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MANUAL DE CONVIVENCIA
“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
MUNICIPIO DE MEDELLÍN – ANTIOQUIA
MANUAL DE CONVIVENCIA
INTRODUCCIÓN
El presente Reglamento Disciplinario o Manual de Convivencia tiene por objeto disponer
las reglas y principios que rigen la comunidad educativa de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA
JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ, institución de carácter oficial, tres jornadas, mixta,
legalmente aprobada por el Ministerio de Educación Nacional y la Secretaría de
Educación de Medellín, que hace parte del sistema de educación formal, impartiendo
enseñanza en los niveles de Preescolar, Básica (Primaria y Secundaria) y Media en la
modalidad académica y educación de adultos tercera jornada..
La I. E, Bravo Márquez presenta a la comunidad este Reglamento Disciplinario o Manual
de Convivencia, que como una parte importante del PEI y por mandato de ley toda
institución educativa debe constituir en un medio que regula la convivencia entre los
diferentes estamentos de la comunidad educativa, garantizando el cabal ejercicio de los
derechos, facilitando el cumplimiento de los deberes y contribuyendo a fomentar el
entendimiento y la colaboración entre todos, en orden a la buena marcha de la institución.
En aras de consolidar el proceso de formación, es necesario recordar que cada una de las
personas que conforman la comunidad educativa, desde la posición en que se encuentre,
está obligada a dar cumplimiento al Manual de Convivencia, pues la sana convivencia
depende de ello.
Para la familia, el Reglamento Disciplinario o Manual de Convivencia es la concertación
entre las diferentes instancias de normas y procesos, que materializan los principios de
convivencia de la comunidad, para proyectarse con eficacia en el quehacer educativo.
Representa, además, el compromiso que todos sus integrantes asumen, dentro de los
principios y valores de la institución, para ser mejores ciudadanos y mejores seres
humanos.
En todos los casos en que se haga mención al Manual de Convivencia en el presente
documento, se entenderá que igualmente se hace referencia al Reglamento Disciplinario.
PRESENTACION
Este manual de convivencia es una invitación a toda la comunidad Educativa del Bravo
Márquez, para que unidos marchemos por una senda segura de humanización
MANUAL DE CONVIVENCIA
“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
enarbolando las consignas de “Educar para Pensar Libremente” que pregona nuestro
gran Escudo.
Para su elaboración se ha contado con la participación comunitaria de todos los
estamentos educativos institucionales; Las sugerencias dadas por los profesores, los
aportes de los padres de familia, las sugerencias de los estudiantes, egresados y personal
administrativo, la Constitución Política, las normas impartidas por el Gobierno Nacional y
el Ministerio de Educación Nacional.
MANUAL DE CONVIVENCIA
“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSE MARIA BRAVO MARQUEZ
“Educar para pensar libremente “
1
ACUERDO DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 04 DE 2012
Febrero 07 de 2012
Por medio del cual se legaliza el Manual de Convivencia de la
Institución Educativa José María Bravo Márquez
El Consejo Directivo de la Institución Educativa José María Bravo Márquez, en
uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el Decreto
1860 de 1994 y la Ley 715 de 2001
CONSIDERANDO:
1. Que mediante el proceso participativo llevado a cabo con los estamentos
de la comunidad educativa (padres de familia, estudiantes y docentes), se
ha discutido y socializado el Manual de convivencia versión 2012, para la
Institución Educativa José María Bravo Márquez, y del cual emana un
documento final para ser sugerido al Consejo Directivo.
2. Que el Documento Manual de Convivencia versión 2012, fue discutido
igualmente en el Consejo Académico para ser sugerido al Consejo
Directivo.
3. Que son funciones del Consejo Directivo, entre otras, el acordar: las
directrices que permitan la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y
la aplicación de las funciones del gobierno escolar; la promoción del
proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el
establecimiento; la orientación del proceso educativo con la asistencia del
Consejo Académico; la aplicación de las disposiciones que se expidan por
parte del estado
4. Que el Manual de Convivencia es un texto guía que contiene las nociones
esenciales para vivir en comunidad e, interactuar exitosamente con todos
y cada uno de los miembros de la comunidad educativa. Además,
pretende guiar el accionar de cada uno de los integrantes de la comunidad
educativa Bravo Márquez, en pos de hacer mucho más humana y
agradable su permanencia en cada espacio institucional y no institucional.
