidencia Regional
◦ Resoluciones expedidas por los
organismos reguladores o por entidades
públicas descentralizadas
 Gobiernos Locales:
a) Ordenanzas
b) Decretos de Alcaldía
c) Resoluciones de Alcaldía
◦ Resoluciones expedidas por los
organismos reguladores o por entidades
públicas descentralizadas
 Gobiernos Locales:
a) Ordenanzas
b) Decretos de Alcaldía
c) Resoluciones de Alcaldía
La noción de fuente de derecho nos
remite al origen del derecho, a su
proceso de formación y a su expresión
final.
a) La Ley
b) La Costumbre
c) La Jurisprudencia
d) La Doctrina
Ricardo Salazar Chávez
 Consiste en la
concreción de los
fines del Poder.
 Hacer realidad.
 La concreción de los
fines del Poder es un
término genérico que
comprende diversas
modalidades de
manifestación
 Reglamentación de leyes (a
través de los reglamentos).
 Declaraciones de efectos jurídicos
individuales
(a través de los actos
administrativos).
 Organización interna del ente
(a través de los actos de
administración interna).
 Contratación para cumplir metas
(a través de los contratos de la
Administración Pública).
 Ejecución propiamente tal
(a través de los hechos
administrativos).
 La Función Administrativa la
ejerce la Administración
Pública.
 La Administración Pública es el conjunto de:
 Organismos,
 Órganos y,
 Personas-órgano estatales y no estatales
 que ejercen la Función Administrativa del Poder.
Organismo, Órgano y Persona-órgano
Órganos
de Apoyo
Órganos
de Dirección
Órganos
de Asesoría
Órgano de
Control
Institucional
Órganos
de Línea
 Órgano de Dirección.- Conduce la entidad. Señala
lo que se debe hacer y las acciones a seguir.
 Órgano de Línea.- Desarrolla las actividades que
explican la existencia de la entidad.
 Órgano de Asesoría.- Proporciona opiniones
técnicas fundamentadas o información procesada
que sirve a los otros órganos como insumo para la
toma de decisiones.
 Órgano de Apoyo.- Proporciona bienes materiales
o inmateriales, recursos financieros, personal, así
como conduce circuitos administrativos internos,
con el propósito de facilitar el desarrollo de las
actividades de los otros órganos de la entidad.
 Órgano de Control Institucional.- Evalúa
periódicamente el ejercicio de la Función
Administrativa por los otros órganos de la entidad,
para verificar el cumplimiento de las normas y
evaluar la calidad de la gestión.
 El artículo 43º de la constitución Política señala
que el Estado es uno e indivisible; agregando
que “su gobierno es unitario, representativo y
descentralizado”.
 A lo largo de la Constitución Política se alude a
diversas modalidades de gestión pública que
implica la desconcentración.
 La organización de la Administración Pública
debe respetar los principios de Unidad,
Descentralización y Desconcentración.
 En virtud a la Unidad, el comportamiento total de
la Administración Pública debe seguir una
Visión, Misión y Estrategia única.
 En virtud a la
Descentralización
Orgánica, se crean
organismos distintos
al organismo
originario.
 En virtud a la
Descentralización
Funcional, se
transfieren
atribuciones desde
un organismo (u
órgano) que las
concentra, hacia otro
organismo existente
o recién creado.
(A)
(B)
 En virtud de la
Desconcentración
Orgánica, en un
organismo se crean
órganos ubicados en
lugares distintos al
lugar sede del
organismo.
 En virtud de la
Desconcentración
Funcional, se delegan
atribuciones, desde un
órgano que las
concentra hacia otro
órgano ubicado dentro
o fuera del lugar sede
del organismo.
(A)
Desconcentración
Desconcentración
(B)
Ministerio (Rector. Incluye sus
órganos desconcentrados)
ORGANISMOS PÚBLICOS
ESCENTRALIZADOS (incluye sus
órganos desconcentrados)
PERSONAS JURÍDICAS Y
PERSONAS NATURALES
PRIVADAS
MARCO NORMATIVO DE LOS
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
 El Poder Ejecutivo
 El Poder Legislativo
 El Poder Judicial
 Los Gobiernos Regionales
 Los Gobiernos Locales
 Los organismos a los que la
Constitución les da
autonomía
 Entidades, organismos y
programas del Estado
 Las empresas privadas que
brindan un servicio público
 Regula las actuaciones de la
función administrativa del
Estado
 El procedimiento administrativo
general desarrollado por las
entidades
 Los procedimientos especiales
 Integra un sistema orgánico que posee
autonomía respecto de otras ramas del
Derecho.
 Posee principios propios que en muchos
casos no sirven para otras ramas del
Derecho, por su carácter público.
 Existe un carácter supletorio y subsidiario
con ciertas disposiciones legales.
Administrados: PN o PJ que
participa en un procedimiento
administrativo y se someten a las
normas correspondientes.
Autoridad Administrativa:
agente de entidades que bajo
cualquier régimen jurídico ejercen
potestades públicas y conducen el
procedimiento administrativo.
 El Procedimiento administrativo es el
cauce formal de la serie de actos en
que se concreta la actuación
administrativa para la realización de
un fin. El procedimiento tiene por
finalidad esencial la emisión de un
acto administrativo.
 A diferencia de la actividad
privada, la actuación pública
requiere seguir unos cauces
formales, más o menos
estrictos, que constituyen la
garantía de los ciudadanos en el
doble sentido de que la
actuación es conforme con el
ordenamiento jurídico y que ésta
puede ser conocida y fiscalizada
por los ciudadanos.
PRINCIPIOS ADMINISTRATIVOS
¿Que son estos principios?
 Son postulados rectores que
tienen por finalidad guiar la acción
administrativa.
 No cumplen una función supletoria
sino informadora del ordenamiento
jurídico
 La Ley del Procedimiento
Administrativo General establece
16 principios, sin tener carácter
taxativo, es decir no excluyen
otros.
PRINCIPIOS
LEGALIDAD
DEBIDO
PROCEDIMIENTO
IMPULSO DE OFICIO RAZONABILIDAD
IMPARCIALIDAD INFORMALISMO
PRESUNCIÓN DE
VERACIDAD
CONDUCTA
PROCEDIMENTAL
CELERIDAD EFICACIA
VERDAD MATERIAL PARTICIPACIÓN
SIMPLICIDAD UNIFORMIDAD
PREDICTIBILIDAD
PRIVILEGIO DE
CONTROLES
POSTERIORES
Principio de Legalidad
Las autoridades administrativas deben
actuar con respeto a la Constitución, la Ley
y al Derecho.
Toda acción administrativa se
presenta como ejercicio de un poder
atribuido, delimitado y construido
previamente por Ley.
“Nadie está obligado a hacer lo que
la ley no manda, ni impedido de hacer
lo que ella no prohíbe”
¿Se aplica al principio de Legalidad?
LEY
DEMAS TRIBUTOS
CONGRESO
DECRETO
SUPREMO
ARANCELES
TASAS
PODER EJECUTIVO
GOBIERNO CENTRAL
ORDENANZA
CONTRIBUCION
TASAS
CONSEJO MUNICIPAL
GOBIERNO LOCAL
Principio de Legalidad
Casuística del principio de Legalidad
¿Presidente de la República puede
crear una Ley que regule los arbitrios
del Cercado de Lima?
¿Alcalde puede crear un impuesto al
uso de autopistas?
Principio del Debido Procedimiento
Constituye una garantía dirigida a
consolidar el derecho de defensa.
Es un derecho constitucional tanto en el
ámbito judicial como el administrativo.
Comprende:
Derecho a exponer argumentos
Derecho a ofrecer y producir
pruebas.
Derecho a obtener una decisión
motivada y fundada en derecho
 Negar la lectura de un expediente
 Ausencia de notificación
 Cobro coactivo de pagos antes de
vencerse.
 Negar el ofrecimiento de pruebas en un
procedimiento
Principio del Debido Procedimiento
Demanda de Amparo: Ramón Hernando Salazar Yarlequé vs
Municipalidad de Surquillo
Materia: Exigencia previa de pago de tasa para impugnar
Principio del Debido Procedimiento
Principio de Impulso de Oficio
Supone dirigir e impulsar de oficio el
procedimiento independientemente si este
fue iniciado por el administrado o la entidad.
Se debe promover toda actuación que fuese
necesaria para su tramitación y superar
cualquier obstáculo.
Evitar el entorpecimiento o demora a causa
de diligencias innecesarias o meramente
formales
Principio de Razonabilidad
Se debe tener en cuenta en aquellas
decisiones de establezcan gravámenes
(sanciones, restricciones).
Decisiones deben adoptarse dentro de
los límites de la facultad atribuida.
Debe existir proporción entre los medios
a emplear y los fines públicos que se
tutela.
Si se venden CDs piratas ¿ cuánto de multa se debe aplicar?
1UIT ?
10 UIT ?
50 IUT ?
150 UIT ?
500 UIT ?
1000UIT ?
Principio de Razonabilidad
Principio de Imparcialidad
Se encuentra ligado al principio de igualdad.
Referido al aspecto subjetivo del funcionario
