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Estructura Federación de Jóvenes e Iglesia Metodista…una aproximación Aaron Sandoval MuñozPresidente FEJUMECH
¿Por qué manejar las estructuras? Si no conocemos las estructuras, no es posible insertarnos dentro de ellas, aportando y mejorando lo que se debe mejorar. Si creemos que Dios quiere usarnos para aportar y producir cambios en nuestra Iglesia, debemos conocer las formas apropiadas en las que iremos a intervenir. Una Generación de Cambio DEBE conocer cómo cambiar las cosas, desde qué perspectiva
FEDERACIÓN DE JÓVENES
LIGAS DE JÓVENES Art. 1: La Liga surge de la integración de un Grupo de Jóvenes, fieles a Jesucristo, a su Evangelio y a la Iglesia Metodista y que tienen como propósito desarrollarse en forma integral a través de las siguientes áreas: a) Proclamación. b) Estudio de la Biblia. c) Acción Social. d) Recreación y Cultura
LIGAS DE JÓVENES Objetivos específicos: (art. 2) a) Unir a sus miembros en el cultivo de su vida espiritual y en el desarrollo de sus inquietudes culturales y sociales. b) Preparar a sus miembros para ministerios más eficaces dentro de la iglesia local y la comunidad, con especial atención a las personas nuevas a fin de conducirlas a una entrega total a Cristo. c) Buscar la manera de unir a los miembros de la congregación para expresar un testimonio de unidad que ponga de manifiesto el espíritu redentor de Cristo hacia el hombre en su dimensión temporal y eterna. d) Buscar la unión con otros grupos metodistas similares para trabajar conjuntamente a nivel circuital y distrital en tareas de extensión, programadas sin menoscabo de la actividad local. e) Cultivar la mayordomía cristiana integral, promoviendo la mayordomía financiera del diezmo para el sostenimiento del programa de la iglesia local y conexional.
Ligas de Jóvenes – Obj. Cont. f) Promover entre sus miembros, mediante un serio y profundo estudio del mensaje de la Biblia, particularmente las enseñanzas de Jesús, la pureza de vida en cuerpo y alma en virtud de ser templos del Espíritu Santo, poniendo especial cuidado en todos aquellos aspectos que puedan comprometer la conducta moral y cristianas tales como: los asuntos sexuales, la prostitución, el alcoholismo, el tabaquismo, las drogas o estupefacientes, juegos de azar, y cualquier otro aspecto que comprometa negativamente la del ser humano. g) Crear un espíritu de sano compañerismo y amistad, a través de actividades sociales, recreativas y deportivas. h) Integrarse como organismo vivo de la Iglesia Local, al programa local de ella. i) Promover la acción definida de sus miembros para expresar el espíritu de Cristo en las actividades estudiantiles, profesionales, sindicales, gremiales o políticas; en juntas de vecinos, centros de madres, centros de padres, y apoderados, clubes culturales o deportivos, agrupaciones sociales, etc., que respondan a la inquietud personal y cristiana de los componentes de los organismos laicos de la Iglesia Local
Diferencias Ligas / Grupos Número miembros:  + de 10 (ligas),  + de 5 y – de 10 (grupos) Requisitos en algunos cargos, además de posibilidad de adecuar los requisitos a la realidad del grupo con autorización de la Asamblea de la Congregación. Representación Convención: 3 (ligas), 2 (grupos) Representación Congreso: 2 (ligas), 1 (grupos)
Ligueños Requisitos:  Cuatro meses de asistencia continua a la liga (excepto juveniles con un año en la liga de juveniles que pasen a la liga de jóvenes) Demostrar interés en ser ligueño 17 años como mínimo, 30 máximo Proclamar su lealtad a Jesucristo, a la Iglesia Metodista y la liga a través de la Promesa de la Juventud Metodista (Promesa del Ligueño) Colaborar sistemáticamente con el sostenimiento financiero de la Liga y en lo posible de la iglesia Participar en las actividades de la Liga e Iglesia
Directorio Liga Presidente Sec. Vida y Misión Sec. Administración Sec. Comunicaciones Consejero Requisitos y funciones: artículos 9 al 11 (liga) y 32 al 35 (grupo)
Autoridad Máxima REUNIÓN DE NEGOCIOS: Cada 2 meses como mínimo. Se trata: a) Coordinación del trabajo de la liga, considerando el programa distrital y nacional. b) Informes de la labor desarrollada por los miembros del directorio. c) Evaluación del trabajo realizado, en base a los objetivos anteriormente fijados. d) Análisis de situación administrativa y financiera de la liga.