MANUAL DE CONVIVENCIA
“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
CAPÍTULO PRIMERO
DIRECTRICES GENERALES
Artículo 1.- Conceptos Básicos. La elaboración y puesta en ejecución de un reglamento
estudiantil, como uno de los aspectos esenciales del Proyecto Educativo Institucional, es
una obligación legal consagrada en el artículo 73 de la Ley 115 de 1994 o Ley General de
Educación. En concordancia, el artículo 87 de esta misma Ley, ordenó que en cada
establecimiento educativo deba existir un REGLAMENTO O MANUAL DE CONVIVENCIA
que defina los derechos y obligaciones de los estudiantes y demás normas que aseguren
la prestación del servicio educativo.
Por definición CONVIVIR significa vivir en compañía de otro u otros. La convivencia por
tanto, lleva intrínsecamente, nociones como respeto, solidaridad, responsabilidad grupal y
social, compromisos, valoración individual, ética, tolerancia. Es por eso que en su
conjunto, este MANUAL DE CONVIVENCIA recoge una serie de orientaciones que
buscan desarrollar una pedagogía de la convivencia, en donde las reglas y criterios, son
ante todo, parámetros para el crecimiento individual en el marco de una colectividad
armónica.
Si bien el Manual tiene como eje los derechos y obligaciones de los educandos, tanto en
los criterios para su reconocimiento, promoción y protección como en las normas
pedagógicas, disciplinares y sancionatorias, cuando se vulneran, recoge igualmente los
derechos y obligaciones de los demás miembros de la comunidad educativa, según el rol
que desempeñe en relación con el proceso educativo que impacta a los educandos.
Artículo 2.- Principios Orientadores. Los procesos de convivencia social, de formación
académica y de disciplina que se desarrollan en la Institución Educativa José María Bravo
Márquez, se harán atendiendo los principios de compromiso, trascendencia, apertura a la
diferencia y calidad.
El principio de compromiso se debe evidenciar en la pertenencia y coherencia en el actuar
de la comunidad educativa, con la filosofía institucional, de acuerdo con el lema
Institucional: “Educar para pensar libremente”.
Se espera que en virtud del principio de trascendencia, los miembros de la comunidad
educativa consoliden y proyecten sus metas y objetivos, fortaleciendo sus dimensiones
humanas, en busca de la realización personal y el impacto positivo en el entorno.
El principio de apertura a la diferencia compromete a los miembros de la comunidad
educativa de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ a la comprensión y valoración de
MANUAL DE CONVIVENCIA
“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
la diversidad cultural: pueblos, credos, ideologías y múltiples realidades humanas,
entendidas desde su contexto.
En virtud del principio de calidad, se espera que los miembros de la comunidad educativa
apliquen y desarrollen procesos de excelencia, que respondan a las necesidades de un
mundo global y cambiante a través del mejoramiento continuo de los proyectos
institucionales.
Artículo 3.- Marco Jurídico General. El Manual de Convivencia como instrumento que
define los derechos y deberes de los estudiantes y de los integrantes de la comunidad
educativa, tiene como marco jurídico general, la Constitución y la ley colombiana. De
modo particular, la siguiente normatividad:
 Constitución Política de Colombia: Título II, de los derechos, las garantías y los
deberes.
 Ley 1098 de 2006 o Código de la Infancia y la Adolescencia. Si bien se han
considerado los distintos artículos del Código que sirven como respaldo normativo al
presente Manual de Convivencia, el contenido de la Ley 1098 se asume como orientador
del mismo, en especial los artículos 18, 20, 26, 41 en los numerales 6, 7 y 16, así como
los artículos 43 en el numeral 2 y el 44 en los numerales 4 y 9.
 Ley 115 de 1994 o Ley General de Educación, Títulos I, II, III, IV, V, VII, X Ley 375 de
1997 o Ley de la Juventud.
 Decreto 860 de 2010, reglamentario de la Ley 1098 de 2006.
 Decreto 1860 de 1994, reglamentario de la Ley 115 en los aspectos pedagógicos y
organizativos.
 Decreto 1290 de 2009, sobre normas en materia de evaluación y promoción de los
educandos.
 Decreto 3055 de 2002, modificatorio del Decreto 230 de 2002, artículo 9.
 Decreto 1286 de 2005, normas sobre la participación de los padres de familiaen los
procesos educativos de las instituciones oficiales y privadas.
 Decreto 120 de 2010, Por el cual se adoptan medidas en relación con el consumo del
alcohol, artículos 8, 14 y c.c.
MANUAL DE CONVIVENCIA
“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
Artículo 4.- Conceptos Jurisprudenciales Orientadores. Con la aparición de la figura
de la tutela, como instrumento de protección de los derechos fundamentales, a partir de la
promulgación de la Constitución Política de Colombia en 1991, la Corte Constitucional,
dentro de la función de revisión de los fallos proferidos por instancias judiciales
competentes, ha emitido múltiples pronunciamientos en torno a la aplicación de los
derechos fundamentales en la prestación del servicio educativo, por parte de las
instituciones oficiales y privadas, jurisprudencia que en su conjunto se entiende
incorporada al presente Manual de Convivencia.
