2. Que sabe Ud. Del
Sistema de Seguridad
Social Integral
Ley 100-93 y Ley 1122-07?
Alba Marina Rueda Olivella 2
3. Así es, porque nos Protege de los Riesgos
que afectan nuestra SALUD ySALUD y
CAPACIDAD ECONÒMICACAPACIDAD ECONÒMICA
LA SEGURIDAD SOCIAL GARANTIZA EL
DERECHO A UNA MEJOR CALIDAD DE
VIDA?
Alba Marina Rueda Olivella 3
4. 1. Procurar el cuidado integral de su salud y la de
su comunidad.
2. Afiliarse con su familia al Sistema General de
Seguridad Social en salud.
3. Facilitar el pago, y pagar cuando le
corresponda, las cotizaciones y pagos obligatorios
a que haya lugar.
4. Suministrar información veraz, clara y completa
sobre su estado de salud y los ingresos base de
cotización.
5. Vigilar el cumplimiento de las obligaciones
contraídas por los empleadores a las que se
refiere la presente Ley.
6. Cumplir las normas, reglamentos e
instrucciones de las instituciones y profesionales
que le prestan atención en salud.
7. Cuidar y hacer uso racional de los recursos, las
instalaciones, la dotación, así como de los
servicios y prestaciones sociales y laborales.
Alba Marina Rueda Olivella 4
Art 60 Ley 100 de 1.993
7. SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRALSISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL
Enfermedad General y Maternidad
EPS (EGM) 12.5%-12%-4%
SISTEMA GENERAL DE
PENSIONES AFP-ISS
Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) 16%
SISTEMA GENERAL DE
RIESGOS PROFESIONALES ARP
Accidente de Trabajo y
Enfermedad Profesional (ATEP)
Alba Marina Rueda Olivella 7
SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD
SOCIAL EN SALUD EPS
9. Nacionales y extranjeros, residentes en
Colombia, con contrato regido por normas
colombianas, incluidos los empleados de los
servicios diplomáticos y organismos
internacionales acreditados en el país.
•Trabajadores dependientes
•Trabajadores independientes
•Pensionados
• Servidores públicos
REGIMENREGIMEN
CONTRIBUTIVOCONTRIBUTIVO
REGIMENREGIMEN
SUBSIDIADOSUBSIDIADO
Población pobre y vulnerable
que sea identificada como tal.
PERSONASPERSONAS
VINCULADAS AL SISTEMAVINCULADAS AL SISTEMA
Personas en tránsito al régimen
subsidiado.
¿Quiénes
PARTICIPAMOS en el Sistema General
de Seguridad Social en Salud ?
Alba Marina Rueda Olivella 9
10. A NOSOTROS NOS INTERESA EL SISTEMA GENERAL DEA NOSOTROS NOS INTERESA EL SISTEMA GENERAL DE
SALUD… ¿EN QUÉ CONSISTE ?SALUD… ¿EN QUÉ CONSISTE ?
Es el conjunto de entidades
públicas y privadas, normas y
procedimientos destinados a
garantizar lo esencial de salud, y
crear condiciones de acceso al
servicio de todos los niveles de
atención.
Equidad
Obligatoriedad
Protección Integral
Libre Escogencia
Autonomía De Las Instituciones
Descentralización Administrativa
Participación Social
Concertación
Calidad
FUNDAMENTOS
•.
Alba Marina Rueda Olivella 10
11. Es el conjunto de actividades,
procedimientos, suministros y
reconocimientos que el SGSSS
brinda a las personas con el fin
de mantener o recuperar la
salud de sus afiliados
1.- Plan de Atención Básica PAB
2.- Plan Obligatorio de Salud-Régimen Contributivo POS
3.- Plan Obligatorio de Salud-Régimen Subsidiado POSS
4.- Atención de Accidentes de Transito y Eventos Catastróficos ECAT
5.- Atención Inicial de Urgencias AIU
6.- Plan Complementario de Salud PACS
1.- Plan de Atención Básica PAB
2.- Plan Obligatorio de Salud-Régimen Contributivo POS
3.- Plan Obligatorio de Salud-Régimen Subsidiado POSS
4.- Atención de Accidentes de Transito y Eventos Catastróficos ECAT
5.- Atención Inicial de Urgencias AIU
6.- Plan Complementario de Salud PACS
En que consisten los
planes de beneficios?
Alba Marina Rueda Olivella 11
13. ENTONCES ...ENTONCES ...
¿CUÁL ES LA DEFINICIÓN DE UNA EPS?¿CUÁL ES LA DEFINICIÓN DE UNA EPS?
Las entidades promotoras de salud (EPS) son las entidades responsables de la
afiliación y el registro de los afiliados, del recaudo de sus cotizaciones, por
delegación FOSYGA.
Su función básica será organizar, directa o indirectamente, la prestación del plan
obligatorio de salud a los afiliados girar, la diferencia entre los ingresos por
cotizaciones de sus afiliados y el valor de las correspondientes unidades de pago
por capitación, a la fiduciaria de la salud “FIDU-FOSYGA”
EPS…
Alba Marina Rueda Olivella 13
14. ¿ Y CUÁL ES LA DEFINICIÓN DE UNA IPS?¿ Y CUÁL ES LA DEFINICIÓN DE UNA IPS?
Instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS) son entidades:
oficiales, mixtas, privadas, comunitarias o solidarias, organizadas para lapara la
prestación de los servicios de saludprestación de los servicios de salud a los afiliados del SGSSS en salud
dentro de las entidades promotoras de salud o fuera de ellas.
Alba Marina Rueda Olivella 14
16. Formulario de Afiliación
Declaración Estado de Salud
Formulario de Novedades de la afiliación
Dependencia Económica
Certificado de Convivencia
Pagaré por afiliación de Beneficiarios Adicionales.
Alba Marina Rueda Olivella 16
17. IDENTIFICACION DE AFILIADOS:
1. Mayores de edad: la Cédula de
Ciudadanía.
2. Menores de edad (mayores de 7años):
la Tarjeta de Identidad.
3. Menores de 7 años: El Registro Civil de
Nacimiento.
4. Extranjeros (menores de 18 años): El
pasaporte.
5. Extranjeros (mayores de 18 años):
Cédula de extranjería o se aceptará el
pasaporte por un periodo de 6 meses
para los extranjeros que vayan a cotizar
como dependientes.
Para documentos de identificación
parcial o totalmente ilegibles el
cotizante debe ratificar la información
de los datos ilegibles en la fotocopia de
dicho documento y firmarlo. Cuando el
número de identificación es el que
resulta ilegible, el cotizante deberá
aportar otro documento
Resolución 1375/ Art. 4o
Alba Marina Rueda Olivella 17
18. RESTRICCIONES EN LA AFILIACION
DEL REGIMEN CONTRIBUTIVO
Estar Vinculado al Régimen de Excepción
Normatividad:
Art 279 Ley 100/93
Art 14 Decreto 1703/02
Alba Marina Rueda Olivella 18
19. Alba Marina Rueda Olivella 19
AFILIADOS AL SISTEMA GENERAL DE
SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
20. Son todas aquellas personas
residentes en el país con
capacidad de pago:
Tales como personas con
contrato de trabajo del sector
privado o público,
Los pensionados
Y los trabajadores
independientes con capacidad
de pago
(Art.26 decreto 806/98)
COTIZANTE
Es el afiliado que no es
cabeza de familia, ni
aporta cotización, pero
esta cubierto por el
SGSS en su condición
de miembro de un
grupo familiar y
dependencia
económica de un
afiliado cotizante
(Art. 34 decreto 806/98)
BENEFICIARIO
Alba Marina Rueda Olivella 20
21. Pensionado por
vejez
Pensionado por
invalidez
Pensionado por
supervivencia
Sobrevivencia
o sustitución
Estos son cotizantes
PENSIONADOSPENSIONADOS
Pensionados por
Jubilación
Artículo 26 Decreto 806 de 1998
Alba Marina Rueda Olivella 21
22. Independientes
con contrato no laboral
Personas que trabajan con
Contrato de prestación de servicios.
Independiente
Persona que ejercen una
actividad económica sin vínculos
laborales con una empresa.
Ex empleado con subsidio
de desempleo
Personas que reciben
Subsidio de Desempleo.
Independiente
agremiado
Se agremian para facilitar
el pago a la EPS.
Madres comunitarias
Está autorizada la afiliación de las
madres de los hogares del
ICBF con su grupo familiar Artículo 1
Ley 1023 de 2006.
Estos son cotizantes
INDEPENDIENTESINDEPENDIENTES
Artículo 26 Decreto 806 de
1998
Aprendiz SENA –
Practicante
universitario
Alba Marina Rueda Olivella 22
23. COBERTURA FAMILIAR
Beneficiarios Directos
Cónyuge o Compañera (o)
Hijos menores de 18 años
Hijos Mayores de 18 con incapacidad permanente
Hijos Mayores de 18 hasta 25 con calidad de Estudiante
Hijos Adoptivos
A falta de cónyuge, compañero e hijos los padres.
Decreto 806 de 1.998 Art 34
Sentencia 075 de 2.007
“No pueden aplicarse
preexistencias en el POS”
Beneficiarios Adicionales
Bisabuelo
Abuelo
Padres
Hijos
Nietos
Bisnietos
Tío
Hermano
Sobrino
Menor de 12 años sin parentesco de consanguinidad
Alba Marina Rueda Olivella 23
24. Alba Marina Rueda Olivella 24
y Menores (hasta los 12 años) que
no sean parientes
Padres Abuelos Bisabuelos
TíosHermanos
SobrinosNietos
Bisnietos
1° grado 2° grado 3° grado
Hijos
25. Exfuncionario público
Personas que fueron desvinculadas
de empresas del estado y tienen un
año más de afiliación.
Cotizante asociado cooperativa
de trabajo asociado (CTA)
Personas con una misma actividad
económica, asociadas en una CTA.
Trabajador Dependiente
Toda persona con contrato de
Trabajo (Privados).