público, quien deber de actuar sin
favoritismos.
No se admite ninguna clase de discriminación
entre los administrados.
La Administración debe motivar sus
decisiones sobre la base de criterios
objetivos.
¿Doble instancia administrativa?
¿Imparcialidad vs diferencias?
Principio de Imparcialidad
Principio de Informalismo
Se contrapone a la cultura del trámite
burocrático y formalista (cuestiones
procesales).
Las normas de procedimiento deben ser
interpretadas en forma favorable al
administrado.
La exigencia de aspectos formales deben ser
subsanados dentro del procedimiento,
siempre que ello no afecte derechos de
terceros o el interés público.
Principio de Presunción de Veracidad
Se presume que los documentos y declaraciones de los administrados
responden a la verdad de los hechos que ellos afirman.
Declaración Jurada – Régimen de Fedatarios - Tramitadores
Principio de Presunción de Veracidad
Principio de Conducta Procedimental
Todos los partícipes del procedimiento,
deben guiar sus actos dentro del respeto
mutuo, la colaboración y la buena fe.
Ninguna regulación puede interpretarse de
modo tal que ampare alguna conducta
contra la buena fe procesal.
Ejemplo: Cuestionar la competencia de una
instancia a la que previamente se sometió.
Principio de Celeridad
Los partícipes del procedimiento administrativo deben actuar de
modo tal que este sea dinámico.
Debe evitarse actuaciones procesales que dificulten su
desenvolvimiento o constituyan meros formalismos.
Emitir decisión en tiempo razonable, lo que no implica:
- Eximir del respeto al debido
procedimiento.
- Vulnerar el ordenamiento jurídico.
Principio de Eficacia
Hacer prevalecer el cumplimiento de la finalidad del acto sobre los
formalismos, siempre que:
- No incida en su validez.
- No determinen la decisión final.
- No disminuyan las garantías.
- No causen indefensión a los administrados
Tiene relación con el principio de economía procesal.
La aplicación de este principio implica que la finalidad del acto se ajuste
al marco normativo aplicable.
Principio de Verdad Material
Implica verificar los hechos que sirven
de motivo a los actos administrativos.
Se deben actuar las pruebas
necesarias aun cuando no hayan sido
propuestas por los administrados.
La verdad real o material frente a la
verdad documental.
Principio de Participación
Brindar condiciones necesarias para acceder a la información que
posee la administración.
Excepciones:
- Información que afecte la intimidad personal.
- Información vinculada a la seguridad nacional.
- Información excluida por ley.
Principio de Simplicidad
Los trámites establecidos por la autoridad administrativa deben ser
sencillos, debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria (requisitos
deben ser racionales y proporcionales)
Barreras burocráticas ilegales e irracionales
Exigir
renovaciones,
canjes o
actualizaciones de
licencias que son
de vigencia
indefinida
Principio de Simplicidad
Principio de Uniformidad
1. Establecer requisitos similares para trámites similares.
2. Las excepciones a los principios generales no serán convertidos
en la regla general.
3. Toda diferenciación deberá basarse en criterios objetivos
debidamente sustentados.
4. Ejemplo: Tasas, requisitos contenido en el TUPA
Principio de Predictibilidad
Brindar a los administrados información
veraz, completa y confiable sobre cada
trámite.
El administrado debe tener certeza sobre
cuál será el resultado final de su trámite.
Genera confianza en la ciudadanía y
reduce la carga de solicitudes inútiles o
claramente ilegales.
Principio de Privilegio de Controles Posteriores
La tramitación de los procedimientos
administrativos se sustentará en la
aplicación de la fiscalización posterior.
La autoridad administrativa se reserva el
derecho de:
- Comprobar la veracidad de la
información presentada.
- Comprobar el cumplimiento de la
normatividad sustantiva.
- Aplicar las sanciones por presentar
información falsa.
DERECHOS Y DEBERES DE LOS
ADMINISTRADOS
DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS
1. La precedencia en la atención del servicio público
requerido, guardando riguroso orden de ingreso.
DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS
2. Ser tratados con respeto y consideración por el personal de las
entidades, en condiciones de igualdad con los demás
administrados.
3. Acceder, en cualquier momento, de
manera directa y sin limitación
alguna a la información contenida
en los expedientes de los
procedimientos administrativos en
que sean partes y a obtener
copias de los documentos
contenidos en el mismo
sufragando el costo que suponga
su pedido, salvo las excepciones
expresamente previstas por ley.
DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS
4. Acceder a la información gratuita
que deben brindar las entidades
del Estado sobre sus actividades
orientadas a la colectividad,
incluyendo sus fines,
competencias, funciones,
organigramas, ubicación de
dependencias, horarios de
atención, procedimientos y
características.
DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS
DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS
5. A ser informados en los procedimientos de oficio sobre su
naturaleza, alcance y, de ser previsible, del plazo estimado de su
duración, así como de sus derechos y obligaciones en el curso de
tal actuación.
www.upci.edu.pe
DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS
6. Participar responsable y progresivamente en la prestación y control
de los servicios públicos, asegurando su eficiencia y oportunidad.
7. Al cumplimiento de los plazos
determinados para cada
servicio o actuación y exigirlo
así a las autoridades.
DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS
8. Ser asistidos por las entidades para el cumplimiento de sus
obligaciones.
9. Conocer la identidad de las autoridades y personal al servicio de la
entidad bajo cuya responsabilidad son tramitados los procedimientos
de su interés.
DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS
DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS
10. A que las actuaciones de las entidades que les afecten sean
llevadas a cabo en la forma menos gravosa posible.
DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS
11. Al ejercicio responsable del derecho de formular análisis, críticas
o a cuestionar las decisiones y actuaciones de las entidades.
DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS
12. A exigir la responsabilidad de las entidades y del personal a su
servicio, cuando así corresponda legalmente.
DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS
13. Los demás derechos reconocidos por la Constitución o las leyes
1. Abstenerse de formular
pretensiones o articulaciones
ilegales, de declarar hechos
contrarios a la verdad o no
confirmados como si fueran
fehacientes, de solicitar
actuaciones meramente dilatorias,
o de cualquier otro modo afectar
el principio de conducta
procedimental
DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS
DEBERES DE LOS ADMINISTRADOS
2. Prestar su colaboración para el pertinente esclarecimiento de los
hechos.
3. Proporcionar a la autoridad
cualquier información dirigida
a identificar a otros
administrados no
comparecientes con interés
legítimo en el procedimiento.
DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS
DEBERES DE LOS ADMINISTRADOS
4. Comprobar previamente a su presentación ante la entidad, la
autenticidad de la documentación sucedánea y de cualquier
otra información que se ampare en la presunción de veracidad.
.
www.upci.edu.pe
CAPACIDAD PROCESAL
Tienen capacidad procesal ante las entidades las personas que
gozan de capacidad jurídica conforme a las leyes.
REPRESENTACION DE PERSONAS JURIDICAS
Las personas jurídicas pueden intervenir en el procedimiento a
través de sus representantes legales, quienes actúan premunidos
de los respectivos poderes.
COMPARECENCIA PERSONAL
Las entidades pueden convocar la comparecencia personal a su
sede de los administrados sólo cuando así le haya sido facultado
expresamente por ley.
Los administrados
pueden comparecer
asistidos por asesores
cuando sea necesario
para la mejor
exposición de la
verdad de los hechos.
COMPARECENCIA PERSONAL
A solicitud verbal del administrado, la entidad entrega al final del
acto, constancia de su comparecencia y copia del acta elaborada.