Dada la trascendencia de estos pronunciamientos, La Institución Educativa José María
Bravo Márquez, ha considerado fundamental citar apartes de algunas sentencias
producidas, como criterios de observancia, que orienten la debida comprensión y
aplicación de los conceptos, procedimientos e instrumentos indicados en el Manual, por
parte de los integrantes de la comunidad educativa.
Derecho – Deber de la Educación.
(Sentencia 002 de 1992) “Ahora bien, una característica de algunos de los derechos
constitucionales fundamentales es la existencia de deberes correlativos. En el artículo 95
de la Constitución Política se encuentran los deberes y obligaciones de toda persona. La
persona humana además de derechos tienen deberes; ello es como las dos caras de una
moneda, pues es impensable la existencia de un derecho sin deber frente a si mismo y
frente a los demás.”
(Sentencia T- 519 de 1992) “La educación ofrece un doble aspecto. Es un derecho-deber,
en cuanto no solamente otorga prerrogativas a favor del individuo, sino que comporta
exigencias de cuyo cumplimiento depende en buena parte la subsistencia del derecho,
pues quien no se somete a las condiciones para su ejercicio, como sucede con el
discípulo que desatiende sus responsabilidades académicas o infringe el régimen
disciplinario que se comprometió observar, queda sujeto a las consecuencias propias de
tales conductas: la pérdida de las materias o la imposición de las sanciones previstas
dentro del régimen interno de la institución, la más grave de las cuales, según la gravedad
de la falta, consiste en su exclusión del establecimiento educativo”..
(Sentencia T-341 de 1993) “Considera la Corte que quien se matricula en un centro
educativo con el objeto de ejercer el derecho constitucional fundamental que lo ampara,
contrae por ese mismo hecho obligaciones que debe cumplir, de tal manera que no puede
invocar el mentado derecho para excusar las infracciones en que incurra. Por ello, si
reclama protección mediante la acción de tutela, alegando que el plantel desconoce las
garantías constitucionales al aplicarle una sanción, es imperioso que el juez verifique
tanto los actos ejecutados por las autoridades del centro educativo como la conducta
observada por el estudiante, a objeto de adoptar una decisión verdaderamente justa en
cuya virtud no se permita el quebrantamiento de los derechos constitucionales del
educando pero tampoco se favorezca la irresponsabilidad de éste.”
(Sentencia T- 316 de 1994) “La Educación sólo es posible cuando se da la convivencia y
si la disciplina afecta gravemente a ésta última, ha de prevalecer el interés general y se
MANUAL DE CONVIVENCIA
“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
puede respetando el debido proceso, separar a la persona del establecimiento Educativo.
Además, la permanencia de la persona en el sistema educativo está condicionada por su
concurso activo en la labor formativa; la falta de rendimiento intelectual también puede
llegar a tener suficiente entidad como para que la persona sea retirada del
establecimiento donde debía aprender y no lo logra por su propia causa”.
(Sentencia T- 235 de 1997) “La Corte Constitucional ha reiterado a lo largo de la
jurisprudencia, en el sentido de considerar que quien se matrícula en un Centro
Educativo, con el objeto de ejercer el derecho Constitucional fundamental que lo ampara,
contrae por ese mismo hecho obligaciones que debe cumplir, de tal manera que no puede
invocar el mencionado derecho para excusar las infracciones en que incurra”.
Alcances del Manual de Convivencia.
(Sentencia T-524 de 1992) “En otros términos, los reglamentos de las instituciones
educativas no podrán contener elementos, normas o principios que estén en contravía de
la Constitución vigente como tampoco favorecer o permitir prácticas entre educadores y
educandos que se aparten de la consideración y el respeto debidos a la privilegiada
condición de seres humanos tales como tratamientos que afecten el libre desarrollo de la
personalidad de los educandos, su dignidad de personas nacidas en un país que hace
hoy de la diversidad y el pluralismo étnico, cultural y social principio de praxis general. Por
tanto, en la relación educativa que se establece entre los diversos sujetos, no podrá
favorecerse la presencia de prácticas discriminatorias, los tratos humillantes, las
sanciones que no consulten un propósito objetivamente educativo sino el mero capricho y
la arbitrariedad… La Corte Constitucional ha sido enfática al proteger el derecho al libre
desarrollo de la personalidad de todos los individuos, y ha removido los obstáculos que se
han presentado para su realización en los casos que han llegado a su conocimiento. -
Pero también ha señalado que el ejercicio de este derecho tiene limitaciones- Dentro de
las cuales se encuentran los derechos de los demás como claramente lo establece el
artículo 16 de la Constitución Nacional, según el cual "Todas las personas tienen derecho
al libre desarrollo de su personalidad sin más limitaciones que las que imponen los
derechos de los demás y el orden jurídico… El libre desarrollo de la personalidad se
armoniza con las libertades de pensamiento y de expresión, por cuanto es la decisión de
expresar, en el propio vivir de la persona, una determinación de su modo de ser en la
convivencia humana; mientras tal determinación sea libre, y como culminación de un
proceso voluntario en una decisión, y no atente contra el derecho ajeno, tiene que ser
respetado y protegido por el orden jurídico establecido."”