Relación legal y reglamentario (Publico)
Empleados de familia
Estos son cotizantes
DEPENDIENTESDEPENDIENTES
Artículo 26 Decreto
806 de 1998
Alba Marina Rueda Olivella 25
26. AHORA SÍ !
VAMOS A CONOCER
EL GRUPO FAMILIAR
QUE PODEMOS AFILIAR
EN LA EPS
AHORA SÍ !
VAMOS A CONOCER
EL GRUPO FAMILIAR
QUE PODEMOS AFILIAR
EN LA EPS
Alba Marina Rueda Olivella 26
27. PRINCIPAL
AFILIADO COTIZANTE
(D-I-P) ART. 34 D.806/98)
Mayores de 18 años con Incapacidad permanente
Adoptivos
Menores de 18 años
De 18-25 Estudiantes educación
formal
( O )
HIJOS
Tuyos HIJOS
Míos
HIJOS
Nuestros
BENEFICIARIO
COMPAÑERO (A)
BENEFICIARIO
CONYUGE
Alba Marina Rueda Olivella 27
28. PRINCIPAL
AFILIADO COTIZANTE
(D-I-P) ART. 34 D.806/98)
Menores de 18 años
Mayores de 18 años con Discapacidad permanente
De 18 a 25 con calidad de estudiantes
Adoptivos.
( O )
BENEFICIARIOS HIJOS
TUYOS-MIOS-NUESTROS
COTIZANTE
SECUNDARIO
COMPAÑERO (A)
COTIZANTE
SECUNDARIO
CONYUGE
BENEFICIARIO
CONYUGE
O
COMPAÑERO
Alba Marina Rueda Olivella 28
30. PRINCIPAL
AFILIADO COTIZANTE
(D-I-P)(art. 34 D.806/98) $3.000.000
Menores de 18 años
Mayores de 18 años con Discapacidad permanente
De 18 a 25 años -Con calidad de estudiantes
Adoptivos
BENEFICIARIO
HIJOS
NUESTROS
BENEFICIARIO
HIJOS
MIOS
BENEFICIARIO
HIJOS
NUESTROS
AFILIADO COTIZANTE
SECUNDARIO
CONYUGE (O) COMPAÑERA
Alba Marina Rueda Olivella 30
31. EL POS TIENEEL POS TIENE
PAGOSPAGOS
MODERADORES,MODERADORES,
ESTOS SON:ESTOS SON:
COPAGOCOPAGO
Pago que hace únicamente el beneficiario por
un determinado servicio, con el fin de ayudar a
financiar el sistema
Se aplica a los otros servicios del pos, como
hospitalización y cirugía
CUOTA MODERADORACUOTA MODERADORA
Pago que hace el cotizante y beneficiario
cada vez que demandan los servicios, con
el fin de racionalizar su utilización. Se
aplica a:
Consulta externa médica, odontológica y
paramédica
Consulta externa especializada
Medicamentos
Exámenes de diagnóstico (laboratorio
clínico, imagenología)
Atención de urgencias, cuando ésta no es
catalogada como tal.
Alba Marina Rueda Olivella 31
35. Se pueden afiliar otras personas, que dependan económicamente
del cotizante.
Menores de 12 años no necesariamente deben tener parentesco
O que tengan parentesco hasta tercer grado de consanguinidad
Deben cancelar un valor adicional y garantizando su pago por un
período mínimo de permanencia (Art. 2° decreto 047/00)
Alba Marina Rueda Olivella 35
39. PRINCIPAL
AFILIADO COTIZANTE
(D-I-P)
SUMATORIA APORTES(2) >= AL 150% UPC DEL GFD
+ DE LA DE LOS PADRE A INSCRIBIR
BENEFICIARIO
PADRES (2)
AFILIADO COTIZANTE
SECUNDARIO (A)
(D-I-P)
BENEFICIARIO
HIJOS (TUYOS-MIOS-
NUESTROS)
BENEFICIARIO
HIJOS
NUESTROS
Alba Marina Rueda Olivella 39
41. PRINCIPAL 1.800.000$ 12,5% 225.000$
SECUNDARIO 2.000.000$ 12,5% 250.000$
475.000$ ( * )
PPAL HOMBRE DE 28 AÑOS 24.450$
SECUNDARIA DE 25 AÑOS 45.362$
HIJO DE 6 AÑOS 14.416$
HIJA DE 7 AÑOS 14.416$
PADRE DE 65 AÑOS 111.995$
MADRE DE 62 AÑOS 90.034$
300.673$
Total UPC 300.673$ X 150% 451.010$
( * ) $475,000 > $451.010 Este caso si es mayor entonces puede Afiliar sus Padres SIN PAG
2° Paso Sumatorias de UPC Grupo Familar: (Zona Diferencial)
3° Validación:
TOTAL COTIZACIONES
TOTAL UPC
Alba Marina Rueda Olivella 41
INGRESO DE PADRES POR FORMULAINGRESO DE PADRES POR FORMULA
SUMATORIA APORTES(2) >= AL 150% UPC DEL GFD + LA DE LOS PADRES A INSCRIBIRSUMATORIA APORTES(2) >= AL 150% UPC DEL GFD + LA DE LOS PADRES A INSCRIBIR
42. ¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS DE¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS DE
ESTAR AFILIADO?ESTAR AFILIADO?