Distrito de Jóvenes AUTORIDAD MÁXIMA: Convención Distrital, anual: 3 delegados por liga, 2 por grupo, + directiva distrital Consejo Distrital: unidad consultiva que vela por la buena marcha del Distrito. A lo menos una vez por semestre DIRECTORIO: Presidente Sec. Vida y Misión Sec. Administración Sec. Comunicaciones Consejero Requisitos y funciones, artículos 64 y 65
Federación Nacional AUTORIDAD MÁXIMA: Congreso Nacional, cada 2 años: 2 delegados por liga, 1 por grupo, + presidentes distritales entrantes y salientes, + directiva nacional Consejo Nacional: analiza, verifica y comparte el trabajo realizado en los distritos; traza pautas de acción específica para el desarrollo del programa nacional; evalúa la labor administrativa de Federación. A lo menos dos veces al año. DIRECTORIO: Presidente Sec. Vida y Misión Sec. Administración Sec. Comunicaciones Consejero Requisitos y funciones, artículos 101 y 104 al 109
En resumen…
IGLESIA METODISTA DE CHILE Entidad Religiosa de Derecho Público, inscripción N° 1063 del 9 de septiembre de 2005. Esto en virtud de la ley 19.638, el DS 303 y la Constitución Política de la República. Se cambia el régimen de Derecho Privado que anteriormente existía, a través de la Corporación Metodista, la que a la actualidad sigue siendo propietaria de la generalidad de los inmuebles (templos y casas pastorales). Domicilio Principal: Sargento Aldea 1041.
Objetivos IMECH a) Predicar y divulgar las enseñanzas del Evangelio del Reino de Dios y de nuestro Señor Jesucristo, según lo establecido en la Biblia, la Palabra de Dios; b) Propiciar la formación ética y espiritual de Hombres y Mujeres y llevarlos a través de esta formación a la persona de Cristo; c) Facilitar el desarrollo espiritual y crecimiento de la fe en Jesucristo entre sus miembros, mediante actividades cultuales, estudios bíblicos y doctrinales, la participación en los sacramentos instituidos por Cristo (Bautismo y Santa Cena), visitación evangelística, predicaciones al aire libre, ayunos, vigilias, y cadenas de oración; d) Promover la unión y el desarrollo integral de sus miembros, así como el bien común de la congregación; e) Interpretar y expresar los intereses de sus miembros a través de acciones sociales, intelectuales, culturales, artísticas, educacionales y eclesiásticas.
Objetivos IMECH (cont.) f) Crear, fundar y sostener, templos, capillas, casas pastorales, salones sociales, bibliotecas, salas cunas, jardines infantiles, escuelas y colegios, comedores y centros abiertos, institutos, centros de educación superior, universidades, centros de educación técnica, centros deportivos y recreativos, hospederías, Hospitales, Centros de Salud Familiar, Hogares de menores, de estudiantes universitarios y de ancianos, y en general todo tipo de instituciones filantrópicas en beneficio de los más necesitados de la comunidad, sujetándose para ello a las leyes vigentes en el país, y g) Crear y sostener imprentas, radio emisoras, canales de televisión, editoriales, periódicos, revistas, y otros medios de comunicación escritos y electrónicos, que permitan la difusión de las ideas y del pensamiento cristiano evangélico.
División Geográfica 	7 distritos: Norte: XV, I y II Región Norte Verde Valparaíso: III, IV y V Región Metropolitano: RM William Taylor: VI y VII Región  * Concepción: VIII Región Sur: IX, X y XIV Región Austral: XI y XII Región * *: Distritos Misioneros
Miembros IMECH En Plena Comunión: Mayores de 15 años, que habiendo permanecido a lo menos 6 meses como miembros a Prueba, hubieren cumplido la etapa de capacitación, que la Iglesia les otorgue a través del curso para miembros, y adquirido una formación y experiencia personal cristiana, que tomaren la decisión de servir junto a sus hermanos, al Señor de la Iglesia, Jesucristo, que aceptaren voluntariamente los votos de miembros en plena comunión con la Iglesia, y que manifestando públicamente su deseo de unirse a la Iglesia Metodista de Chile, fueren incorporadas al Registro de Miembros en Plena Comunión con la Iglesia.
Miembros IMECH Requisitos de Incorporación: Demostrar un arrepentimiento verdadero y sincero de sus pecados, el deseo de estar en caridad y amor con su prójimo y el propósito de llevar una nueva vida en Cristo. (Mateo 3:2, 8; Efesios 4:17 - 32).  Recibir el bautismo, o renovar los votos que fueron hechos en su bautismo de párvulo.  (Mateo 18:18-20;  Marcos 16:l5-16; Hechos 2:38).  Comprometerse a buscar una vida de perfección cristiana de acuerdo a los preceptos del Evangelio. Sujetarse al reglamento, normas y prácticas de la Iglesia Metodista de Chile. (I  Pedro 1:13-16; Efesios 4: 11- 16)  Contribuir al sostenimiento de todo el programa de la Iglesia y sus organismos, teniendo a tal efecto, como orientación bíblica, la práctica del diezmo. (II Corintios 8:1-5; Malaquías 3: 10).
Miembros Habilitados Derecho a: elegir y ser elegido en cargos de la Iglesia; participar en Asamblea Congregacional con derecho a voz y voto; Ser electo delegado por su iglesia a Asamblea de Distrito, Asamblea General y otras; representar a la iglesia en instancias eclesiales nacionales e internacionales. Obligaciones: Servir los cargos para los cuales hubiere sido designado; respetar y cumplir el Estatuto y Reglamento; asistir a las reuniones estatutariamente citadas; contribuir al sostenimiento de la iglesia; asistir con regularidad a los cultos (salvo causa justificada).