(Sentencia T-386 de 1994) “Para la Corte es claro entonces, que la ley asignó a
los establecimientos educativos, públicos y privados, un poder de reglamentación dentro del marco de su
actividad. Los reglamentos generales de convivencia, como es de la esencia de los actos reglamentarios,
obligan a la entidad que los ha expedido y a sus destinatarios, esto es, a quienes se les aplican, porque su
fuerza jurídica vinculante deviene en forma inmediata de la propia ley y mediata de la Constitución Política.”
(Sentencia T-015 de 1994) “Si bien es cierto que el Reglamento del plantel educativo es base fundamental
orientadora de la disciplina del colegio, pues sin él no sería posible mantener un nivel de organización, es
cierto también que las normas allí contenidas deben ajustarse o mejor interpretarse acorde con las
circunstancias particulares de los menores.
MANUAL DE CONVIVENCIA
“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
No se trata de permitir una total libertad, pues esto no contribuye a la formación, pero sí comprender la
situación y en la forma más razonable obrar sin perjudicar el futuro del educando.”
(Sentencia SC-555/94) “La exigibilidad de esas reglas mínimas al alumno resulta acorde con sus propios
derechos y perfectamente legítima cuando se encuentran consignadas en el manual de convivencia que él y
sus acudientes, firman al momento de establecer la vinculación educativa.
Nadie obliga al aspirante a suscribir ese documento, así como a integrar el plantel, pero lo que sí se le puede
exigir, inclusive mediante razonables razones es que cumpla sus cláusulas una vez han entrado en Vigor, en
este orden de ideas, concedida la oportunidad de estudio, el comportamiento del estudiante si reiteradamente
incumple pautas mínimas y denota desinterés o grave indisciplina puede ser tomado en cuenta como motivo
de exclusión”
(Sentencia T-1233 de 2003) “Por consiguiente, los reglamentos internos o manuales de convivencia
elaborados por las comunidades de los planteles educativos tienen la obligación de observar las disposiciones
constitucionales. En efecto, el respeto al núcleo esencial de los derechos fundamentales de los estudiantes no
se disminuye como consecuencia de la facultad otorgada a los centros educativos para regular el
comportamiento de sus alumnos. Por el contrario, las reglas que se establezcan deben reflejar el respeto a la
dignidad humana y a la diversidad étnica, cultural y social de la población (artículo 1º), así como los derechos
al libre desarrollo de la personalidad (artículo 16), libertad de conciencia (artículo 18), libertad de expresión
(artículo 20), igualdad (artículo 13), debido proceso (artículo 29) y educación (artículo 67) superiores. Además
de su consagración constitucional, la titularidad de estos derechos se encuentra en cabeza de niños y
adolescentes en proceso de formación, lo que implica una protección reforzada.
Ello, por supuesto, no significa que en el contexto de la comunidad educativa quienes tienen a su cargo la
elaboración de los reglamentos de dichas instituciones, no puedan establecer limites razonables y
proporcionales al ejercicio de los derechos. En la medida que los derechos fundamentales no son absolutos, y
en ciertos aspectos se enfrentan a valores, principios y otros derechos fundamentales protegidos también por
la Carta, la Corte ha sostenido que su alcance y efectividad pueden ser objeto de ponderación y armonización
frente a otras disposiciones constitucionales a través de los reglamentos de convivencia.”
Disciplina Escolar.
(Sentencia T-366 de 1992) “La aplicación de la disciplina en el establecimiento educativo no implica de suyo
la violación de derechos fundamentales. Pero los profesores y directivas están obligados a respetar la
dignidad del estudiante. La Corte Constitucional insiste en que toda comunidad requiere de un mínimo de
orden y del imperio de la autoridad para que pueda subsistir en ella una civilizada convivencia, evitando el
caos que podría generarse si cada individuo, sin atender reglas ni preceptos, hiciera su absoluta voluntad, aun
en contravía de los intereses comunes, en un mal entendido concepto del derecho al libre desarrollo de la
personalidad.”.
