1. TIPOS DE IMPUESTOS
Impuesto a la Renta Impuesto al Valor
Agregado
Impuesto a los
Consumos Especiales
Impuesto a la Salida
de Divisas
Impuesto a los
Vehículos
Motorizados
Impuesto a las
Tierras Rurales
Impuesto que se debe
cancelar sobre los ingresos o
rentas, producto de
actividades personales,
comerciales, industriales,
agrícolas, y en general
actividades económicas y aún
sobre ingresos gratuitos,
percibidos durante un año,
luego de descontar los costos
y gastos incurridos para
obtener o conservar dichas
rentas
Impuesto a los
Activos en el Exterior
Impuesto a los Ingresos
Extraordinarios
Impuesto del 1,5 por mil
al Capital en Giro
Impuesto sobre el
Capital de Operación
Impuesto a las
Alcabalas
Impuesto a los
Predios Urbanos
Es el impuesto que se paga
por la transferencia de bienes
y por la prestación de
servicios. Se denomina
Impuesto al Valor Agregado
por ser un gravamen que
afecta a todas las etapas de
comercialización pero
exclusivamente en la parte
generada o agregada en cada
etapa.
Grava el consumo de
determinados bienes. En un
primer momento gravó solo a
los vehículos, cigarrillos,
cerveza, bebidas alcohólicas
y gaseosas; luego se amplió a
determinados bienes
suntuarios como yates,
aviones, avionetas y otros;
hoy también grava los
servicios de
telecomunicaciones y
radioelectrónicos.
Es el impuesto anual que
debe pagar el propietario de
un vehículo motorizado de
transporte terrestre.
Es el impuesto que se carga
sobre el valor de todas las
operaciones y transacciones
monetarias que se realicen
al exterior, con o sin
intervención de las
instituciones que integran el
sistema financiero. La tarifa
del Impuesto a la Salida de
Capitales es del 0,5%.
Este impuesto grava a la
propiedad o posesión de
tierras de superficie superior
a 25 hectáreas en el sector
rural, según la delimitación
efectuada en el catastro de
cada gobierno municipal.
Para la Región Amazónica y
similares existe trato
preferencial en las hectáreas
no gravadas (70 hectáreas).
Este impuesto grava a la
propiedad o posesión de
tierras de superficie superior
a 25 hectáreas en el sector
rural, según la delimitación
efectuada en el catastro de
cada gobierno municipal.
Para la Región Amazónica y
similares existe trato
preferencial en las hectáreas
no gravadas (70 hectáreas).
Es un impuesto que grava a
los ingresos extraordinarios
obtenidos por las empresas
que han suscrito contratos
con el Estado para la
exploración y explotación
de recursos no renovables.
Es un tributo no vinculado,
establecido en la Ley
No.006 de Control
Tributario y Financiero, que
grava los activos totales de
las empresas formales, y de
las personas obligadas
legalmente a llevar
contabilidad,
independientemente de los
rendimientos del negocio o
actividad que desarrollen.
Todas las personas naturales
o jurídicas que ejerzan
actividades productivas y
que estén afiliadas a una de
las Cámaras de la
Producción, deberán pagar
este impuesto, dentro de los
primeros 3 meses de cada
año.
Es un impuesto creado a
favor de los gobiernos
locales y "…grava las
transferencias de inmuebles
urbanos y rústicos en el
porcentaje que determina la
ley". Es un gravamen
pecuniario aplicado a toda
transferencia de dominio
(compra-venta. Donación,
permuta, etc.,) sobre bienes
inmuebles.
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http://www.monografias.co
m/trabajos98/impuesto-de-alcabala/
impuesto-de-
El Impuesto a los Predios
Urbanos grava en forma
anual el usufructo de
propiedades inmuebles
urbanas dentro de una
circunscripción cantonal.