Alba Marina Rueda Olivella 42
43. ESTAR AFILIADOESTAR AFILIADO
AL RÉGIMEN CONTRIBUTIVO, LE DA DERECHOAL RÉGIMEN CONTRIBUTIVO, LE DA DERECHO
A CUATRO (4) BENEFICIOSA CUATRO (4) BENEFICIOS
1 Recibir una amplia gama de servicios.
2. Afiliar a su familia.
3. Recibir un subsidio en dinero en caso de incapacidad
por enfermedad.
4. Recibir un subsidio en dinero en caso de licencia de
maternidad-paternidad.
Alba Marina Rueda Olivella 43
44. El POS o plan obligatorio de salud, es el conjunto deEl POS o plan obligatorio de salud, es el conjunto de
servicios de salud que todas las EPS, sin excepción,servicios de salud que todas las EPS, sin excepción,
deben prestarle a todas las personas que estén afiliadasdeben prestarle a todas las personas que estén afiliadas
al sistema de seguridad Social en salud del régimenal sistema de seguridad Social en salud del régimen
contributivo.contributivo.
¿¿ QUE ES EL POS ?QUE ES EL POS ?
Alba Marina Rueda Olivella 44
45. ESTOS SON LOS SERVICIOS QUEESTOS SON LOS SERVICIOS QUE
OFRECE EL POSOFRECE EL POS
Promoción de la salud.
Prevención de la enfermedad
Urgencias de cualquier orden
Consulta médica general y especializada
Consulta y tratamiento odontológico
Ayudas diagnósticas (exámenes de laboratorio y rayos x)
Atención integral durante la maternidad,
Atencion del parto y atención al recién nacido
Alba Marina Rueda Olivella 45
46. Consulta médica en psicología, optometría y terapias
Medicamentos esenciales en su denominación genérica
Atención de enfermedades ruinosas o catastróficas
Pago de incapacidades por enfermedad general
Pago de licencias por maternidad-paternidad
QUE OTROS SERVICIOS CUBRE ELQUE OTROS SERVICIOS CUBRE EL
POS?POS?
Alba Marina Rueda Olivella 46
47. Cirugía estética o con fines de embellecimiento
Tratamientos nutricionales con fines estéticos
Tratamientos y procedimientos diagnósticos para la infertilidad
Tratamientos de carácter experimental
Tratamientos o curas de reposos o de sueño
Medias elásticas de soporte, corsés, fajas, plantillas, zapatos ortopédicos,
sillas de ruedas, lentes de contacto.
Medicamentos o sustancias que no se encuentren en el manual de
medicamentos y terapéutica
Tratamientos con drogas o sustancias experimentales.
Transplante de órganos. con excepción de transplantes de riñón, médula
ósea, corazón , córnea y hepático.
También debemos conocer los Servicios
que NO CUBRE el POS
También debemos conocer los Servicios
que NO CUBRE el POS
Alba Marina Rueda Olivella 47
48. Tratamiento con psicoterapia individual, psicoanálisis o psicoterapia prolongada.
No se excluye la psicoterapia individual de apoyo en la fase crónica de la enfermedad,
solo durante la fase inicial.
Tampoco se excluyen las terapias grupales.
Se entiende por psicoterapia prolongada aquella que se sobrepasa los treinta (30) días de
tratamiento una vez hecho el diagnostico.
Tratamiento de periodoncia, ortodoncia y prótesis en atención odontológica.
Tratamiento de varices con fines estéticos.
También debemos conocer los Servicios
que NO CUBRE el POS
También debemos conocer los Servicios
que NO CUBRE el POS
Alba Marina Rueda Olivella 48
49. Actividades, procedimientos e intervenciones de tipo curativo para las
enfermedades crónicas, degenerativas, carcinomatosis traumática o de
cualquier índole en su fase terminal, o cuando para ellas no exista
posibilidades de recuperación.
Podrá brindarse soporte psicológico, terapia paliativa para el dolor, la
disfuncionalidad e incomodidad o terapia de mantenimiento.
También debemos conocer los Servicios
que NO CUBRE el POS
También debemos conocer los Servicios
que NO CUBRE el POS
Alba Marina Rueda Olivella 49
50. Todas las actividades, intervenciones y procedimientos deben estar
contemplados en las respectivas guías de atención integral.
Actividades, procedimientos e intervenciones de carácter educativo,
instruccional o de capacitación que se lleven a cabo durante el proceso de
rehabilitación
También debemos conocer los Servicios
que NO CUBRE el POS
También debemos conocer los Servicios
que NO CUBRE el POS
Alba Marina Rueda Olivella 50
51. PERIODOS MÍNIMOS DE COTIZACIÓNPERIODOS MÍNIMOS DE COTIZACIÓN
Son aquellos periodos mínimos de cotización al SGSSS, que pueden
ser exigidos por las EPS para acceder a la prestación de algunos
servicios de alto costo incluidos dentro del pos.
Durante ese periodo el individuo carece del derecho a ser atendido
por la EPS.