(Sentencia 037 de 1995) "La disciplina, que es indispensable en toda organización social para asegurar el
logro de sus fines dentro de un orden mínimo, resulta inherente a la educación, en cuanto hace parte
insustituible de la formación del individuo. Pretender que, por una errónea concepción del derecho al libre
desarrollo de la personalidad, las instituciones educativas renuncien a exigir de sus alumnos comportamientos
acordes con un régimen disciplinario al que están obligados desde su ingreso, equivale a contrariar los
objetivos propios de la función formativa que cumple la educación".
Concurrencia de los Padres de Familia.
(Sentencia T-366 de 1997) “El proceso educativo exige no solamente el cabal y constante ejercicio de la
función docente y formativa por parte del establecimiento, sino la colaboración del propio alumno y el
concurso de sus padres o acudientes. Estos tienen la obligación, prevista en el artículo 67 de la Constitución,
de concurrir a la formación moral, intelectual y física del menor y del adolescente, pues "el Estado, la sociedad
y la familia son responsables de la educación".
No contribuye el padre de familia a la formación de la personalidad ni a la estructuración del carácter de su
hijo cuando, so pretexto de una mal entendida protección paterna -que en realidad significa cohonestar sus
faltas-, obstruye la labor que adelantan los educadores cuando lo corrigen, menos todavía si ello se refleja en
una actitud agresiva e irrespetuosa.”
MANUAL DE CONVIVENCIA
“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
Formación Integral del Educando.
(Sentencia T-386 de 1994) “El comportamiento del estudiante en su claustro de estudios, en su hogar y en la
sociedad, es algo que obviamente resulta trascendente y vital para los intereses educativos del
establecimiento de enseñanza, porque es necesario mantener una interacción enriquecedora y necesaria
entre el medio educativo y el ámbito del mundo exterior, lo cual se infiere de la voluntad Constitucional cuando
se establece a modo de principio que "el estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación".
Nadie puede negar que las actividades que el estudiante cumple dentro y fuera de su centro de estudios,
influyen definitivamente en el desarrollo de su personalidad, en cuanto contribuyen a su formación educativa,
a saciar sus necesidades físicas, psíquicas e intelectuales, y a lograr su desarrollo moral, espiritual, social
afectivo, ético y cívico, como es la filosofía que inspira la ley general de educación (Ley 115/94, artículo 5o.).
No obstante lo anterior, a juicio de la Corte los reglamentos de las instituciones educativas no pueden entrar a
regular aspectos que de alguna manera puedan afectar los derechos constitucionales fundamentales de los
educandos, pues si ello está vedado a la ley con mayor razón a los reglamentos de la naturaleza indicada. En
tal virtud, dichos reglamentos no pueden regular aspectos o conductas del estudiante ajenas al centro
educativo que puedan afectar su libertad, su autonomía o su intimidad o cualquier otro derecho, salvo en el
evento de que la conducta externa del estudiante tenga alguna proyección o injerencia grave, que directa o
indirectamente afecte la institución educativa.”
Debido Proceso
(Sentencia T-1233 de 2003) “En diversas oportunidades, esta Corporación ha señalado que la garantía
constitucional al debido proceso (artículo 29 Superior) tiene aplicación en los procesos disciplinarios
adelantados por los centros educativos de naturaleza pública y privada. En virtud de ello, la imposición de una
sanción disciplinaria debe estar precedida del agotamiento de un procedimiento justo y adecuado, en el cual el
implicado haya podido participar, presentar su defensa y controvertir las pruebas presentadas en su contra.”
(Ley 599 de 2000) “ARTICULO 25. ACCION Y OMISION. La conducta punible puede ser realizada por acción
o por omisión. Quien tuviere el deber jurídico de impedir un resultado perteneciente a una descripción típica y
no lo llevare a cabo, estando en posibilidad de hacerlo, quedará sujeto a la pena contemplada en la respectiva
norma penal. A tal efecto, se requiere que el agente tenga a su cargo la protección en concreto del bien
jurídico protegido, o que se le haya encomendado como garante la vigilancia de una determinada fuente de
riesgo, conforme a la Constitución o a la ley.
Son constitutivas de posiciones de garantía las siguientes situaciones:
1. Cuando se asuma voluntariamente la protección real de una persona o de una fuente de riesgo, dentro del
propio ámbito de dominio.
2. Cuando exista una estrecha comunidad de vida entre personas.
3. Cuando se emprenda la realización de una actividad riesgosa por varias personas.
4. Cuando se haya creado precedentemente una situación antijurídica de riesgo próximo para el bien jurídico
correspondiente.
PARAGRAFO. Los numerales 1, 2, 3 y 4 sólo se tendrán en cuenta en relación con las conductas punibles
delictuales que atenten contra la vida e integridad personal, la libertad individual, y la libertad y formación
sexuales.”
