Ordenamiento Territorial en Nicaragua, caso Laguna de Apoyo
1. Programa TLALOC
Territorios de la Laguna de Apoyo
Lideran el Ordenamiento y
Comanejo de la Reserva
Ordenamiento Territorial
Decreto 78-2002 aplicado a la
Reserva Natural Laguna de Apoyo
2. Índice
1. Introducción al Ordenamiento Territorial
3. Decreto 78-2002
• La Zonificación Territorial de la Reserva
Natural Laguna de Apoyo
5. Conclusiones
3. 1.-Introducción al Ordenamiento Territorial
Definición de ordenar el territorio
• Orienta la ocupación y utilización adecuada del territorio, en
forma equilibrada y con base en los potenciales, limitantes y
problemática existentes, en función del desarrollo sostenible.
4. QUE ES ORDENAMIENTO TERRITORIAL ?
•Es un instrumento para la gestión ambiental en
búsqueda del desarrollo sostenible de un país. Ley
217
INTERRELACIONES MEDIO
SOCIEDAD ARMONIA
AMBIENTE
Decreto 78-2002.
•Instrumento para la Gestión Ambiental en búsqueda del desarrollo sostenible
del país, para mejorar la interrelación de la sociedad con el medio ambiente.
•Proceso de planificación dirigido a evaluar y orientar el uso de la tierra en el
territorio, de acuerdo a sus características, potenciales, limitantes y
problemática, tomando en cuenta los recursos naturales y ambientales, las
actividades económicas y sociales y la distribución de la población en el
marco de una política de conservación y uso sostenible de los sistemas
ecológicos.
8. 1.-Introducción al Ordenamiento Territorial
Necesidad de ordenar el territorio en Apoyo
•Por la alta ocurrencia a amenazas naturales.
•Por la elevada fragilidad del territorio:
•Ambiental
•Humana
•Por la elevada presión de las actividades humanas en el
territorio:
•Labores de subsistencia
•Falta de infraestructura (residuos, vertidos)
•Especulación inmobiliaria
•Como una estrategia de desarrollo a largo plazo.
9. 2.- Decreto 78-2002
NORMAS, PAUTAS Y CRITERIOS PARA EL ORDENAMIENTO
TERRITORIAL DECRETO No. 78-2002, Aprobado el 19 de Febrero del
2002 .Publicado en La Gaceta No. 174 del 13 de Septiembre del 2002
10. 2.- Decreto 78-2002
1.- Marco en el que se crea el Decreto
•1962 - Oficina de Planificación a nivel central (Decreto no. 52. La Gaceta 33 8/02/1962)
•1971 - Oficina Nacional de Planificación (Decreto no. 1797- La gaceta 82 – 16/04/1971).
•1974 - Ley de Planificación Nacional, (Ley no. 7. La Gaceta 14 -17/01/1975).
•1978 - Ley Orgánica del Municipio (Decreto no. 725. La Gaceta 274 4/12/1978) en los
municipios, en razón de su importancia local y cuantía de sus ingresos, podrán crearse:
a) un comité asesor de planificación municipal integrado por lo menos, por tres personas
calificadas de la localidad, una de las cuales deberá pertenecer al partido que ocupó el
segundo lugar en la correspondiente elección municipal;
•1985 - Consejo Nacional de Planificación (Decreto no.5, La Gaceta no.12 – 16/01/1985).
•1988 - Ley de Municipios (Ley no. 40, La Gaceta no. 155 -17/08/1988) arto. 34.- son
atribuciones del alcalde: 5) promover la participación e inserción del municipio en el
proceso de planificación nacional, regional y local.
•2002 - Consejo Nacional de Planificación Económica Social (Decreto no. 16-2002, La
Gaceta 33 – 18/02/2002).
•2002 – Normas y Pautas para el Ordenamiento Territorial (Decreto 78-2002, La Gaceta 174
– 13/09/2002).
11. 2.-Decreto 78-2002
2.-Objeto, Ámbito y Criterios Generales
Objeto (arto. 1): Establecer las normas, pautas y criterios para el Ordenamiento
Territorial, en el marco:
Distribución uso sostenible
espacial de los de la tierra
asentamientos
humanos.