Las EPS deberán informar a los afiliados en el momento de la
afiliación, los periodos de cotización que aplica.
Alba Marina Rueda Olivella 51
52. PERIODOS MÍNIMOSPERIODOS MÍNIMOS
DE COTIZACIÓNDE COTIZACIÓN
DEL POS, APLICABLE ADEL POS, APLICABLE A
TRABAJADORESTRABAJADORES
DEPENDIENTESDEPENDIENTES
DURANTE LAS PRIMERAS
4 SEMANAS
Además de las anteriores, las siguientes:
Consulta médico general y especialista (remisión)
Atención odontológica básica
Laboratorio y ayudas diagnósticas
Medicamentos esenciales genéricos
Hospitalización y cirugía baja complejidad (uña encarnada -
cirugías ambulatorias)
Atención inicial de urgencias, promoción y
fomento de la salud y prevención de la
enfermedad primer nivel de atención,
incluido el tratamiento del embarazo, parto
y puerperio, atención del recién nacido
DESPUÉS DE LAS
4 SEMANAS
Alba Marina Rueda Olivella 52
53. Para enfermedades que requieran
manejo quirúrgico de tipo electivo, y que se
encuentren catalogadas en el MAPIPOS,
como del grupo ocho (8) o superiores.
Hospitalización y cirugía de mediana
complejidad
(Prostatectomía - cataratas)
Hospitalización y cirugía para
tratamiento de enfermedades ruinosas o
catastróficas de nivel IV.
Diálisis renal crónica
Malformaciones congénitas
Reemplazo de articulares
Enfermedades neurológicas
Enfermedades cardiovasculares
Tratamientos para el sida
Tratamiento de quimioterapia y
radioterapia para el cáncer
Tratamiento medico-quirúrgico para
trauma mayor.
DESPUDESPUÉÉS DE 26 SEMANASS DE 26 SEMANAS
Ley 1122 de Enero 9 de 2007
Alba Marina Rueda Olivella 53
54. En el Sistema General de Seguridad en Salud,
las Empresas Promotoras de Salud no podrán
aplicar preexistencias a sus afiliados.
Alba Marina Rueda Olivella 54
Ley 100 de 1.993Art 164
57. El traslado entre Entidades Administradoras estará sujeto
al cumplimiento de los requisitos sobre permanencia en
los Regímenes y Entidades Administradoras.
MOVILIDAD Y TRASLADOS EN EL SGSSS
Alba Marina Rueda Olivella 57
58. Coomva Sector Salud
REGLAS DE LA MOVILIDAD EN EL SGSSS
• Tiempo de Permanencia
Se contarán 12 meses de afiliación en la EPS.
Si dentro de los 12 meses existe una pérdida de antigüedad
por mora, se empezarán a contar los 12 meses desde la última
fecha de afiliación posterior a la pérdida de antigüedad.
Todos los integrantes del grupo familiar deberán cumplir con el
período señalado de 12 meses de permanencia, salvo el caso
del recién nacido.
Debe trasladarse todo el grupo familiar.
Decretos 806 Art.54,1406 Art. 44, 1703 Art. 4 y 9, decreto 047 Art. 4 y 16
Alba Marina Rueda Olivella 58
59. • Mora en cotizaciones, copagos, Cuota Moderadora y UPC
adicional
Restringe la movilidad adeudar cotizaciones, copagos, cuotas
moderadoras y UPC adicional.
• Recién Nacido
Es el menor de un año que nace o se adopta, cuando sus
padres están afiliados al sistema, así como aquellos que se
afilien cuando aún no han cumplido un año.
La libre movilidad procede sólo hasta antes de que el
recién nacido cumpla el primer año de edad, y siempre que
no operen otros criterios de restricción tales como que la
madre se encuentre en licencia de maternidad.
Decretos 783 Art 7, 1406 Art 43, 1703 Art 9, 806 Art 56.
Decretos 806 art 54, decreto 1406 art 44, inc. 4. Circular 12 de 1995, SNS.
Alba Marina Rueda Olivella 59
60. Coomeva Sector Salud
• Movilidad del grupo familiar con dos cotizantes
Los dos cotizantes deberán realizar la solicitud.
Se exceptúa la solicitud conjunta en el caso de
que se demuestre una separación o divorcio
entre ellos o por problemas relacionados con el
lugar de residencia de los afiliados.
También se exceptúa la solicitud cuando un
cónyuge ingresa a un régimen de excepción
donde no pueda estar el otro cónyuge.
Decretos 047 Art 1, 806 Art 39, 1703 Art 14.
.
Alba Marina Rueda Olivella 60
61. • Traslado de usuarios desafiliados con pérdida de
antigüedad
La desafiliación con pérdida de antigüedad de un afiliado en
el SGSSS, implica una nueva afiliación a éste y NO UN
TRASLADO. En este caso el usuario puede escoger la EPS a
la cual se quiere afiliar, excepto el cotizante independiente si
la desafiliación es por mora, caso en el cual deberá reingresar
a la misma EPS.