MANUAL DE CONVIVENCIA
“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
Sentencia SU641/98
EDUCACION-Alcance/EDUCACION-Valores y usos sociales
En términos de la Constitución de 1991, la educación es una actividad
formativa, no autoritaria, que requiere de alumnos activos, creativos y
participantes en lugar de pasivos, repetidores y sumisos. La educación no
es mera instrucción, es socialización secundaria destinada a
complementar la que de manera primaria recibe el niño en el seno de la
familia, con el fin de que pueda cumplir con su papel en la vida de
relación; esta formación en los valores y los usos sociales debe estar
orientada a preparar a los futuros ciudadanos para "participar en la vida
política, cívica y comunitaria del país" acatando la Constitución y las
leyes. La tolerancia y el respeto por los sistemas de valores distintos
deben presidir toda la enseñanza y el aprendizaje de los valores en un
país que optó por el desarrollo de una nación pluricultural, en la que ya
no hay un solo modelo de virtud al servicio del intento de unificar el
comportamiento de todos en la vida de relación. La educación en los
valores y usos sociales debe empezar por la organización de la
comunidad educativa conformada por las personas vinculadas a cada
plantel, como una institución en la que cotidianamente se realiza el deber
ser social consagrado en la Carta Política; esta es la base normativa
universal sobre la cual las escuelas y colegios pueden buscar
legítimamente diferenciar su labor educativa de la de los demás.
EDUCACION-Papel del educador
El papel del educador en la instrucción -parte integrante de la educación,
pero no su totalidad-, se entiende como el de un guía ilustrado y
respetuoso que abre a sus alumnos las fuentes de información relevantes,
para que realicen las actividades didácticas diseñadas por él, propicia la
aprehensión y procesamiento de datos y conceptos en procura de los
objetivos académicos establecidos en el plan de estudios, y les acompaña
en la búsqueda y apropiación de ese conocimiento, para orientar la labor
de aprendizaje de cada uno de sus alumnos de acuerdo con sus aptitudes
y capacidades.
REGLAMENTO EDUCATIVO-No puede imponer patrones
estéticos excluyentes/MANUAL DE CONVIVENCIA-No puede
imponer patrones estéticos excluyentes/REGLAMENTO
MANUAL DE CONVIVENCIA
“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
ORACIÓN POR LA PAZ
¡Señor, haz de mí un instrumento de tu paz!
Que donde haya odio, siembre yo amor;
donde haya injuria, perdón;
donde haya duda, fe;
donde haya desesperación, esperanza;
donde haya oscuridad, luz;
donde haya tristeza alegría.
¡Oh, Divino Maestro!, concédeme que no busque
ser consolado sino consolar;
ser comprendido, sino comprender;
que no busque ser amado, sino amar.
Porque dando es como recibo;
perdonando, es como Tú me perdonas;
y muriendo en Ti, nazco para la vida eterna. Amén
Artículo 5: SÍMBOLOS INSTITUCIONALES
EL ESCUDO
SIGNIFICADO DEL ESCUDO:
El escudo de nuestra institución esta representando el ideal del estudiante como persona
íntegra y solidaria en el marco de la ciencia la cultura y el deporte. El libro representa la
adquisición de conocimientos ubicado en la parte amarilla relacionando la pureza del
saber critico y brillante en el individuo, el pebetero con los anillos olímpicos en el sector de
color rojo enmarcando la energía que tienen los educandos en las lides deportivas y
culturales, ya que son la templanza y fuerza institucional, encerrados en el marco donde
MANUAL DE CONVIVENCIA
“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
se inscriben el nombre de la institución y el marco exterior enarbola nuestro mayor ideario
EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE.
LOGO DE CALIDAD
INTERPRETACIÓN
Por la calidad debemos jugarnos todas las cartas posibles, por eso nuestra carta
principal para el proceso de mejoramiento continuo está representada en este logo:
La figura forma una persona con la mano levantada y dos piernas que forman dos
vistos buenos, que también indican calidad, el sol; representa la alegría y calidez
que prevalece en nuestra institución educativa, las puntas del sol; representan las
líneas estratégicas de desarrollo y el compromiso con los procesos de calidad, todo
el logo representa una medalla al mérito por la calidad educativa.
LA BANDERA
La bandera de nuestra institución está enmarcada dentro de los colores rojo en la
parte inferior y amarillo en la parte superior significando desde la base la necesidad
de poner la pujanza, la energía y la entereza en el conocimiento, en lo lúdico y en lo
deportivo, llegando a una excelente conceptualización del ser enmarcado en lo
transparente, brillante y digno de la pureza. El esfuerzo inicial se purificara con el
calor y la templanza para adquirir una mayor fundamentación en el ser integral que
refleja su brillantez en el diario vivir.