Pérdida de la calidad de miembro Por transferencia a otra Iglesia Metodista del extranjero, o a otra Iglesia distinta de la Iglesia Metodista de Chile,  Por fallecimiento; Por renuncia escrita, Por expulsión decretada por la instancia judicial respectiva, de conformidad al procedimiento señalado en estos Estatutos y fundada en una de las siguientes causales:  UNO: causar grave daño de palabra, o por escrito a los intereses de la Iglesia.  DOS: haber sido sancionado durante un año calendario, con tres inhabilidades o suspensiones de derechos. TRES: Haber sido condenado por crimen o simple delito que merezca pena aflictiva. CUATRO: arrogarse la representación de la Iglesia o derechos en ella que no poseyere, con el objeto de obtener beneficios personales, o bien causar con tal actitud daño o perjuicio a la Iglesia.
Pérdida de la calidad de miembro (cont.) CINCO: afectar gravemente el prestigio de la Iglesia, afirmando falsedades respecto de sus actividades o conducción de sus dirigentes.  SEIS: tratándose de administradores de entidades, directores de instituciones, miembros de comités ejecutivos u otros entes administrativos de la Iglesia, por extralimitarse en sus funciones, o que en uso de sus atribuciones, comprometan gravemente la integridad social o económica de la Iglesia, causando injustificadamente daño o perjuicio a los bienes de esta, o en la persona de alguno de sus miembros, con motivo u ocasión del desempeño del cargo.  SIETE: desobediencia al Estatuto y Reglamento de la Iglesia Metodista de Chile. OCHO: por diseminar doctrinas contrarias a los artículos de fe, a la enseñanza bíblica o las normas y doctrinas establecidas por la Iglesia Metodista de Chile. NUEVE: por mala administración o descuido habitual de los deberes propios de un miembro de la Iglesia en su calidad de servidor o funcionario rentado de la Iglesia.  DIEZ: por palabras o acciones impropias de un cristiano, tales como: practicar el comercio de bebidas alcohólicas, cigarrillos, drogas, prostitución y juegos de azar
Estructura IMECH
Composición Asambleas Asamblea Congregacional: Miembros en plena comunión habilitados, pastor del cargo, pastores jubilados residentes, pastores designados en ministerios especializados en su jurisdicción. Asamblea Distrital: 3 delegados por iglesia (Varones, Mujeres, Jóvenes), Pastores, presidentes federaciones distritales y ministerios, Superintendente, Delegados distrito a Junta General, Sec. Vida y Misión, Sec. Administración y Tesorero distrital. Asamblea General: 1 delegado por iglesia (o 2 si la iglesia tiene + de 100 miembros), Pastores, Presidentes Federaciones y Ministerios, Obispo, Superintendentes, Delegado laico al Gabinete, Pdte. CAALL, Delegados a Junta general por distrito.
Composición Juntas Junta de Oficiales: Cargos elegidos en Asamblea Congregacional (Sec. Vida y Misión, Tesorero, Sec. Administración, Dir. EE.DD., Oficiales de Comunión, Síndico, Delegados Asamblea, Presidentes organismos (consejeros en caso de menores y juveniles), Pastor, Diácono (si lo hubiere). Junta Distrital: Superintendente, 2 presbíteros y 2 laicos elegidos en Asamblea Distrital, Presidente Distrital Federación o Ministerio, Tesorero distrital, Sec. Eclesiástico distrital, Delegados a Junta General. Junta General: Obispo, Superintendentes, Delegado laico de cada distrito (2 si son más de 1000 miembros), Presidentes de Federaciones y Ministerios nacionales, Consejeros nacionales menores y juveniles, Delegado Laico al Gabinete, Presidente CAALL.
Funcionamiento Asambleas Se aplica con variaciones a todo tipo de asambleas, juntas, congresos, convenciones. Preside: Quien está determinado por estatutos y reglamento (Presidente, Superintendente, Obispo) Secretario: Si no hay designado (ej. Jóvenes: sec. comunicaciones), se designa en la 1ª reunión anual. En general, al ser una entidad de d° público, son públicas, sin perjuicio de que no todos tengan derecho a voz. Comisiones: Para un mejor funcionamiento, se constituyen comisiones de Vida y Misión, Administración y Varios (además de otras aplicables)
Reglas Parlamentarias (adecuadas al Congreso Nacional FEJUMECH)  1. Las sesiones del Plenario y comisiones serán públicas.  2. La  asistencia a las sesiones y reuniones de Comisión es obligatoria para los miembros oficiales como fraternales, los que deben reunirse puntualmente. Ningún miembro podrá abandonar el recinto sin previa autorización del presidente de la Federación o quien presida la mesa en ese momento. 3. Toda resolución, informe, o dictamen, se presentará por escrito. Lo  mismo se hará con cualquier proposición, cuando lo pidiere la presidencia o la secretaría.  4. Todo mocionante tendrá derecho a fundamentar su proposición durante tres minutos antes de presentarla bajo moción, si así lo  solicitara a la Asamblea. Sin embargo, la moción no se discutirá si no ha tenido apoyo.  5. Por turno riguroso se concederá la palabra a los que, levantando la mano, la soliciten del presidente. En caso de que dos miembros  soliciten la palabra al mismo tiempo, ella será concedida primero a quien disienta de la idea en discusión, pero el autor de la proposición discutida tendrá derecho a ser el último en hablar sobre ella. 6. Nadie usará de la palabra más de una vez sobre un mismo asunto, sino cuando hayan hecho uso de ella cuantos deseen.