DECRETO 78-2002 Preservación,
defensa y recuperación
Prevención de del patrimonio
desastres naturales ecológico y cultural
Ámbito (arto. 2): Aplicación nacional aplicado en el proceso de elaboración y
ejecución de los Planes de Ordenamiento Territorial Municipal (POTM)
Los POTM son (Arto. 59 a 66): el instrumento rector mediante el cual el municipio
define, norma y orienta los usos del territorio articulando los aspectos territoriales y
sectoriales, estableciendo objetivos y líneas estratégicas a lo inmediato (1-2 años),
corto (3 al 5 año), mediano (6 al 10 año) y largo plazo (más de 10 años),
contribuyendo sustantivamente al plan de desarrollo municipal. Tendrá una vigencia
de al menos diez años
12. 2.-Decreto 78-2002
3.- Autoridades Competentes y atribuciones
Comisión Sectorial de Descentralización (CSD) deberá apoyar los
procesos de Ordenamiento Territorial, coordinando a las instituciones
para lograr su concurrencia en el proceso de conformidad con las
respectivas funciones. (Art. 10)
Gobiernos Regionales y Municipales para la implementación de las
presentes disposiciones, se regirán conforme a sus competencias
otorgadas en la legislación vigente aplicable, con la debida coordinación
interinstitucional (Arto. 11).
INETER en su Ley Orgánica, le corresponde (Arto. 12): Dar pautas y definir
estudios base para el Ordenamiento Territorial Municipal. Elaborar base
de datos y Estudios de Ordenamiento Territorial Municipal y velar que los
elaborados por terceros, cumplan con los procedimientos y
metodologías definidas por esta institución.
MARENA (Arto 13), MAGFOR: (Arto 14), MTI (Arto. 15) e INIFOM (Arto.
16): Apoyar en la elaboración y participar en el dictamen técnico de los
Planes de Ordenamiento Territorial.
13. 2.-Decreto 78-2002
4.- Criterios ambientales
Uso y manejo adecuado de los Recursos Naturales (arto. 6): Criterios:
• Evitar la disminución de la cobertura forestal (énfasis en
paisajes escarpados, bosques de galería, bosques naturales)
• Uso adecuado del suelo (acorde con sus características y
potencialidades, disminución de los procesos erosivos)
• La preservación, la calidad y disponibilidad del recurso agua
(equilibrio demandas, ordenamiento de las zonas costeras,
manejo integral de cuencas hidrográficas en especial de las
Áreas periféricas a nacimientos de cuerpos de agua, Áreas de
infiltración para recarga de acuíferos, Áreas de bosque
protector)
14. 2.-Decreto 78-2002
4.- Criterios ambientales
Uso y manejo adecuado de los Recursos Naturales (arto. 6): Criterios:
• Evitar y mitigar los impactos contaminación del aire
• Protección a la biodiversidad (corredores biológicos, zonas de
anidación, protección de las cadenas tróficas, especies
amenazadas y en peligro de extinción, humedales y manglares
otros).
• identificar aquellas áreas susceptibles deslizamientos,
hundimientos, suelos movedizos, fumarolas; y otros
fenómenos con la asistencia de INETER. En estas áreas
específicas y sus áreas de influencia no se deberán planificar
asentamientos humanos o actividades productivas.
15. 2.-Decreto 78-2002
5.-Criterios y ordenamiento poblacional
Uso de la Tierra para Asentamientos humanos (arto. 30-32):
NO Son Tierras Aptas:
1) Las ubicadas en las laderas inestables de macizos montañosos
con pendientes mayores de quince por ciento; las tierras
ubicadas en las laderas de volcanes activos, bordes y áreas
internas de calderas tectónicamente activas, las que se
ubican en las zonas donde incide la caída de cenizas y gases
emanados por actividad volcánica y aquellas tierras cercanas a
los cauces de las zonas volcánicas por donde fluyen corrientes
de lodo.
16. 2.-Decreto 78-2002
5.-Criterios y ordenamiento poblacional
Uso de la Tierra para Asentamientos humanos (arto. 30-32):
NO Son Tierras Aptas:
2) Las ubicadas en la proximidad de fallas sísmicas principales,
cuyo uso debe limitarse en los trazos de las fallas geológicas
activas.
• 3) Las ubicadas en zonas laterales inmediatas a los trazos de
las fallas geológicas, cuyo ancho de la zona paralela a la falla
quedará sujeto a estudios geológicos locales, donde debe
adoptarse un margen de quince metros para aquellas fallas de
trazo sin implicaciones de fracturamiento paralelo. Para las
fallas que presenten esas manifestaciones el estudio geológico
local establecerá el punto de medida de los quince metros.
• 7) Las tierras con antecedentes conocidos de haber sufrido
rupturas o deformaciones en anteriores eventos sísmicos.