Decreto 1703, art. 10 parágrafo 2, modificado por el decreto 2400 art. 2 parágrafo
2
Alba Marina Rueda Olivella 61
62. • Causales de pérdida de antiguedad
Cuando un afiliado cotizante incluya a beneficiarios que
deben ser reportados como cotizantes. En este evento
perderán la antigüedad tanto el cotizante como los
beneficiarios.
Cuando un afiliado se reporte como empleador sin
realmente serlo o cuando es reportado, a sabiendas, con
salarios inferiores al real. Para este efecto bastará la
prueba sumaria.
Cuando un afiliado cotizante se afilie al Régimen
Subsidiado sin tener el derecho correspondiente.
Cuando un trabajador independiente a través de actos
simulados pretenda cotizar como trabajador dependiente,
creando una vinculación laboral inexistente para todos los
efectos legales.
Alba Marina Rueda Olivella 62
63. • Causales de pérdida de antiguedad
Cuando el afiliado cotizante o beneficiario incurra en
alguna de las siguientes conductas abusivas o de mala
fe:
1. Solicitar u obtener para sí o para un tercero, por cualquier
medio, servicios o medicamentos que no sean
necesarios.
2. Solicitar u obtener la prestación de servicios del SGSSS
a personas que legalmente no tengan derecho a ellos.
3. Suministrar a las entidades promotoras o prestadoras de
servicios, en forma deliberada, información falsa,
incompleta o engañosa.
4. Utilizar mecanismos engañosos o fraudulentos para
obtener beneficios del Sistema o tarifas mas bajas de las
que le corresponderían y eludir o intentar eludir por
cualquier medio la aplicación de pagos compartidos,
cuotas moderadoras y deducibles.
Alba Marina Rueda Olivella 63
64. • Causales de pérdida de antiguedad
Otros casos de pérdida de antigüedad:
1. Transcurridos 3 meses de suspensión sin que se
hayan presentado los documentos exigidos por el
mismo decreto, se procederá a la desafiliación de los
beneficiarios que no fueron debidamente acreditados
con la consecuente pérdida de antigüedad.
2. Cuando se compruebe que el cotizante incluyó
beneficiarios que no integraban su grupo familiar, el
afiliado cotizante también perderá su antigüedad en el
sistema.
3. Los beneficiarios de un cotizante fallecido,
comunicarán a la EPS por cualquier medio, la
respectiva novedad, máximo en el mes siguiente al
fallecimiento del cotizante, de no hacerlo, cuando así
se verifique se procederá a su desafiliación y perderán
la antigüedad en el sistema.Decreto 806 Art. 64, 1703, art. 6 y 12
Alba Marina Rueda Olivella 64
65. • Incapacidades
Si esta en curso se suspende el traslado del afiliado, hasta
el primer día hábil del mes siguiente a aquel en el cual
termina la incapacidad.
Cuando se trata de procedimientos de alta complejidad y el
usuario se encuentra internado en entidad hospitalaria, la
oportunidad para el traslado se realizará el primer día hábil
del mes siguiente a aquél en que es dado de alta.
Decreto 1406 Art. 44 parágrafo 2.
• Licencia de Maternidad
Si la licencia está en curso, se suspende el traslado
hasta el primer día hábil del mes siguiente a aquel en el
cual termina la licencia.
Alba Marina Rueda Olivella 65
66. • Alto Costo
Cuando se hayan atendido procedimientos de alto costo
sujetos a períodos mínimos de cotización, el usuario
deberá permanecer por lo menos dos años después de
culminado el tratamiento en la respectiva EPS, una vez
cumplidos los períodos de carencia.
Como excepción a la regla anterior, se debe tener en
cuenta la consagrada en el artículo 8º del Acuerdo 287
del CNSSS, que establece el mecanismo de
cofinanciación del costo de la atención de los afiliados
con IRC que se trasladan habiendo cumplido los
períodos mínimos de permanencia.
Cuando se atienden enfermedades sujetas a períodos
mínimos de cotización antes del cumplimiento de dichos
períodos, se podrán acordar períodos de permanencia
por un término superior a un año.
Decreto 1485 Art 14 numeral 8 y 9; Res. 5261 Art 17; Acuerdo 287 CNSSS, art. 8.
Alba Marina Rueda Olivella 66
67. • Reingreso a la EPS sin perdida de antigüedad
El reingreso se debe solicitar en la misma EPS cuando
aún no se hayan reunido los requisitos para el traslado y
podrá cambiar de EPS cuando reúna los requisitos
exigidos.
Decreto 806 Art. 59.
• Interrupción de la afiliación (viajero al exterior)
El afiliado y su grupo familiar deben reingresar a la
misma EPS, realizar el aporte al punto de solidaridad y
después podrá solicitar el traslado.
Decreto 1703 Art. 10 parágrafo 2 y decreto 2400 Art. 2 parágrafos 1.
Alba Marina Rueda Olivella 67
68. • Incursión en causal de liquidación
Cuando una EPS entra en causal de liquidación, deberá
informar de tal hecho a todos sus afiliados, en medios
de amplia circulación y difusión, quienes quedarán en
libertad de trasladarse dentro de los treinta días
siguientes, sin sujeción a la reglamentación general
sobre movilidad. Transcurrido el término sin haber
ejercido el derecho, se aplican las normas de
reasignación.