Mais conteúdo relacionado

Mais procurados

Gobiernos regionales y locales
Gobiernos regionales y localesGobiernos regionales y locales
Gobiernos regionales y localesAncaroka
 
282822814-La-Administracion-Publica-en-El-Peru.ppt
282822814-La-Administracion-Publica-en-El-Peru.ppt282822814-La-Administracion-Publica-en-El-Peru.ppt
282822814-La-Administracion-Publica-en-El-Peru.pptJuan Lazaro
 
Gobierno local en el perú
Gobierno local en el perúGobierno local en el perú
Gobierno local en el perúelvismorales94
 
ÓRGANOS CONSTITUCIONALES AUTÓNOMOS DEL PERÚ
ÓRGANOS CONSTITUCIONALES AUTÓNOMOS DEL PERÚÓRGANOS CONSTITUCIONALES AUTÓNOMOS DEL PERÚ
ÓRGANOS CONSTITUCIONALES AUTÓNOMOS DEL PERÚArmando Calla
 
Diferencias entre las constituciones de 1979 y 1993
Diferencias entre las constituciones de 1979 y 1993Diferencias entre las constituciones de 1979 y 1993
Diferencias entre las constituciones de 1979 y 1993Free TIC
 
Jerarquia de normas en el Peru (Legislacion y deodontologia farmautica)
Jerarquia de normas en el Peru (Legislacion y deodontologia farmautica)Jerarquia de normas en el Peru (Legislacion y deodontologia farmautica)
Jerarquia de normas en el Peru (Legislacion y deodontologia farmautica)Botica Farma Premium
 
Estructura Organica de los Gobiernos regionales.
Estructura Organica de los Gobiernos regionales.Estructura Organica de los Gobiernos regionales.
Estructura Organica de los Gobiernos regionales."ALD D` VILLA"
 
Los gobiernos regionales y los gobiernos locales
Los gobiernos regionales y los gobiernos localesLos gobiernos regionales y los gobiernos locales
Los gobiernos regionales y los gobiernos localesChuna Christopher
 
Tribunal constitucional del Perú
Tribunal constitucional del PerúTribunal constitucional del Perú
Tribunal constitucional del PerúNODNP
 
Poderes Del Estado
Poderes Del EstadoPoderes Del Estado
Poderes Del Estadojoaquin
 
Constitucion peruana-analisis
Constitucion peruana-analisisConstitucion peruana-analisis
Constitucion peruana-analisisSunmy Sugmejam
 

Mais procurados (20)

Gobiernos regionales y locales
Gobiernos regionales y localesGobiernos regionales y locales
Gobiernos regionales y locales
 
282822814-La-Administracion-Publica-en-El-Peru.ppt
282822814-La-Administracion-Publica-en-El-Peru.ppt282822814-La-Administracion-Publica-en-El-Peru.ppt
282822814-La-Administracion-Publica-en-El-Peru.ppt
 