7. Una  vez  hecha  una  moción, estando esta debidamente apoyada y puesta en discusión, sólo  se admitirá mociones que  se refieran al asunto en discusión.  Durante la discusión de un informe de Comisión o de una moción, no podrán presentarse otras mociones que modifiquen, adicionen, supriman o substituyan, en parte o totalmente, el informe de la Comisión, o la moción originarios. No obstante lo anterior, cuando la mayoría de la Comisión, o el mocionante, autores de la proposición original, acepten alguna modificación,  adición, supresión o substitución, esta será considerada parte integrante del informe, o de la moción originarios. En cambio, si la Comisión o el mocionante no lo aceptaren, se votará en primer termino por la proposición original. Si esta fuere rechazada, se considerará en el orden de presentación las substituciones, modificaciones, adiciones o supresiones.  8. Serán previas a toda otra moción, aun cuando esté en discusión, las mociones de orden:  a) Que se levante la sesión.  	f) Que se aplace la consideración por tiempo determinado, o no.  b) Que se suspenda la sesión.  g) Que el punto pase, o vuelva, a Comisión.   c) Que se cierre el debate.  	h) Que el asunto se archive.   d) Que se trate una cuestión de privilegio	i) Que se constituyan las comisiones.   Estas mociones se considerarán en el orden de preferencia aquí señalada. Las comprendidas en  las letras "a"  hasta la “d" se votarán sin discusión. Las demás podrán ser discutidas brevemente.  Para ser aprobadas se necesita la mayoría de votos.  9. No se podrá considerar  asunto alguno ya resuelto, si no fuere a pedido de alguien que votó a su favor. 10. Toda cuestión de orden se resuelve por el Presidente, pero de su resolución se puede apelar a la Asamblea misma que, por voto decidirá definitivamente el punto.
Palabras frecuentes Moción: Propuesta Discusión de la moción: Debate, análisis de la propuesta planteada Votación de la moción:A favor: Se acepte íntegramenteEn Contra: No se acepteAbstención: No se pronuncia al respecto Quórum: Cantidad de asistentes o votos necesarios para constituirse o aprobar una moción
Estamentos Iglesia Metodista Organismos federados: Ligas de Jóvenes, Sociedad de Hombres, Sociedad Femenina Organismos no federados: Jóvenes adultos, juveniles, adultos mayores, matrimonios, etc. Ministerios: MEM, MISOM, MISAME Comisiones Nacionales/distritales: COPEIM, Nombramientos, Tesorería, Vida y Misión, Estudio y Promoción de Proyectos, Estadística Registro e Historia Agencias: Gabinete, Tribunal electoral, Consejo Judicial
Comisiones locales Nombramientos: presidida por pastor, 4 miembros elegidos por la Asamblea Relaciones Pastorales: 3 a 5 miembros; colaborar con el pastor para hacer más eficaz su ministerio Revisor de Cuentas: 2 a 3 miembros, reuniéndose cada 3 meses. Registro e Historia: registros de miembros.
Cuerpo Pastoral / CAALL Cuerpo Pastoral: formado por todos los pastores en servicio activo y jubilados de la Iglesia Metodista. Comisión de Actividades Laicas: su propósito es aunar los objetivos que persiguieren las Federaciones, Instituciones y el movimiento laico en general de la Iglesia Metodista de Chile. El Cuerpo Pastoral realiza permanentemente Institutos de Pastores, y la CAALL realiza Conferencia de Laicos.
Ministerios de proclamación Predicadores Laicos: miembro habilitado a lo menos 4 años; previamente exhortador; recomendado por comité de nombramientos; recomendado por 2/3 de la Asamblea de la Congregación. Se le concede licencia para predicar por la Comisión Distrital de Calificación Ministerial Diáconos: pastores recibidos a prueba de la Asamblea General, por ¾ de los presbíteros en dicha Asamblea, recomendados por COPEIM y Comité Distrital.Deben haber ejercido como pastores suplentes aprobados por 3 años consecutivos. Presbíteros: pastores recibidos en plena conexión con la Asamblea General, por ¾ de los presbíteros de dicha asamblea. Deben haber ejercido como diáconos y ser recomendados por COPEIM
Ministerios Laicos Exhortadores: miembros habilitados por 3 años, recomendados por Comité de Nombramientos, aprobados por mayoría absoluta Asamblea Congregacional. Colaboran en la dirección del culto y atención de la congregación. Predicadores Laicos. Profesores de Escuela Dominical:recomendados por el pastor, en consulta con el director de la EEDD.