EL HIMNO INSTITUCIONAL
MANUAL DE CONVIVENCIA
“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
Jubilosos y alegres cantemos
Avancemos humildes y en paz
El saber es virtud que anhelamos
Siempre unidos en fraternidad
Bravo Márquez un prócer maestro
Trabajando en comunidad
Camino con tesón y confianza
A favor de un futuro de Paz
Orgullosos de ser estudiantes
Tengo espíritu ciencia y valor
El trabajo y la disciplina
Son la fuerza inspirada de Dios
La misión del servicio nos une
Liderando con fuerza y con fé
El sendero de los estudiantes
es la ciencia de nuestro deber.
La cultura, el deporte y la ciencia,
Mantendremos a vuestra merced
Y los frutos de ser educado
Por doquiera los promulgare
Jesús Sierra.
Artículo 6: PERFIL DEL ESTUDIANTE BRAVO MÁRQUEZ
El perfil de nuestro estudiante está inspirado principalmente en nuestra filosofía, es así,
como pretendemos un modelo de estudiante que haga del concepto de democracia un
sinónimo de respeto por la diferencia. Es decir, un modelo de estudiante que reconozca y
valore las potencialidades individuales de cada quién, que le haga honor a nuestro lema
“Educar para pensar libremente”
MANUAL DE CONVIVENCIA
“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
1. Un estudiante que sea capaz de descubrir el sentido de la vida, amarla, respetarla
y valorarla.
2. Deberá ser un Estudiante HUMANIZADO, capaz de respetarse, sensibilizarse,
sentirse, amarse, criticarse y pensarse.
3. Desarrollar el interés por el saber, las capacidades y habilidades para el
desenvolvimiento adecuado en su entorno cultural; para satisfacer sus necesidades,
valorar, juzgar, decidir y comprometerse en la búsqueda de conocimientos, nuevas
técnicas, avances científicos, con el objeto de participar en el avance de su realización
personal y el progreso social.
4. Formarse como PERSONA, capaz de tomar decisiones que lo enaltezcan,
luchando por ser cada día mejor, por reconocerse como ser irremplazable, donde su
actuar sea tan correcto que se convierta en ejemplo para toda la comunidad educativa.
5. Formarse como un INDIVIDUO que en la sociedad sea eje de cambios positivos
teniendo presente los diferentes niveles filosóficos que debe desarrollar para su excelente
desempeño integral y equilibrado.
6. Un estudiante que se sustente en la autonomía y en la responsabilidad donde se
genere una práctica de los valores en la sociedad.
7. Que se identifique con el Horizonte Institucional del Bravo Márquez, cuya Misión y
Visión es Cultural, Académica y Social.
8. Tener un conocimiento real del mundo en que vive, de aceptación de sí mismo y de
los demás, respetando en todo momento los derechos humanos.
9. Compartir con el otro por medio de una entrega generosa, abierto a la convivencia
fraterna en respeto, solidaridad y comunicación sincera.
10. Demostrar respeto y compromiso por la patria Colombiana, sus símbolos y de todo
credo religioso.
11. Un estudiante capaz de interactuar y proteger el medio ambiente y los recursos
naturales.
12. Integrar a su vida los siguientes valores institucionales:
Respetamos las diferencias de credo, raza, sexo e ideología como punto de partida para
una convivencia pacífica y productiva en la sociedad.
Construimos espacios desde la alegría y la iniciativa.
MANUAL DE CONVIVENCIA
“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
Fomentamos la espiritualidad para engrandecer nuestra comunidad educativa.
Inculcamos la responsabilidad para fortalecer el sentido de pertenencia
Actuamos desde la tolerancia y la escucha para lograr la formación de personas cada día
más consientes de su existencia y pertenencia a una comunidad.
Nos guiamos con principios de calidad para la participación proactiva que conduzcan a
la obtención de resultados sobresalientes al interior de la comunidad educativa y para
quienes trabajen conjuntamente con nosotros.
Nos gusta el trabajo con la gente comprometida y emprendedora, por ello propiciamos
un ambiente de trabajo agradable y propositivo que involucre a toda la comunidad
educativa.
Valoramos el medio ambiente que nos rodea y contribuimos para su conservación y
desarrollo como punto de partida para mejorar la calidad de vida.
Fomentamos el sentido crítico entre los miembros de la comunidad Educativa, a fin de
desarrollar su comprensión, adaptabilidad y capacidad de discernimiento sobre el medio
que les rodea e impactarlo de manera proactiva.