Poder Judicial del Perú
Poder Judicial del PerúPoder Judicial del Perú
Poder Judicial del Perú
 
Gobierno local en el perú
Gobierno local en el perúGobierno local en el perú
Gobierno local en el perú
 
ÓRGANOS CONSTITUCIONALES AUTÓNOMOS DEL PERÚ
ÓRGANOS CONSTITUCIONALES AUTÓNOMOS DEL PERÚÓRGANOS CONSTITUCIONALES AUTÓNOMOS DEL PERÚ
ÓRGANOS CONSTITUCIONALES AUTÓNOMOS DEL PERÚ
 
Diferencias entre las constituciones de 1979 y 1993
Diferencias entre las constituciones de 1979 y 1993Diferencias entre las constituciones de 1979 y 1993
Diferencias entre las constituciones de 1979 y 1993
 
Jerarquia de normas en el Peru (Legislacion y deodontologia farmautica)
Jerarquia de normas en el Peru (Legislacion y deodontologia farmautica)Jerarquia de normas en el Peru (Legislacion y deodontologia farmautica)
Jerarquia de normas en el Peru (Legislacion y deodontologia farmautica)
 
Ficha de la Estructura del Estado Peruano
Ficha de la Estructura del Estado PeruanoFicha de la Estructura del Estado Peruano
Ficha de la Estructura del Estado Peruano
 
Ministerio publico
Ministerio publicoMinisterio publico
Ministerio publico
 
Los poderes del estado peruano
Los poderes del estado peruanoLos poderes del estado peruano
Los poderes del estado peruano
 
Poder ejecutivo
Poder ejecutivoPoder ejecutivo
Poder ejecutivo
 
Estructura Organica de los Gobiernos regionales.
Estructura Organica de los Gobiernos regionales.Estructura Organica de los Gobiernos regionales.
Estructura Organica de los Gobiernos regionales.
 
Estado peruano elementos
Estado peruano elementosEstado peruano elementos
Estado peruano elementos
 
Los gobiernos regionales y los gobiernos locales
Los gobiernos regionales y los gobiernos localesLos gobiernos regionales y los gobiernos locales
Los gobiernos regionales y los gobiernos locales
 
Tribunal constitucional del Perú
Tribunal constitucional del PerúTribunal constitucional del Perú
Tribunal constitucional del Perú
 
Poderes Del Estado
Poderes Del EstadoPoderes Del Estado
Poderes Del Estado
 
LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ
LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚLA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ
LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ
 
Constitucion peruana-analisis
Constitucion peruana-analisisConstitucion peruana-analisis
Constitucion peruana-analisis
 
Gobiernos locales y regionales
Gobiernos locales y regionalesGobiernos locales y regionales
Gobiernos locales y regionales
 
Presentacion CEPLAN
Presentacion CEPLANPresentacion CEPLAN
Presentacion CEPLAN
 

Destaque (7)

El estado peruano
El estado peruanoEl estado peruano
El estado peruano
 
Estructura del estado peruano
Estructura del estado peruanoEstructura del estado peruano
Estructura del estado peruano
 
B. la estructura del estado peruano
B. la estructura del estado peruanoB. la estructura del estado peruano
B. la estructura del estado peruano
 
El estado peruano
El  estado peruanoEl  estado peruano
El estado peruano
 
Estructura del estado peruano
Estructura del estado peruanoEstructura del estado peruano
Estructura del estado peruano
 
La estructura del estado peruano
La estructura del estado peruanoLa estructura del estado peruano
La estructura del estado peruano
 
Estado Peruano
Estado PeruanoEstado Peruano
Estado Peruano
 

Semelhante a ORGANIZACIÓN-DEL-ESTADO-PERUANO

Derecho administrativo 2013
Derecho administrativo 2013Derecho administrativo 2013
Derecho administrativo 2013CEFIC
 
Gestión Pública Administración Pública Gobierno Perú Giancarlo Merino Alama
Gestión Pública Administración Pública Gobierno Perú Giancarlo Merino AlamaGestión Pública Administración Pública Gobierno Perú Giancarlo Merino Alama
Gestión Pública Administración Pública Gobierno Perú Giancarlo Merino AlamaGiancarlo Merino Alama
 
funcionesdelestadoecuatoriano-151205170413-lva1-app6891.pptx
funcionesdelestadoecuatoriano-151205170413-lva1-app6891.pptxfuncionesdelestadoecuatoriano-151205170413-lva1-app6891.pptx
funcionesdelestadoecuatoriano-151205170413-lva1-app6891.pptxJannethVillamarCoron
 
paraestudiar
paraestudiarparaestudiar
paraestudiaredrobleds
 
funcionesdelestadoecuatoriano-151205170413-lva1-app6891.pdf
funcionesdelestadoecuatoriano-151205170413-lva1-app6891.pdffuncionesdelestadoecuatoriano-151205170413-lva1-app6891.pdf
funcionesdelestadoecuatoriano-151205170413-lva1-app6891.pdfJannethVillamarCoron
 
Funciones del Estado ecuatoriano
Funciones del Estado ecuatorianoFunciones del Estado ecuatoriano
Funciones del Estado ecuatorianoJurispruedenciaB
 
Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos
Ley Orgánica de Procedimientos AdministrativosLey Orgánica de Procedimientos Administrativos
Ley Orgánica de Procedimientos AdministrativosJakelin Placencio
 
Criterios de Organización de la Administración Pública
Criterios de Organización de la Administración PúblicaCriterios de Organización de la Administración Pública
Criterios de Organización de la Administración PúblicaRICHARDTORRES81
 

Semelhante a ORGANIZACIÓN-DEL-ESTADO-PERUANO (20)

Derecho administrativo 2013
Derecho administrativo 2013Derecho administrativo 2013
Derecho administrativo 2013
 
El derecho administrativo
 El derecho administrativo El derecho administrativo
El derecho administrativo
 
Powerunidadi
PowerunidadiPowerunidadi
Powerunidadi
 
Powerunidadi
PowerunidadiPowerunidadi
Powerunidadi
 
Powerunidadi
PowerunidadiPowerunidadi
Powerunidadi
 
Unidad 2
Unidad 2Unidad 2
Unidad 2
 
DERAD070419P - S1
DERAD070419P - S1DERAD070419P - S1
DERAD070419P - S1
 
Gestión Pública Administración Pública Gobierno Perú Giancarlo Merino Alama
Gestión Pública Administración Pública Gobierno Perú Giancarlo Merino AlamaGestión Pública Administración Pública Gobierno Perú Giancarlo Merino Alama
Gestión Pública Administración Pública Gobierno Perú Giancarlo Merino Alama
 
funcionesdelestadoecuatoriano-151205170413-lva1-app6891.pptx
funcionesdelestadoecuatoriano-151205170413-lva1-app6891.pptxfuncionesdelestadoecuatoriano-151205170413-lva1-app6891.pptx
funcionesdelestadoecuatoriano-151205170413-lva1-app6891.pptx
 