Decreto 882 de 1998, artículos 2 y 3; Decreto 047, artículo 16.
• Incumplimiento en el margen de solvencia
Las EPS que incumplan el margen de solvencia con
cuentas por pagar superiores a 30 días, no podrán
recibir traslados de afiliados, y para las que incumplan
el margen de solvencia con término superior a 60 días,
sus afiliados quedarán el libertad de traslado.
Decreto 1543 Art. 9, Decreto 055. C.E. 089 de 2004 Ministerio de Protección Social.
Alba Marina Rueda Olivella 68
69. EXCEPCIONES PARA EL PROCESO DE
MOVILIDAD ENTRE EPS
• Unificación de Grupo familiar
Cuando en la solicitud de la otra EPS se aclara que es por
Unificación de Grupo Familiar, no se valida el tiempo mínimo
de permanencia ni ningún otro criterio de movilidad. Se debe
validar la existencia del cónyuge o compañero en la otra
Entidad con causal de afiliación vigente. En esta excepción
también se incluye la condición de unificación de beneficiarios
básicos o adicionales cuando el cotizante cabeza de grupo
familiar pierde capacidad de pago.
Decreto 047 Art 1, Decreto 806 Art.
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70. • Traslado por fallecimiento del cotizante
Para beneficiarios, en caso de fallecimiento de los cotizantes
y un familiar los desea incorporar en su grupo familiar, se
debe autorizar el traslado. En caso en que el (los)
beneficiario(s), adquieran la calidad de cotizantes
( pensionado por sustitución o sobrevivencia, o adquiere
capacidad de pago), este(os) debe(n) activarse en la misma
EPS si no cumple(n) las condiciones para traslado.
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71. • Mal servicio comprobado
En los casos de mala calidad en la prestación del servicio se
requiere un pronunciamiento de la SNS o de la Secretaría de
Salud al respecto.
Decreto 1485 art 14 numerales 4 y 9.
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72. • No cobertura geográfica
Cuando el usuario desea trasladar su residencia y la EPS en la
cual se encuentra afiliado no tiene cobertura en el lugar, el
traslado de EPS debe ser autorizado.
Lo anterior con excepción de lo establecido en el artículo 41 del
decreto 806 de 1998, según el cual la EPS deberá celebrar
convenios con las demás EPS si no tiene cobertura en el lugar
de residencia de los beneficiarios de la cobertura familiar
Decreto 1485, art 14, Decreto 806, art.41.
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73. NIVELES DE ATENCIÓN DEL POSNIVELES DE ATENCIÓN DEL POS
Trabajo social paciente terminal.
Radiología.
Citología.
Atención quirúrgica de baja
complejidad.
Medicamentos esenciales y
genéricos.
Programas de fomento,
prevención y control.
Se clasifica en cuatro niveles de complejidad así:
NIVEL INIVEL I
Consulta médica general.
Atención inicial, estabilización o
remisión del paciente en urgencias
Atención odontológica.
Ayudas diagnosticas (laboratorio
clínico).
Consulta paramédica (psicología,
nutrición, optometría).
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74. NIVELES DE ATENCIÓN DEL POSNIVELES DE ATENCIÓN DEL POS
Consulta medica sub-especialidades (medicina interna, cardiología, nefrología,
urología, neumología, otorrinolaringología, neurocirugía)
Medicamentos
Hospitalización
Exámenes de laboratorio más complejos (hepatitis)
Radiología (examen cardiovascular)
Todas las cirugías excepto las catastróficas
NIVEL IINIVEL II
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75. NIVEL IIINIVEL III
NIVELES DE ATENCIÓN DEL POSNIVELES DE ATENCIÓN DEL POS
Consulta médica en especialidades
básicas.
Ginecología y obstetricia
Pediatría
Medicina interna
Medicamentos
Hospitalización
Exámenes de laboratorio mediana
complejidad (estudios hormonales básicos,
ecografías, oftalmología)
Imagenología (radiografías mediana
complejidad)
Vasectomía y ligadura de trompas
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76. NIVELES DE ATENCIÓN DEL POSNIVELES DE ATENCIÓN DEL POSNIVEL IVNIVEL IV
Esta compuesto por la enfermedades de tipo catastrófico. Se consideran dentro de
este nivel las siguientes:
Manejo del trauma mayor
Manejo de pacientes infectados por el VIH
Quimioterapia y radioterapia para el cáncer
Manejo de pacientes en unidad de cuidados
intensivos
Tratamiento quirúrgico de enfermedades
congénitas
Trasplante renal
Diálisis
Neurocirugía
Cirugía cardiaca
Reemplazos articulares
Manejo del gran quemado
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77. Todo incumplimiento injustificado de una consulta o de cualquier otro tipo
de servicio, obliga al usuario a pagar a la IPS el valor del servicio
correspondiente.
Cualquier consulta de urgencia que no se catalogue como tal será cobrada al
afiliado.
Una urgenciaUna urgencia es la alteración de la integridad física, funcional y/o síquica,
que compromete la vida de la persona y que requiere atención inmediata de la
salud.