Instituciones IMECH Colegios y Liceos: Metodista de Santiago, Psicopedagógico Juan Wesley, Inglés Iquique, Robert Johnson, William Taylor, Concepción, LIM, Lagunillas, La Trinidad Valdivia, Colegio Coquimbo, Temuco, El Vergel, La Granja, etc. Jardines Infantiles: Sweet. Fundos: El Vergel, La Granja. Hospitales: CESFAM Temuco Seminario Metodista
En Resumen… Organismos Federados y Ministerios Organismos No Federados Consejo Judicial, Tribunal Electoral, COPEIM CAALL – Cuerpo Pastoral Instituciones Metodistas

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  • 2. ¿Por qué manejar las estructuras? Si no conocemos las estructuras, no es posible insertarnos dentro de ellas, aportando y mejorando lo que se debe mejorar. Si creemos que Dios quiere usarnos para aportar y producir cambios en nuestra Iglesia, debemos conocer las formas apropiadas en las que iremos a intervenir. Una Generación de Cambio DEBE conocer cómo cambiar las cosas, desde qué perspectiva
  • 4. LIGAS DE JÓVENES Art. 1: La Liga surge de la integración de un Grupo de Jóvenes, fieles a Jesucristo, a su Evangelio y a la Iglesia Metodista y que tienen como propósito desarrollarse en forma integral a través de las siguientes áreas: a) Proclamación. b) Estudio de la Biblia. c) Acción Social. d) Recreación y Cultura
  • 5. LIGAS DE JÓVENES Objetivos específicos: (art. 2) a) Unir a sus miembros en el cultivo de su vida espiritual y en el desarrollo de sus inquietudes culturales y sociales. b) Preparar a sus miembros para ministerios más eficaces dentro de la iglesia local y la comunidad, con especial atención a las personas nuevas a fin de conducirlas a una entrega total a Cristo. c) Buscar la manera de unir a los miembros de la congregación para expresar un testimonio de unidad que ponga de manifiesto el espíritu redentor de Cristo hacia el hombre en su dimensión temporal y eterna. d) Buscar la unión con otros grupos metodistas similares para trabajar conjuntamente a nivel circuital y distrital en tareas de extensión, programadas sin menoscabo de la actividad local. e) Cultivar la mayordomía cristiana integral, promoviendo la mayordomía financiera del diezmo para el sostenimiento del programa de la iglesia local y conexional.
  • 6. Ligas de Jóvenes – Obj. Cont. f) Promover entre sus miembros, mediante un serio y profundo estudio del mensaje de la Biblia, particularmente las enseñanzas de Jesús, la pureza de vida en cuerpo y alma en virtud de ser templos del Espíritu Santo, poniendo especial cuidado en todos aquellos aspectos que puedan comprometer la conducta moral y cristianas tales como: los asuntos sexuales, la prostitución, el alcoholismo, el tabaquismo, las drogas o estupefacientes, juegos de azar, y cualquier otro aspecto que comprometa negativamente la del ser humano. g) Crear un espíritu de sano compañerismo y amistad, a través de actividades sociales, recreativas y deportivas. h) Integrarse como organismo vivo de la Iglesia Local, al programa local de ella. i) Promover la acción definida de sus miembros para expresar el espíritu de Cristo en las actividades estudiantiles, profesionales, sindicales, gremiales o políticas; en juntas de vecinos, centros de madres, centros de padres, y apoderados, clubes culturales o deportivos, agrupaciones sociales, etc., que respondan a la inquietud personal y cristiana de los componentes de los organismos laicos de la Iglesia Local
  • 7. Diferencias Ligas / Grupos Número miembros: + de 10 (ligas), + de 5 y – de 10 (grupos) Requisitos en algunos cargos, además de posibilidad de adecuar los requisitos a la realidad del grupo con autorización de la Asamblea de la Congregación. Representación Convención: 3 (ligas), 2 (grupos) Representación Congreso: 2 (ligas), 1 (grupos)
  • 8. Ligueños Requisitos: Cuatro meses de asistencia continua a la liga (excepto juveniles con un año en la liga de juveniles que pasen a la liga de jóvenes) Demostrar interés en ser ligueño 17 años como mínimo, 30 máximo Proclamar su lealtad a Jesucristo, a la Iglesia Metodista y la liga a través de la Promesa de la Juventud Metodista (Promesa del Ligueño) Colaborar sistemáticamente con el sostenimiento financiero de la Liga y en lo posible de la iglesia Participar en las actividades de la Liga e Iglesia
  • 9. Directorio Liga Presidente Sec. Vida y Misión Sec. Administración Sec. Comunicaciones Consejero Requisitos y funciones: artículos 9 al 11 (liga) y 32 al 35 (grupo)
  • 10. Autoridad Máxima REUNIÓN DE NEGOCIOS: Cada 2 meses como mínimo. Se trata: a) Coordinación del trabajo de la liga, considerando el programa distrital y nacional. b) Informes de la labor desarrollada por los miembros del directorio. c) Evaluación del trabajo realizado, en base a los objetivos anteriormente fijados. d) Análisis de situación administrativa y financiera de la liga.
  • 11. Distrito de Jóvenes AUTORIDAD MÁXIMA: Convención Distrital, anual: 3 delegados por liga, 2 por grupo, + directiva distrital Consejo Distrital: unidad consultiva que vela por la buena marcha del Distrito. A lo menos una vez por semestre DIRECTORIO: Presidente Sec. Vida y Misión Sec. Administración Sec. Comunicaciones Consejero Requisitos y funciones, artículos 64 y 65
  • 12. Federación Nacional AUTORIDAD MÁXIMA: Congreso Nacional, cada 2 años: 2 delegados por liga, 1 por grupo, + presidentes distritales entrantes y salientes, + directiva nacional Consejo Nacional: analiza, verifica y comparte el trabajo realizado en los distritos; traza pautas de acción específica para el desarrollo del programa nacional; evalúa la labor administrativa de Federación. A lo menos dos veces al año. DIRECTORIO: Presidente Sec. Vida y Misión Sec. Administración Sec. Comunicaciones Consejero Requisitos y funciones, artículos 101 y 104 al 109
  • 14. IGLESIA METODISTA DE CHILE Entidad Religiosa de Derecho Público, inscripción N° 1063 del 9 de septiembre de 2005. Esto en virtud de la ley 19.638, el DS 303 y la Constitución Política de la República. Se cambia el régimen de Derecho Privado que anteriormente existía, a través de la Corporación Metodista, la que a la actualidad sigue siendo propietaria de la generalidad de los inmuebles (templos y casas pastorales). Domicilio Principal: Sargento Aldea 1041.