Derecho administrativo i
Derecho administrativo iDerecho administrativo i
Derecho administrativo i
 
paraestudiar
paraestudiarparaestudiar
paraestudiar
 
funcionesdelestadoecuatoriano-151205170413-lva1-app6891.pdf
funcionesdelestadoecuatoriano-151205170413-lva1-app6891.pdffuncionesdelestadoecuatoriano-151205170413-lva1-app6891.pdf
funcionesdelestadoecuatoriano-151205170413-lva1-app6891.pdf
 
Funciones del estado ecuatoriano
Funciones del estado ecuatorianoFunciones del estado ecuatoriano
Funciones del estado ecuatoriano
 
Funciones del Estado ecuatoriano
Funciones del Estado ecuatorianoFunciones del Estado ecuatoriano
Funciones del Estado ecuatoriano
 
Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos
Ley Orgánica de Procedimientos AdministrativosLey Orgánica de Procedimientos Administrativos
Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos
 
1 1 la administracion publica
1 1 la administracion publica1 1 la administracion publica
1 1 la administracion publica
 
Criterios de Organización de la Administración Pública
Criterios de Organización de la Administración PúblicaCriterios de Organización de la Administración Pública
Criterios de Organización de la Administración Pública
 
DERAD070419P - S1
DERAD070419P - S1DERAD070419P - S1
DERAD070419P - S1
 
DERAD010619P -S1
DERAD010619P -S1DERAD010619P -S1
DERAD010619P -S1
 
DERAD090219P -S1
DERAD090219P -S1DERAD090219P -S1
DERAD090219P -S1
 

Mais de CEFIC

audycont
audycontaudycont
audycontCEFIC
 
respdecontratistas
respdecontratistasrespdecontratistas
respdecontratistasCEFIC
 
rnpseace
rnpseacernpseace
rnpseaceCEFIC
 
Gestión
GestiónGestión
GestiónCEFIC
 
Solución de controversias en la ejecución contractual
Solución de controversias en la ejecución contractualSolución de controversias en la ejecución contractual
Solución de controversias en la ejecución contractualCEFIC
 
Solución de controversias en la ejecución contractual
Solución de controversias en la ejecución contractualSolución de controversias en la ejecución contractual
Solución de controversias en la ejecución contractualCEFIC
 
Snip
SnipSnip
SnipCEFIC
 
Gestion
GestionGestion
GestionCEFIC
 
Exp. actos previo
Exp. actos previoExp. actos previo
Exp. actos previoCEFIC
 
Recursos
RecursosRecursos
RecursosCEFIC
 
Diplomado de gestión publica
Diplomado de gestión publicaDiplomado de gestión publica
Diplomado de gestión publicaCEFIC
 
Autoridad responsable del proceso de contratación
Autoridad responsable del proceso de contrataciónAutoridad responsable del proceso de contratación
Autoridad responsable del proceso de contrataciónCEFIC
 
Nuevas directivas unión europea
Nuevas directivas unión europeaNuevas directivas unión europea
Nuevas directivas unión europeaCEFIC
 
Expo.normativa.peruana.derecho.global
Expo.normativa.peruana.derecho.globalExpo.normativa.peruana.derecho.global
Expo.normativa.peruana.derecho.globalCEFIC
 
Contratacion publica y nueva ley de contrataciones
Contratacion publica y nueva ley de contratacionesContratacion publica y nueva ley de contrataciones
Contratacion publica y nueva ley de contratacionesCEFIC
 
Rnpcontrata
RnpcontrataRnpcontrata
RnpcontrataCEFIC
 
Contratación publica y nueva ley de contrataciones
Contratación publica y nueva ley de contratacionesContratación publica y nueva ley de contrataciones
Contratación publica y nueva ley de contratacionesCEFIC
 
copia
copiacopia
copiaCEFIC
 
Cefic.aud.y cont.gub.
Cefic.aud.y cont.gub.Cefic.aud.y cont.gub.
Cefic.aud.y cont.gub.CEFIC
 

Mais de CEFIC (20)

audycont
audycontaudycont
audycont
 
respdecontratistas
respdecontratistasrespdecontratistas
respdecontratistas
 
App
AppApp
App
 
rnpseace
rnpseacernpseace
rnpseace
 
Gestión
GestiónGestión
Gestión
 
Solución de controversias en la ejecución contractual
Solución de controversias en la ejecución contractualSolución de controversias en la ejecución contractual
Solución de controversias en la ejecución contractual
 
Solución de controversias en la ejecución contractual
Solución de controversias en la ejecución contractualSolución de controversias en la ejecución contractual
Solución de controversias en la ejecución contractual
 
Snip
SnipSnip
Snip
 
Gestion
GestionGestion
Gestion
 
Exp. actos previo
Exp. actos previoExp. actos previo
Exp. actos previo
 
Recursos
RecursosRecursos
Recursos
 
Diplomado de gestión publica
Diplomado de gestión publicaDiplomado de gestión publica
Diplomado de gestión publica
 
Autoridad responsable del proceso de contratación
Autoridad responsable del proceso de contrataciónAutoridad responsable del proceso de contratación
Autoridad responsable del proceso de contratación
 
Nuevas directivas unión europea
Nuevas directivas unión europeaNuevas directivas unión europea
Nuevas directivas unión europea
 
Expo.normativa.peruana.derecho.global
Expo.normativa.peruana.derecho.globalExpo.normativa.peruana.derecho.global
Expo.normativa.peruana.derecho.global
 
Contratacion publica y nueva ley de contrataciones
Contratacion publica y nueva ley de contratacionesContratacion publica y nueva ley de contrataciones
Contratacion publica y nueva ley de contrataciones
 
Rnpcontrata
RnpcontrataRnpcontrata
Rnpcontrata
 
Contratación publica y nueva ley de contrataciones
Contratación publica y nueva ley de contratacionesContratación publica y nueva ley de contrataciones
Contratación publica y nueva ley de contrataciones
 
copia
copiacopia
copia
 
Cefic.aud.y cont.gub.
Cefic.aud.y cont.gub.Cefic.aud.y cont.gub.
Cefic.aud.y cont.gub.
 

