3. Protección del derecho de autor Desde el mismo momento en que empezamos a crea nuestra obra tenemos la protección del derecho de autor. Sin que se necesite una formalidad jurídica, el registro de derechos de autor constituye un importante medio probatorio.
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6. Duración de la protección de los derechos patrimoniales En el artículo 21 de la Ley 23 de 1982 se determina que la protección será durante la vida del autor y 80 años más después de su muerte. En el caso de las personas jurídicas, la protección no será inferior a 50 años a partir de la creación y publicación de la obra.
7. Derechos conexos . Protegen los intereses de los artistas , productores de discos y los organismos de radiodifusión, en relación con sus ejecuciones y emisiones de radiodifusión.
8. Limitaciones y excepciones del derecho de autor. Las imponen la ley con el propósito de garantizar el ejercicio de otros derechos como el de información, la educación. Algunas leyes de los derechos de autor permiten para casos especiales, reproducir o utilizar obras sin pedir autorización (para uso personal, para fines de información o educación)
9. SEGÚNFernando Zapata López Los derechos de autor son igual a control , ya que esto protege las obras literarias y artísticas, el internet es como cualquier medio de comunicación mediante el cual también los autores tienen su derecho como en cualquier medio. La tecnología facilita poner una obra a disposición de todo el mundo, pero se pueden tomar medidas técnicas para proteger la obra, un ejemplo de estas técnicas son las codificaciones.
10. Fernando Zapata López también habla de cómo los estudiantes copian y pegan el dice que los estudian deberían estar en la capacidad de analizar y reflexionar sobre los materiales que encuentran y el utilizar obras escritas por otros no tiene sentido. Para el lo importante es que los estudiantes aprendan a utilizar el derecho de cinta que es un mecanismo muy complejo.