  • 15. Objetivos IMECH a) Predicar y divulgar las enseñanzas del Evangelio del Reino de Dios y de nuestro Señor Jesucristo, según lo establecido en la Biblia, la Palabra de Dios; b) Propiciar la formación ética y espiritual de Hombres y Mujeres y llevarlos a través de esta formación a la persona de Cristo; c) Facilitar el desarrollo espiritual y crecimiento de la fe en Jesucristo entre sus miembros, mediante actividades cultuales, estudios bíblicos y doctrinales, la participación en los sacramentos instituidos por Cristo (Bautismo y Santa Cena), visitación evangelística, predicaciones al aire libre, ayunos, vigilias, y cadenas de oración; d) Promover la unión y el desarrollo integral de sus miembros, así como el bien común de la congregación; e) Interpretar y expresar los intereses de sus miembros a través de acciones sociales, intelectuales, culturales, artísticas, educacionales y eclesiásticas.
  • 16. Objetivos IMECH (cont.) f) Crear, fundar y sostener, templos, capillas, casas pastorales, salones sociales, bibliotecas, salas cunas, jardines infantiles, escuelas y colegios, comedores y centros abiertos, institutos, centros de educación superior, universidades, centros de educación técnica, centros deportivos y recreativos, hospederías, Hospitales, Centros de Salud Familiar, Hogares de menores, de estudiantes universitarios y de ancianos, y en general todo tipo de instituciones filantrópicas en beneficio de los más necesitados de la comunidad, sujetándose para ello a las leyes vigentes en el país, y g) Crear y sostener imprentas, radio emisoras, canales de televisión, editoriales, periódicos, revistas, y otros medios de comunicación escritos y electrónicos, que permitan la difusión de las ideas y del pensamiento cristiano evangélico.
  • 17. División Geográfica 7 distritos: Norte: XV, I y II Región Norte Verde Valparaíso: III, IV y V Región Metropolitano: RM William Taylor: VI y VII Región * Concepción: VIII Región Sur: IX, X y XIV Región Austral: XI y XII Región * *: Distritos Misioneros
  • 18. Miembros IMECH En Plena Comunión: Mayores de 15 años, que habiendo permanecido a lo menos 6 meses como miembros a Prueba, hubieren cumplido la etapa de capacitación, que la Iglesia les otorgue a través del curso para miembros, y adquirido una formación y experiencia personal cristiana, que tomaren la decisión de servir junto a sus hermanos, al Señor de la Iglesia, Jesucristo, que aceptaren voluntariamente los votos de miembros en plena comunión con la Iglesia, y que manifestando públicamente su deseo de unirse a la Iglesia Metodista de Chile, fueren incorporadas al Registro de Miembros en Plena Comunión con la Iglesia.
  • 19. Miembros IMECH Requisitos de Incorporación: Demostrar un arrepentimiento verdadero y sincero de sus pecados, el deseo de estar en caridad y amor con su prójimo y el propósito de llevar una nueva vida en Cristo. (Mateo 3:2, 8; Efesios 4:17 - 32). Recibir el bautismo, o renovar los votos que fueron hechos en su bautismo de párvulo. (Mateo 18:18-20; Marcos 16:l5-16; Hechos 2:38). Comprometerse a buscar una vida de perfección cristiana de acuerdo a los preceptos del Evangelio. Sujetarse al reglamento, normas y prácticas de la Iglesia Metodista de Chile. (I Pedro 1:13-16; Efesios 4: 11- 16) Contribuir al sostenimiento de todo el programa de la Iglesia y sus organismos, teniendo a tal efecto, como orientación bíblica, la práctica del diezmo. (II Corintios 8:1-5; Malaquías 3: 10).
  • 20. Miembros Habilitados Derecho a: elegir y ser elegido en cargos de la Iglesia; participar en Asamblea Congregacional con derecho a voz y voto; Ser electo delegado por su iglesia a Asamblea de Distrito, Asamblea General y otras; representar a la iglesia en instancias eclesiales nacionales e internacionales. Obligaciones: Servir los cargos para los cuales hubiere sido designado; respetar y cumplir el Estatuto y Reglamento; asistir a las reuniones estatutariamente citadas; contribuir al sostenimiento de la iglesia; asistir con regularidad a los cultos (salvo causa justificada).