ORGANIZACIÓN-DEL-ESTADO-PERUANO

  • 1. Enrique Manuel Villa Caballero EL DERECHO ADMINISTRATIVO PARTE 1
  • 2. ¿Monopolio en los servicios del Estado?
  • 3. ¿Qué ocurre cuando un ciudadano solicita un pedido o reclamo?
  • 4.
  • 5.  Gobierno Central  Gobierno Regional  Gobierno Local
  • 6.  Gobierno Central ◦ Poder Legislativo:  Reside en el Congreso y su principal atribución es emitir, modificar y derogar leyes.
  • 7.  Gobierno Central ◦ Poder Ejecutivo:  Encabezado por el Presidente de la República e integrado por los ministros de Estado.  Encargado de la dirección política del Estado. Realiza actividad normativa a través de decretos y resoluciones
  • 8.  Gobierno Central ◦ Poder Judicial:  Es un organismo autónomo de la República del Perú constituido por una organización organización jerárquica de instituciones, que ejercen la potestad de administrar justicia, que en teoría emana del pueblo
  • 9.  Gobierno Central ◦ Poder Judicial: Se divide en 5 niveles: a) La Corte Suprema de la República b) Las Cortes Superiores c) Los Juzgados Especializados d) Los Juzgados de Paz Letrados e) Los Juzgados de Paz
  • 10.  Gobierno Regional ◦ Es autónomo en lo político, económico y administrativo. ◦ El Presidente Regional y el Consejo Regional son elegidos por votación popular. ◦ Promueve el desarrollo y economía regional, fomenta las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad.
  • 11.  Gobierno Local ◦ Esta constituido por municipalidades, provinciales y distritales. ◦ Tiene autonomía política, económica y administrativa. ◦ Cumple diversas funciones, entre las cuales se cuenta con el desarrollo urbano y la zonificación, la regulación del trasporte publico, la limpieza publica, etc.
  • 12.  Organismos contemplados en la Constitución  El Tribunal Constitucional  El Ministerio Publico  El Consejo Nacional de la Magistratura  La Defensoría del Pueblo  El Banco Central de Reserva del Perú  La Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
  • 13.  Organismos no incluidos en la Constitución  OSINERMING  OSIPTEL  SUNASS  SUNAT  CONCYTEC  INEI  INDECOPI  CONASEV
  • 14.  Empresas Estatales  Empresas del Estado de accionario único  Empresas del Estado con accionariado privado  Empresas del Estado con potestades publicas
  • 15.
  • 16. ◦ La Constitución Política del Estado ◦ La Ley y las normas con rango de ley: a) La Ley b) Los Decretos Legislativos c) Los Decretos de Urgencia d) Los Decretos-Leyes
  • 17. ◦ Los Tratados: a) Tratados con rango constitucional b) Tratados con rango de ley c) Tratados con rango de D.S. ◦ Los Decretos Supremos
  • 18. ◦ Otras normas del Poder Ejecutivo  a) Resoluciones Supremas b) Resoluciones Ministeriales c) Resoluciones Vice Ministeriales d) Resoluciones Directorales e) Otras resoluciones
  • 19. ◦ Resoluciones expedidas por los organismos reguladores o por entidades públicas descentralizadas  Gobiernos Regionales: a) Ordenanzas Regionales expedidas por el Consejo Regional. b) Decretos Regionales expedidos por la Presidencia Regional
  • 20. ◦ Resoluciones expedidas por los organismos reguladores o por entidades públicas descentralizadas  Gobiernos Locales: a) Ordenanzas b) Decretos de Alcaldía c) Resoluciones de Alcaldía
  • 21. ◦ Resoluciones expedidas por los organismos reguladores o por entidades públicas descentralizadas  Gobiernos Locales: a) Ordenanzas b) Decretos de Alcaldía c) Resoluciones de Alcaldía
  • 22. La noción de fuente de derecho nos remite al origen del derecho, a su proceso de formación y a su expresión final.
  • 23. a) La Ley b) La Costumbre c) La Jurisprudencia d) La Doctrina
  • 24.
  • 25. Ricardo Salazar Chávez  Consiste en la concreción de los fines del Poder.  Hacer realidad.
  • 26.  La concreción de los fines del Poder es un término genérico que comprende diversas modalidades de manifestación  Reglamentación de leyes (a través de los reglamentos).  Declaraciones de efectos jurídicos individuales (a través de los actos administrativos).  Organización interna del ente (a través de los actos de administración interna).  Contratación para cumplir metas (a través de los contratos de la Administración Pública).  Ejecución propiamente tal (a través de los hechos administrativos).
  • 27.
  • 28.  La Función Administrativa la ejerce la Administración Pública.
  • 29.  La Administración Pública es el conjunto de:  Organismos,  Órganos y,  Personas-órgano estatales y no estatales  que ejercen la Función Administrativa del Poder.
  • 30. Organismo, Órgano y Persona-órgano
  • 31. Órganos de Apoyo Órganos de Dirección Órganos de Asesoría Órgano de Control Institucional Órganos de Línea
  • 32.  Órgano de Dirección.- Conduce la entidad. Señala lo que se debe hacer y las acciones a seguir.  Órgano de Línea.- Desarrolla las actividades que explican la existencia de la entidad.  Órgano de Asesoría.- Proporciona opiniones técnicas fundamentadas o información procesada que sirve a los otros órganos como insumo para la toma de decisiones.
  • 33.  Órgano de Apoyo.- Proporciona bienes materiales o inmateriales, recursos financieros, personal, así como conduce circuitos administrativos internos, con el propósito de facilitar el desarrollo de las actividades de los otros órganos de la entidad.  Órgano de Control Institucional.- Evalúa periódicamente el ejercicio de la Función Administrativa por los otros órganos de la entidad, para verificar el cumplimiento de las normas y evaluar la calidad de la gestión.
  • 34.  El artículo 43º de la constitución Política señala que el Estado es uno e indivisible; agregando que “su gobierno es unitario, representativo y descentralizado”.  A lo largo de la Constitución Política se alude a diversas modalidades de gestión pública que implica la desconcentración.  La organización de la Administración Pública debe respetar los principios de Unidad, Descentralización y Desconcentración.
  • 35.  En virtud a la Unidad, el comportamiento total de la Administración Pública debe seguir una Visión, Misión y Estrategia única.
  • 36.  En virtud a la Descentralización Orgánica, se crean organismos distintos al organismo originario.  En virtud a la Descentralización Funcional, se transfieren atribuciones desde un organismo (u órgano) que las concentra, hacia otro organismo existente o recién creado.
  • 38.  En virtud de la Desconcentración Orgánica, en un organismo se crean órganos ubicados en lugares distintos al lugar sede del organismo.  En virtud de la Desconcentración Funcional, se delegan atribuciones, desde un órgano que las concentra hacia otro órgano ubicado dentro o fuera del lugar sede del organismo.