AL MOMENTO DE UTILIZAR EL SERVICIOAL MOMENTO DE UTILIZAR EL SERVICIO
RECORDEMOS:RECORDEMOS:
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78. SERVICIOS EN LAS SALAS DE ATENCION PARA USUARIOSSERVICIOS EN LAS SALAS DE ATENCION PARA USUARIOS
Autorizaciones médicas
Trascripción y liquidación de incapacidades por
enfermedad general y licencias de maternidad y
paternidad.
Novedades de afiliación
Solicitud de carne por perdida o copia para colegio
o
Universidad
Certificados y situaciones de cartera.
En caso de urgencia, cita programada y no
programada: presente su documento de identidad
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79. • Atención Urgencias médicas y odontológicas
• Consultas de especialistas
• Ubicación y teléfono de la IPS que le corresponde al
afiliado
• ¿Cómo obtener consulta médica la primera vez?
• Sitios de entrega de medicamentos
• Otros procedimientos sobre los cuales se requiera una
mayor información.
• Citas Médicas
LÍNEAS GRATUITAS DE ATENCIÓN AL CLIENTELÍNEAS GRATUITAS DE ATENCIÓN AL CLIENTE
24 HORAS DEL DIA24 HORAS DEL DIA
PUEDE OBTENER INFORMACION SOBRE:PUEDE OBTENER INFORMACION SOBRE:
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80. CONCURRENCIA DE EMPLEADORES YCONCURRENCIA DE EMPLEADORES Y
PENSIONADORASPENSIONADORAS
Cuando una persona sea dependiente
de más de un empleador o reciba
pensiones de más de una
administradora de pensiones, cotizará
sobre la totalidad de los ingresos con
un tope máximo de veinticinco SMMLV,
en una misma EPS
Art. 52/806(98)
Habrá lugar a la interrupción de la
afiliación sin perdida de la antigüedad ni
pago de los períodos por los cuales se
interrumpe la cotización, cuando el afiliado
cotizante o pensionado y sus beneficiarios
residan temporalmente en el exterior y
reanuden el pago de sus aportes dentro
del mes siguiente a su regresos al país.
Anexar: carta activando la afiliación,
fotocopia de pasaporte, autoliquidación
con el pago 1.5% solidaridad
(Art.59/806/98) y 1122 de enero de 2007.
INTERRUPCIÓN DE LA AFILIACIÓNINTERRUPCIÓN DE LA AFILIACIÓN
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81. Una vez suspendido el pago de la
cotización como consecuencia de la
finalización de la relación laboral
(dependiente) o de la pérdida de la
capacidad de pago (independiente), el
trabajador y su núcleo familiar tienen
derecho a:
Un (1) mes de protección laboral si por
lo menos se han cotizado 12 meses en
el SGSSS.
Si se han cotizado 5 años CONTINUOS
en la misma EPS. La protección es de
tres(3) meses (Art.75 y 76/806/98).
En la protección laboral se atiende
las urgencias vitales y los
tratamientos que venían antes del
retiro.
PROTECCIÓN LABORALPROTECCIÓN LABORAL
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82. ¿¿CÓMO SE DEBEN UTILIZAR LOS SERVICIOS DEL POSCÓMO SE DEBEN UTILIZAR LOS SERVICIOS DEL POS??
Una vez el Médico General lo haya atendido y decidido enviar a consulta con un
especialista, lo remitirá con una Orden de Servicio para Consulta Externa
Especializada o de Terapias, esta deberá contener el Diagnóstico o Enfermedad, a
excepción de consulta de Urgencias, Pediatría o de Control.
CONSULTA EXTERNA GENERAL MÉDICA y/o ODONTOLÓGICA
Solicite la cita personal o telefónicamente a la IPS a la cual usted ha sido inscrito
Acuda a la cita con el documento de identidad y dinero para cancelar la Cuota
Moderadora.
CONSULTA EXTERNA ESPECIALIZADA O DE TERAPIAS
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83. ¿CÓMO SE DEBEN UTILIZAR LOS SERVICIOS DEL POS?¿CÓMO SE DEBEN UTILIZAR LOS SERVICIOS DEL POS?
Y SI ME MANDAN EXÁMENES DE LABORATORIO O AYUDAS DIAGNÓSTICAS
El Médico General o Especialista, le entregará una solicitud del servicio
requerido.
La solicitud de servicio se deberá presentar con el documento de identidad, en
las oficinas la IPS, para su tramite y autorización.
¿CÓMO SOLICITAR MEDICAMENTOS?
Presente la fórmula del medicamento genérico en recetario de la IPS, con el
documento de identidad, en la droguería autorizada.
Los medicamentos cubiertos por el POS son todos aquellos Medicamentos
Genéricos Esenciales autorizados por el Acuerdo 228/2002,282/04
Las formulas solo tienen validez por tres (3) días hábiles.
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84. !Muchas gracias por la!Muchas gracias por la
atención prestada!atención prestada!
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Alba Marina Rueda Olivella
Bacterióloga
Especialista en Gerencia de Servicios de Salud
Especialista en Gerencia Financiera de Servicios de salud.
Mail: amrolab7@yahoo.com