  • 21. Pérdida de la calidad de miembro Por transferencia a otra Iglesia Metodista del extranjero, o a otra Iglesia distinta de la Iglesia Metodista de Chile, Por fallecimiento; Por renuncia escrita, Por expulsión decretada por la instancia judicial respectiva, de conformidad al procedimiento señalado en estos Estatutos y fundada en una de las siguientes causales: UNO: causar grave daño de palabra, o por escrito a los intereses de la Iglesia. DOS: haber sido sancionado durante un año calendario, con tres inhabilidades o suspensiones de derechos. TRES: Haber sido condenado por crimen o simple delito que merezca pena aflictiva. CUATRO: arrogarse la representación de la Iglesia o derechos en ella que no poseyere, con el objeto de obtener beneficios personales, o bien causar con tal actitud daño o perjuicio a la Iglesia.
  • 22. Pérdida de la calidad de miembro (cont.) CINCO: afectar gravemente el prestigio de la Iglesia, afirmando falsedades respecto de sus actividades o conducción de sus dirigentes. SEIS: tratándose de administradores de entidades, directores de instituciones, miembros de comités ejecutivos u otros entes administrativos de la Iglesia, por extralimitarse en sus funciones, o que en uso de sus atribuciones, comprometan gravemente la integridad social o económica de la Iglesia, causando injustificadamente daño o perjuicio a los bienes de esta, o en la persona de alguno de sus miembros, con motivo u ocasión del desempeño del cargo. SIETE: desobediencia al Estatuto y Reglamento de la Iglesia Metodista de Chile. OCHO: por diseminar doctrinas contrarias a los artículos de fe, a la enseñanza bíblica o las normas y doctrinas establecidas por la Iglesia Metodista de Chile. NUEVE: por mala administración o descuido habitual de los deberes propios de un miembro de la Iglesia en su calidad de servidor o funcionario rentado de la Iglesia. DIEZ: por palabras o acciones impropias de un cristiano, tales como: practicar el comercio de bebidas alcohólicas, cigarrillos, drogas, prostitución y juegos de azar
  • 24. Composición Asambleas Asamblea Congregacional: Miembros en plena comunión habilitados, pastor del cargo, pastores jubilados residentes, pastores designados en ministerios especializados en su jurisdicción. Asamblea Distrital: 3 delegados por iglesia (Varones, Mujeres, Jóvenes), Pastores, presidentes federaciones distritales y ministerios, Superintendente, Delegados distrito a Junta General, Sec. Vida y Misión, Sec. Administración y Tesorero distrital. Asamblea General: 1 delegado por iglesia (o 2 si la iglesia tiene + de 100 miembros), Pastores, Presidentes Federaciones y Ministerios, Obispo, Superintendentes, Delegado laico al Gabinete, Pdte. CAALL, Delegados a Junta general por distrito.
  • 25. Composición Juntas Junta de Oficiales: Cargos elegidos en Asamblea Congregacional (Sec. Vida y Misión, Tesorero, Sec. Administración, Dir. EE.DD., Oficiales de Comunión, Síndico, Delegados Asamblea, Presidentes organismos (consejeros en caso de menores y juveniles), Pastor, Diácono (si lo hubiere). Junta Distrital: Superintendente, 2 presbíteros y 2 laicos elegidos en Asamblea Distrital, Presidente Distrital Federación o Ministerio, Tesorero distrital, Sec. Eclesiástico distrital, Delegados a Junta General. Junta General: Obispo, Superintendentes, Delegado laico de cada distrito (2 si son más de 1000 miembros), Presidentes de Federaciones y Ministerios nacionales, Consejeros nacionales menores y juveniles, Delegado Laico al Gabinete, Presidente CAALL.
  • 26. Funcionamiento Asambleas Se aplica con variaciones a todo tipo de asambleas, juntas, congresos, convenciones. Preside: Quien está determinado por estatutos y reglamento (Presidente, Superintendente, Obispo) Secretario: Si no hay designado (ej. Jóvenes: sec. comunicaciones), se designa en la 1ª reunión anual. En general, al ser una entidad de d° público, son públicas, sin perjuicio de que no todos tengan derecho a voz. Comisiones: Para un mejor funcionamiento, se constituyen comisiones de Vida y Misión, Administración y Varios (además de otras aplicables)
  • 27. Reglas Parlamentarias (adecuadas al Congreso Nacional FEJUMECH) 1. Las sesiones del Plenario y comisiones serán públicas. 2. La asistencia a las sesiones y reuniones de Comisión es obligatoria para los miembros oficiales como fraternales, los que deben reunirse puntualmente. Ningún miembro podrá abandonar el recinto sin previa autorización del presidente de la Federación o quien presida la mesa en ese momento. 3. Toda resolución, informe, o dictamen, se presentará por escrito. Lo mismo se hará con cualquier proposición, cuando lo pidiere la presidencia o la secretaría. 4. Todo mocionante tendrá derecho a fundamentar su proposición durante tres minutos antes de presentarla bajo moción, si así lo solicitara a la Asamblea. Sin embargo, la moción no se discutirá si no ha tenido apoyo. 5. Por turno riguroso se concederá la palabra a los que, levantando la mano, la soliciten del presidente. En caso de que dos miembros soliciten la palabra al mismo tiempo, ella será concedida primero a quien disienta de la idea en discusión, pero el autor de la proposición discutida tendrá derecho a ser el último en hablar sobre ella. 6. Nadie usará de la palabra más de una vez sobre un mismo asunto, sino cuando hayan hecho uso de ella cuantos deseen.