  • 41. Ministerio (Rector. Incluye sus órganos desconcentrados) ORGANISMOS PÚBLICOS ESCENTRALIZADOS (incluye sus órganos desconcentrados) PERSONAS JURÍDICAS Y PERSONAS NATURALES PRIVADAS
  • 42. MARCO NORMATIVO DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
  • 43.
  • 44.  El Poder Ejecutivo  El Poder Legislativo  El Poder Judicial  Los Gobiernos Regionales  Los Gobiernos Locales  Los organismos a los que la Constitución les da autonomía  Entidades, organismos y programas del Estado  Las empresas privadas que brindan un servicio público
  • 45.  Regula las actuaciones de la función administrativa del Estado  El procedimiento administrativo general desarrollado por las entidades  Los procedimientos especiales
  • 46.  Integra un sistema orgánico que posee autonomía respecto de otras ramas del Derecho.  Posee principios propios que en muchos casos no sirven para otras ramas del Derecho, por su carácter público.  Existe un carácter supletorio y subsidiario con ciertas disposiciones legales.
  • 47. Administrados: PN o PJ que participa en un procedimiento administrativo y se someten a las normas correspondientes. Autoridad Administrativa: agente de entidades que bajo cualquier régimen jurídico ejercen potestades públicas y conducen el procedimiento administrativo.
  • 48.  El Procedimiento administrativo es el cauce formal de la serie de actos en que se concreta la actuación administrativa para la realización de un fin. El procedimiento tiene por finalidad esencial la emisión de un acto administrativo.
  • 49.  A diferencia de la actividad privada, la actuación pública requiere seguir unos cauces formales, más o menos estrictos, que constituyen la garantía de los ciudadanos en el doble sentido de que la actuación es conforme con el ordenamiento jurídico y que ésta puede ser conocida y fiscalizada por los ciudadanos.
  • 51. ¿Que son estos principios?  Son postulados rectores que tienen por finalidad guiar la acción administrativa.  No cumplen una función supletoria sino informadora del ordenamiento jurídico  La Ley del Procedimiento Administrativo General establece 16 principios, sin tener carácter taxativo, es decir no excluyen otros.
  • 52. PRINCIPIOS LEGALIDAD DEBIDO PROCEDIMIENTO IMPULSO DE OFICIO RAZONABILIDAD IMPARCIALIDAD INFORMALISMO PRESUNCIÓN DE VERACIDAD CONDUCTA PROCEDIMENTAL CELERIDAD EFICACIA VERDAD MATERIAL PARTICIPACIÓN SIMPLICIDAD UNIFORMIDAD PREDICTIBILIDAD PRIVILEGIO DE CONTROLES POSTERIORES
  • 53. Principio de Legalidad Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la Ley y al Derecho. Toda acción administrativa se presenta como ejercicio de un poder atribuido, delimitado y construido previamente por Ley.
  • 54. “Nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda, ni impedido de hacer lo que ella no prohíbe” ¿Se aplica al principio de Legalidad?
  • 55. LEY DEMAS TRIBUTOS CONGRESO DECRETO SUPREMO ARANCELES TASAS PODER EJECUTIVO GOBIERNO CENTRAL ORDENANZA CONTRIBUCION TASAS CONSEJO MUNICIPAL GOBIERNO LOCAL Principio de Legalidad
  • 56. Casuística del principio de Legalidad ¿Presidente de la República puede crear una Ley que regule los arbitrios del Cercado de Lima? ¿Alcalde puede crear un impuesto al uso de autopistas?
  • 57. Principio del Debido Procedimiento Constituye una garantía dirigida a consolidar el derecho de defensa. Es un derecho constitucional tanto en el ámbito judicial como el administrativo. Comprende: Derecho a exponer argumentos Derecho a ofrecer y producir pruebas. Derecho a obtener una decisión motivada y fundada en derecho
  • 58.  Negar la lectura de un expediente  Ausencia de notificación  Cobro coactivo de pagos antes de vencerse.  Negar el ofrecimiento de pruebas en un procedimiento Principio del Debido Procedimiento
  • 59. Demanda de Amparo: Ramón Hernando Salazar Yarlequé vs Municipalidad de Surquillo Materia: Exigencia previa de pago de tasa para impugnar Principio del Debido Procedimiento
  • 60. Principio de Impulso de Oficio Supone dirigir e impulsar de oficio el procedimiento independientemente si este fue iniciado por el administrado o la entidad. Se debe promover toda actuación que fuese necesaria para su tramitación y superar cualquier obstáculo. Evitar el entorpecimiento o demora a causa de diligencias innecesarias o meramente formales
  • 61. Principio de Razonabilidad Se debe tener en cuenta en aquellas decisiones de establezcan gravámenes (sanciones, restricciones). Decisiones deben adoptarse dentro de los límites de la facultad atribuida. Debe existir proporción entre los medios a emplear y los fines públicos que se tutela.
  • 62. Si se venden CDs piratas ¿ cuánto de multa se debe aplicar? 1UIT ? 10 UIT ? 50 IUT ? 150 UIT ? 500 UIT ? 1000UIT ? Principio de Razonabilidad
  • 63. Principio de Imparcialidad Se encuentra ligado al principio de igualdad. Referido al aspecto subjetivo del funcionario público, quien deber de actuar sin favoritismos. No se admite ninguna clase de discriminación entre los administrados. La Administración debe motivar sus decisiones sobre la base de criterios objetivos. ¿Doble instancia administrativa?
  • 65. Principio de Informalismo Se contrapone a la cultura del trámite burocrático y formalista (cuestiones procesales). Las normas de procedimiento deben ser interpretadas en forma favorable al administrado. La exigencia de aspectos formales deben ser subsanados dentro del procedimiento, siempre que ello no afecte derechos de terceros o el interés público.
  • 66. Principio de Presunción de Veracidad Se presume que los documentos y declaraciones de los administrados responden a la verdad de los hechos que ellos afirman.
  • 67. Declaración Jurada – Régimen de Fedatarios - Tramitadores Principio de Presunción de Veracidad
  • 68. Principio de Conducta Procedimental Todos los partícipes del procedimiento, deben guiar sus actos dentro del respeto mutuo, la colaboración y la buena fe. Ninguna regulación puede interpretarse de modo tal que ampare alguna conducta contra la buena fe procesal. Ejemplo: Cuestionar la competencia de una instancia a la que previamente se sometió.
  • 69. Principio de Celeridad Los partícipes del procedimiento administrativo deben actuar de modo tal que este sea dinámico. Debe evitarse actuaciones procesales que dificulten su desenvolvimiento o constituyan meros formalismos. Emitir decisión en tiempo razonable, lo que no implica: - Eximir del respeto al debido procedimiento. - Vulnerar el ordenamiento jurídico.
  • 70. Principio de Eficacia Hacer prevalecer el cumplimiento de la finalidad del acto sobre los formalismos, siempre que: - No incida en su validez. - No determinen la decisión final. - No disminuyan las garantías. - No causen indefensión a los administrados Tiene relación con el principio de economía procesal. La aplicación de este principio implica que la finalidad del acto se ajuste al marco normativo aplicable.