17. 2.-Decreto 78-2002
5.-Criterios y ordenamiento poblacional
Uso de la Tierra para Asentamientos humanos (arto. 30-32):
NO Son Tierras Aptas:
4) Las que presenten peligro de subsidencia (hundimiento),
ubicadas en zonas donde existe una extensiva explotación
minera o de fluidos y aquellas en donde se presentan
fenómenos drásticos o donde la tierra es de composición
carbonatada.
5) Las ubicadas en zonas de relleno mal compactadas o
emplazadas en antiguas lagunas; o bien aquellas tierras
cubiertas por depósitos gruesos o suelos de aluvión.
6) Las ubicadas a menos de 50 metros del límite de máxima
crecida o cota de inundaciones de cuerpos de agua.
18. 2.-Decreto 78-2002
5.-Criterios y ordenamiento poblacional
Uso de la Tierra para Asentamientos humanos (arto. 30-32):
NO Son Tierras Aptas:
• aquellas áreas susceptibles deslizamientos, hundimientos,
suelos movedizos, fumarolas; y otros fenómenos con la
asistencia de INETER. En estas áreas específicas y sus áreas
de influencia no se deberán planificar asentamientos humanos
o actividades productivas.
19. 2.-Decreto 78-2002
6.- Criterios y ordenamiento económicos
RESTRICCIONES Y MEDIDAS PARA LOCALIZACIÓN DE ACTIVIIADES
ECONOMICAS (arto. 52)
No serán compatibles con el uso de vivienda: Fabricación de baterías y
acumuladores, productos químicos, Curtido de cueros, hipoclorito de sodio,
abonos orgánicos, alimentos para animales, pinturas, lacas y barnices,
pegamentos, adhesivos y resinas, jabones y detergentes, artículos de
fibrocemento, Fundición y procesamiento de metales, Industrias de procesamiento
de productos del mar, productos pirotécnicos, Gasolineras y depósitos de
lubricantes y combustibles, Actividades originadoras de ruido y polvo.
La zona para el desarrollo industrial deberá
establecer un área de amortiguación perimetral
forestada de al menos 25 metros de ancho.
20. 2.-Decreto 78-2002
Proceso General 4
7.- Formulación, Oficialización e Implementación
Flujograma ORDENAMIENTO TERRITORIAL
FASES DEL General (Pasos)
Objeto (arto. 1): Establecer
FORMULACION IMPLEMENTACION
1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.
Preparación Diagnóstico Prospectiva Propuesta Concertación Operación
Pasos
Instrumentación
y Aprobación
• Resolución del CM da • Problemas priorizados • Tendencias 1. Modelo Territorial • Plan aceptado por el • Pol í ticas locales
Políticas • Ejecuci ón de
Ejecución
inicio al proceso. • Determinados los integradas y Futuro (MTF). CDM. • Normas y programas y
Participativo
• Pre – diagnóstico, Potenciales y limitantes proyectadas. • Zonificación Funcional.
Zonificación • Plan concertado con reglamentos proyectos.
Alcances del plan, para el desarrollo. • Escenarios • Zonificación Normativ a.
Zonificación municipios vecinos. especí ficos
específicos • Aplicaci ón de
Aplicación
Método y • Interpretado modelo alternativos • Requerimientos • Plan tiene aval • Nuevos normas y
requerimientos territorial actual (MTA). diseñ ados.
diseñados. Sectoriales .
Sectoriales. ttécnico de INETER
écnico mecanismos reglamentos.
concertados. • Escenario de 2. Estrategia de • Plan aprobado por el • Publicaci ón del
Publicación • Aplicaci ón de
Aplicación
• Organizada la desarrollo desarrollo CM. plan. polí ticas locales.
políticas
Participación seleccionado. • Lineamientos • Programa de • Seguimiento y e
ciudadana. • Programas Inversiones valuació n.
valuación.
• Proy ectos estratégicos. • Auditoria Social
Técnico
• SIG instalado • Informaci ón capturada
Información • Modelaci ón
Modelación • Diseño del MTF • Ajustes al Plan • Mapeo y micro • Avance y ajustes
• Mapa base registrada espacial de localizació n de
localización del Plan
• Bases de datos • Cartografí a tem ática
Cartografía temática escenarios Inversiones
SIG Sistema de Información Geográfico
La aprobación Técnica del Plan de Ordenamiento Territorial de cada Municipio, será realizada por una Comisión
Técnica Interinstitucional, Presidida por INETER e integrada además por MARENA, MAGFOR, MTI, INIFOM; el
cual será remitido al Consejo Municipal respectivo. Los requerimientos
21. 3.-Zonificación Territorial de Apoyo
1.-Capacidad de Carga Territorial
Gómez Orea (2002)
Representa la forma en que cada punto del territorio
puede utilizarse en beneficio del hombre sin que sufra
alteraciones inaceptables en sus características o
valores.