  • 28. 7. Una vez hecha una moción, estando esta debidamente apoyada y puesta en discusión, sólo se admitirá mociones que se refieran al asunto en discusión. Durante la discusión de un informe de Comisión o de una moción, no podrán presentarse otras mociones que modifiquen, adicionen, supriman o substituyan, en parte o totalmente, el informe de la Comisión, o la moción originarios. No obstante lo anterior, cuando la mayoría de la Comisión, o el mocionante, autores de la proposición original, acepten alguna modificación, adición, supresión o substitución, esta será considerada parte integrante del informe, o de la moción originarios. En cambio, si la Comisión o el mocionante no lo aceptaren, se votará en primer termino por la proposición original. Si esta fuere rechazada, se considerará en el orden de presentación las substituciones, modificaciones, adiciones o supresiones. 8. Serán previas a toda otra moción, aun cuando esté en discusión, las mociones de orden: a) Que se levante la sesión. f) Que se aplace la consideración por tiempo determinado, o no. b) Que se suspenda la sesión. g) Que el punto pase, o vuelva, a Comisión. c) Que se cierre el debate. h) Que el asunto se archive. d) Que se trate una cuestión de privilegio i) Que se constituyan las comisiones. Estas mociones se considerarán en el orden de preferencia aquí señalada. Las comprendidas en las letras "a" hasta la “d" se votarán sin discusión. Las demás podrán ser discutidas brevemente. Para ser aprobadas se necesita la mayoría de votos. 9. No se podrá considerar asunto alguno ya resuelto, si no fuere a pedido de alguien que votó a su favor. 10. Toda cuestión de orden se resuelve por el Presidente, pero de su resolución se puede apelar a la Asamblea misma que, por voto decidirá definitivamente el punto.
  • 29. Palabras frecuentes Moción: Propuesta Discusión de la moción: Debate, análisis de la propuesta planteada Votación de la moción:A favor: Se acepte íntegramenteEn Contra: No se acepteAbstención: No se pronuncia al respecto Quórum: Cantidad de asistentes o votos necesarios para constituirse o aprobar una moción
  • 30. Estamentos Iglesia Metodista Organismos federados: Ligas de Jóvenes, Sociedad de Hombres, Sociedad Femenina Organismos no federados: Jóvenes adultos, juveniles, adultos mayores, matrimonios, etc. Ministerios: MEM, MISOM, MISAME Comisiones Nacionales/distritales: COPEIM, Nombramientos, Tesorería, Vida y Misión, Estudio y Promoción de Proyectos, Estadística Registro e Historia Agencias: Gabinete, Tribunal electoral, Consejo Judicial
  • 31. Comisiones locales Nombramientos: presidida por pastor, 4 miembros elegidos por la Asamblea Relaciones Pastorales: 3 a 5 miembros; colaborar con el pastor para hacer más eficaz su ministerio Revisor de Cuentas: 2 a 3 miembros, reuniéndose cada 3 meses. Registro e Historia: registros de miembros.
  • 32. Cuerpo Pastoral / CAALL Cuerpo Pastoral: formado por todos los pastores en servicio activo y jubilados de la Iglesia Metodista. Comisión de Actividades Laicas: su propósito es aunar los objetivos que persiguieren las Federaciones, Instituciones y el movimiento laico en general de la Iglesia Metodista de Chile. El Cuerpo Pastoral realiza permanentemente Institutos de Pastores, y la CAALL realiza Conferencia de Laicos.
  • 33. Ministerios de proclamación Predicadores Laicos: miembro habilitado a lo menos 4 años; previamente exhortador; recomendado por comité de nombramientos; recomendado por 2/3 de la Asamblea de la Congregación. Se le concede licencia para predicar por la Comisión Distrital de Calificación Ministerial Diáconos: pastores recibidos a prueba de la Asamblea General, por ¾ de los presbíteros en dicha Asamblea, recomendados por COPEIM y Comité Distrital.Deben haber ejercido como pastores suplentes aprobados por 3 años consecutivos. Presbíteros: pastores recibidos en plena conexión con la Asamblea General, por ¾ de los presbíteros de dicha asamblea. Deben haber ejercido como diáconos y ser recomendados por COPEIM
  • 34. Ministerios Laicos Exhortadores: miembros habilitados por 3 años, recomendados por Comité de Nombramientos, aprobados por mayoría absoluta Asamblea Congregacional. Colaboran en la dirección del culto y atención de la congregación. Predicadores Laicos. Profesores de Escuela Dominical:recomendados por el pastor, en consulta con el director de la EEDD.
  • 35. Instituciones IMECH Colegios y Liceos: Metodista de Santiago, Psicopedagógico Juan Wesley, Inglés Iquique, Robert Johnson, William Taylor, Concepción, LIM, Lagunillas, La Trinidad Valdivia, Colegio Coquimbo, Temuco, El Vergel, La Granja, etc. Jardines Infantiles: Sweet. Fundos: El Vergel, La Granja. Hospitales: CESFAM Temuco Seminario Metodista
  • 36. En Resumen… Organismos Federados y Ministerios Organismos No Federados Consejo Judicial, Tribunal Electoral, COPEIM CAALL – Cuerpo Pastoral Instituciones Metodistas