  • 71. Principio de Verdad Material Implica verificar los hechos que sirven de motivo a los actos administrativos. Se deben actuar las pruebas necesarias aun cuando no hayan sido propuestas por los administrados. La verdad real o material frente a la verdad documental.
  • 72. Principio de Participación Brindar condiciones necesarias para acceder a la información que posee la administración. Excepciones: - Información que afecte la intimidad personal. - Información vinculada a la seguridad nacional. - Información excluida por ley.
  • 73. Principio de Simplicidad Los trámites establecidos por la autoridad administrativa deben ser sencillos, debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria (requisitos deben ser racionales y proporcionales)
  • 74. Barreras burocráticas ilegales e irracionales Exigir renovaciones, canjes o actualizaciones de licencias que son de vigencia indefinida Principio de Simplicidad
  • 75. Principio de Uniformidad 1. Establecer requisitos similares para trámites similares. 2. Las excepciones a los principios generales no serán convertidos en la regla general. 3. Toda diferenciación deberá basarse en criterios objetivos debidamente sustentados. 4. Ejemplo: Tasas, requisitos contenido en el TUPA
  • 76. Principio de Predictibilidad Brindar a los administrados información veraz, completa y confiable sobre cada trámite. El administrado debe tener certeza sobre cuál será el resultado final de su trámite. Genera confianza en la ciudadanía y reduce la carga de solicitudes inútiles o claramente ilegales.
  • 77. Principio de Privilegio de Controles Posteriores La tramitación de los procedimientos administrativos se sustentará en la aplicación de la fiscalización posterior. La autoridad administrativa se reserva el derecho de: - Comprobar la veracidad de la información presentada. - Comprobar el cumplimiento de la normatividad sustantiva. - Aplicar las sanciones por presentar información falsa.
  • 78. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ADMINISTRADOS
  • 79. DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS 1. La precedencia en la atención del servicio público requerido, guardando riguroso orden de ingreso.
  • 80. DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS 2. Ser tratados con respeto y consideración por el personal de las entidades, en condiciones de igualdad con los demás administrados.
  • 81. 3. Acceder, en cualquier momento, de manera directa y sin limitación alguna a la información contenida en los expedientes de los procedimientos administrativos en que sean partes y a obtener copias de los documentos contenidos en el mismo sufragando el costo que suponga su pedido, salvo las excepciones expresamente previstas por ley. DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS
  • 82. 4. Acceder a la información gratuita que deben brindar las entidades del Estado sobre sus actividades orientadas a la colectividad, incluyendo sus fines, competencias, funciones, organigramas, ubicación de dependencias, horarios de atención, procedimientos y características. DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS
  • 83. DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS 5. A ser informados en los procedimientos de oficio sobre su naturaleza, alcance y, de ser previsible, del plazo estimado de su duración, así como de sus derechos y obligaciones en el curso de tal actuación. www.upci.edu.pe
  • 84. DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS 6. Participar responsable y progresivamente en la prestación y control de los servicios públicos, asegurando su eficiencia y oportunidad.
  • 85. 7. Al cumplimiento de los plazos determinados para cada servicio o actuación y exigirlo así a las autoridades. DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS
  • 86. 8. Ser asistidos por las entidades para el cumplimiento de sus obligaciones. 9. Conocer la identidad de las autoridades y personal al servicio de la entidad bajo cuya responsabilidad son tramitados los procedimientos de su interés. DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS
  • 87. DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS 10. A que las actuaciones de las entidades que les afecten sean llevadas a cabo en la forma menos gravosa posible.
  • 88. DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS 11. Al ejercicio responsable del derecho de formular análisis, críticas o a cuestionar las decisiones y actuaciones de las entidades.
  • 89. DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS 12. A exigir la responsabilidad de las entidades y del personal a su servicio, cuando así corresponda legalmente.
  • 90. DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS 13. Los demás derechos reconocidos por la Constitución o las leyes
  • 91. 1. Abstenerse de formular pretensiones o articulaciones ilegales, de declarar hechos contrarios a la verdad o no confirmados como si fueran fehacientes, de solicitar actuaciones meramente dilatorias, o de cualquier otro modo afectar el principio de conducta procedimental DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS
  • 92. DEBERES DE LOS ADMINISTRADOS 2. Prestar su colaboración para el pertinente esclarecimiento de los hechos.
  • 93. 3. Proporcionar a la autoridad cualquier información dirigida a identificar a otros administrados no comparecientes con interés legítimo en el procedimiento. DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS
  • 94. DEBERES DE LOS ADMINISTRADOS 4. Comprobar previamente a su presentación ante la entidad, la autenticidad de la documentación sucedánea y de cualquier otra información que se ampare en la presunción de veracidad. . www.upci.edu.pe
  • 95. CAPACIDAD PROCESAL Tienen capacidad procesal ante las entidades las personas que gozan de capacidad jurídica conforme a las leyes.
  • 96. REPRESENTACION DE PERSONAS JURIDICAS Las personas jurídicas pueden intervenir en el procedimiento a través de sus representantes legales, quienes actúan premunidos de los respectivos poderes.
  • 97. COMPARECENCIA PERSONAL Las entidades pueden convocar la comparecencia personal a su sede de los administrados sólo cuando así le haya sido facultado expresamente por ley. Los administrados pueden comparecer asistidos por asesores cuando sea necesario para la mejor exposición de la verdad de los hechos.
  • 98. COMPARECENCIA PERSONAL A solicitud verbal del administrado, la entidad entrega al final del acto, constancia de su comparecencia y copia del acta elaborada.