•Capacidad de Carga Territorial para Asentamientos
Humanos
•Capacidad de Carga Territorial Agrícola
•Capacidad de Carga Territorial para Hoteles < 30 hab.
22. Determinación de la capacidad de carga territoriales
Capacidad de Carga = Aptitud - Impacto
¿Cómo se determina la Aptitud?
Grado de cumplimentación de requerimientos básicos que provee la unidad para el
establecimiento y desarrollo satisfactorio de la actividad.
¿Cómo se determina el Impacto?
Se valora el impacto potencial y/o la vulnerabilidad a impactos generados por cada
actividad según componentes ambientales (suelo, recursos hídricos, paisaje,
biodiversidad, población). Generalmente el grado de impacto están fuertemente ligados a
características intrínsecas del medio físico.
Aptitud
Muy baja Baja Media Alta Muy alta
1 2 3 4 5
Muy Muy baja Muy baja Muy baja Muy baja
desfavorable 5 (-4) (-3) (-2) (-1) Muy baja (0)
Muy baja Muy baja Muy baja
Desfavorable 4 (-3) (-2) (-1) Muy baja (0) Baja (1)
Muy baja Muy baja
Impacto Moderado 3 (-2) (-1) Muy baja (0) Baja (1) Media (2)
Muy baja
Bajo 2 (-1) Muy baja (0) Baja (1) Media (2) Alta (3)
Indiferente 1 Muy baja (0) Baja (1) Media (2) Alta (3) Muy Alta (4)
23. 3.- Zonificación Territorial
Cartografía Base y de Capacidad de Carga Territorial
Amenazas
Propuesta Zonificación Territorial
en Base a Amenazas y CCT
Consensuó con UT, Consejos
Municipales y Validación por instituciones
competentes
Elaboración de ordenanza modelo
Consensúo con consejos municipales
y Aprobación por Asamblea AMICTLAN
Aprobación ordenanza común de ZT y Plan de Manejo
para la RNLA (Resolución Ministerial 01-2010)
24. 3.- Zonificación Territorial
3.1.-Zonas Propuestas
Zonificación Territorial en base a amenazas
y capacidad de carga para la RNLA
Zona de Protección Zona Urbana Zona de Producción primaria
Protección de laderas Urbano ocupado Agrícola
Agroforestal
Urbano reserva
Protección hídrica
Aprovechamiento
Conurbano forestal
Reserva integral
Suburbano Pecuaria
Bosque protector
Reconversión
Rehabilitación Ambiental hacia
Silvopastoril y
Agroforestal
Área Costera Humanizada
Patrimonio cultural
25.
26. 3.- Zonificación Territorial
3.2.-Regulaciones
Resumen de Regulaciones Propuestas para la Zonificación Territorial de la Reserva Natural Laguna de Apoyo y su zona de Amortiguamiento
REGULACIÓN REGULACIÓN
CONSTRUCTIVA REGULACIÓN INFRAESTRUCTURA REGULACIÓN INDUSTRIAL REGULACIÓN AGROPECUARIA-FORESTAL MINERA REGULACIÓN TURíSTICA
Nuevas Turismo
carreteras o Residenci Infraestrucut
Nuevas Ampl caminos de Rehabilitaci Apertura o Obras de Industria Nueva al o Hospederí ra básica
Construc iacion Rehabilitación acceso ón o mejora matenimien mitigació Industria Industria liviana Agrícola ya Nuevo Agrofores Ganadería ya Ganader Nueva lotificació Hotele Hotele a mínima Restaura interpretació Camp Can
En cada zona:
ZONAS SUBZONA ciones es y/ reposición vehicular
o red vial to senderos n Pesada Liviana artesanal existente Agricola tal Forestal existente ía Ya existente mina n s +30 s -30 (-15) nte n natural Spa ing py
Debe tener No No No No No Si No Si Si
Protección de Si mejora Si, obras Si, bajo Cambio hacia Cambio hacia permiso y
laderas No No vulnerabilidad No mitigación Si Si No No condiciones agrofor No No No silvopartoril No plan No
Si sino Debe tener No No No No No No No No No
Protección Si mejora Si, obras afecta Cambio hacia Cambio hacia permiso y
•Vocación Optima
hídrica No No vulnerabilidad No mitigación Si cauce No No No agrofor No No No silvopartoril No plan No
No No, No, No, sólo lo No, sólo Si no Si, a no
No, ni sólo lo sólo lo existente lo delimi aplic
Area costera Si mejora Si, obras Si, bajo Cambio hacia Cambio hacia para existent existen existente tar
humanizada No No vulnerabilidad No mitigación Si Si No No condiciones uso permitido No No No uso permitido aguar No aplica No e te
Zona de Si, sólo No, ni No No No No Sólo en Si No Si, a Si
Protecci Zona de reserva Si mejora Si, obras cierta Cambio hacia Cambio hacia para
•Regulación Constructiva
Plan de miradores delimi
ón integral No No vulnerabilidad No mitigación densidad Si No No No uso permitido No No No uso permitido aguar cierre No tar
Sin Sin No No No No, sólo No Si No Si, a Si
Area de bosque Si mejora Si, obras Si, bajo Cambio hacia agroquími agroquími Cambio hacia Plan de en ya delimi
proector No No vulnerabilidad No mitigación Si Si No No condiciones uso permitido No co co uso permitido No cierre No contruido tar
Zona de Sin Sin No No No Si, con Si, a Si No Si, a Si
Rehabilitación Si baja Si mejora Si, bajo Cambio hacia agroquími agroquími Cambio hacia plan pequeña delimi
•Regulación Infraestructura
ambiental densidad Si vulnerabilidad No Si Si Si No No condiciones agrofor No co co uso permitido No No aplica No aprobado escala tar
No No No No No Si No Si No
Patrimonio Cambio hacia Cambio hacia
Cultirual No No No aplica No Si No No No No No aplica uso permitido No No No uso permitido No No aplica No
Si, en Si Si Si Si Si Si Sujeto No No
zona a aplica aplic
•Regulación Turística
Si mejora habilitad Si, bajo Cambio hacia evalua
ocupada Si Si vulnerabilidad Si Si Si Si No a condiciones No aplica No No No uso permitido No No aplica No ción
Si, en Si Si Si Si Si Si Sujeto No No
zona a aplica aplic
Si mejora habilitad Si, bajo Cambio hacia Cambio hacia evalua
Zona de reserva Si Si vulnerabilidad Si Si Si Si No a condiciones uso permitido No No No uso permitido No No aplica No ción
•Regulación Agropecuaria-forestal
urbana Si, en No No Sí, en Sí, en zona Si Si Sujeto Si Si
zona Debe tener zona vocacinal a
Si baja Si mejora habilitad Si, bajo Cambio hacia Sólo en Sólo en Sólo en Cambio hacia permiso y vocaci evalua
Suburbana densidad Si vulnerabilidad Si Si Si Si No a condiciones uso permitido vocación vocación vocación uso permitido No plan No nal ción
Si, en Si Si Si Si Si Si Sujeto No No
zona a aplica aplic
Si mejora habilitad Si, bajo Cambio hacia Cambio hacia evalua
•Regulación Industrial
Conurbación Si Si vulnerabilidad Si Si Si Si No a condiciones uso permitido No No No uso permitido No No aplica No ción
No No Sí, en Sí, en zona No No No No No
Debe tener zona vocacinal aplica aplic
No, sólo Si mejora Si, bajo Cambio hacia permiso y vocaci
Agricola bodega No vulnerabilidad Si Si Si Si No No condiciones Si Sí Si Si uso permitido No plan No nal
Baja Debe tener No No Sí, en Sí, en zona No No No No No
•Regulación Minera
densidad Restri Si mejora Si, bajo permiso y zona vocacinal aplica aplic
Pecuaria rural ngido vulnerabilidad Si Si Si Si No No condiciones Sí Sí Sí Sí Sí Sí plan No vocaci
Zona de Reconversión nal
No No Sí, en Sí, en zona Sólo en No No Si No
Producc hacia Baja Cambio hacia Debe tener zona vocacinal miradores aplic
ión silvopastoril y densidad Restri Si mejora Si, bajo agroforesta o Cambio hacia permiso y vocaci
primari agroforestal rural ngido vulnerabilidad Si Si Si Si No No condiciones silvopastoril No Sí Sí silvopartoril No plan No nal
a No No Sí, en Sí, en zona No Si No Si Si
Debe tener zona vocacinal
No, sólo Si mejora Si, bajo Cambio hacia Cambio hacia permiso y vocaci
Agroforestal bodega No vulnerabilidad Si Si Si Si No No condiciones agrofor No Si Si silvopartoril No plan No nal
Cambio No No No No No Si No Si Si
Cambio hacia hacia Debe tener
Si mejora Si, bajo agroforestal y forestal Cambio hacia permiso y
Forestal No No vulnerabilidad No Si Si Si No No condiciones forestal No conservac Si uso permitido No plan No