Incentivamos la creatividad y el liderazgo como medio potencializado del ser humano
para adaptarse al medio y para crear soluciones positivas en pos de una mejor calidad de
vida.
Practicamos la gratitud entre los miembros de la comunidad, para fortalecer las
relaciones personales, el agradecimiento y el perdón.
Practicamos el civismo para crecer como ciudadanos íntegros.
MANUAL DE CONVIVENCIA
“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
CAPÍTULO SEGUNDO
MARCO INSTITUCIONAL DEL MANUAL
Artículo 7.- Generalidades. El Manual de Convivencia como parte sustancial del
Proyecto Educativo Institucional –PEI- de la Institución educativa José María Bravo
Márquez, es un instrumento activo que contribuye a alcanzar los fines de la educación
colombiana y a desarrollar los principios y fundamentos que orientan la acción educativa
de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ.
Por tanto, el conjunto de criterios, normas, procedimientos e instrumentos dispuestos en
el Manual tienen igualmente obedecimiento a la misión, visión y objetivos institucionales;
así mismo lo tienen los enfoques y estrategias pedagógicas establecidas; la estructura y
la organización del currículo; los sistemas de vinculación, permanencia, evaluación y
promoción de educandos; la gobernabilidad y el ordenamiento administrativo, las formas
de relación de personas y grupos tanto de la institución educativa como de su entorno.
Cada uno de los aspectos contenidos en el PEI de la Institución, constituyen soporte para
la interpretación y aplicación del contenido del presente Manual. No obstante, aquí se
hará referencia a algunos aspectos que favorecen esta comprensión.
Artículo 8.- Aspectos Misionales. El P.E.I. de la Institución Educativa responde a los
lineamientos establecidos para la formulación de Proyectos Educativos Institucionales
según la Ley General de Educación en su Artículo 73.
VISIÓN
Somos una institución educativa líder en la formación humana y científica, con proyección
futurista en el desarrollo de competencias y dimensiones, que transforman el entorno
social y productivo de nuestro medio local, regional y nacional, utilizando la Investigación
y Tecnología como herramientas forjadoras de ciudadanos capaces de ser autónomos.
MISIÓN
Formar seres integrales, activos y participativos, con capacidad emprendedora, que
buscan la excelencia en sus actuaciones de la vida diaria, dentro de los parámetros del
respeto, la justicia, el orden, la responsabilidad y el trabajo, que se reflejan en el hogar, el
colegio y la comunidad.
 Símbolos del colegio, bandera, escudo, himno.
 Cada establecimiento describirá sus símbolos que lo identifican teniendo en cuenta
historia de los mismos, autores, y el mensaje que cada uno lleva dentro de la filosofía
y políticas de la institución.
MANUAL DE CONVIVENCIA
“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
*La habilidad y la competencia son metas que se alcanzarán a partir de procesos
inmersos dentro de las siguientes categorías:
Conocimiento: Es la comprensión de un saber a partir de su lógica interna.
Capacidad: Es la relación del conocimiento con la realidad en un contexto específico que
permite ampliar el campo cognoscitivo, socio-afectivo y expresivo.
Habilidad: Es la destreza que se evidencia cuando se usa la capacidad para transformar
la realidad.
Competencia: Se manifiesta cuando se seleccionan conocimientos, capacidades y
habilidades que se conjugan con actitudes y valores personales para comprender y
transformar realidades complejas. (Tomado de: Mateo Joan y Martínez. Más allá de la
medición y la evaluación educativa. Madrid: Ed. La Muralla. 2006).
Valores
Honestidad. Coherencia entre el pensar, sentir y actuar, acorde con el marco de la ética,
los principios institucionales y la normatividad constitucional vigente.
Responsabilidad. Cumplir de manera autónoma y con sentido, los compromisos
adquiridos dentro de un contexto, asumiendo las consecuencias de sus actos.
Respeto. Reconocimiento y valoración del individuo, de los otros y del entorno social y
natural. Involucra los derechos y deberes que orientan las acciones de cada una de las
personas integrantes de la comunidad educativa, estableciendo un ambiente armonioso
para la convivencia y el desarrollo personal.
Solidaridad. Sensibilidad y reconocimiento de la necesidad del otro, construyendo
estrategias e implementando acciones que posibiliten el bienestar comunitario, dentro del
marco de justicia social.
Autorregulación. Interiorización y cumplimiento de la norma a partir de la disciplina del
individuo, en procura de la consecución de metas personales y como aporte a la
organización social.
Artículo 9.- Gobernabilidad. De conformidad con la Ley General de Educación y su
Decreto Reglamentario 1860 de 1994, el Proyecto Educativo Institucional de la
INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ, estableció la estructura,
organización y funcionamiento de su Gobierno Escolar, fundamento de la participación
democrática de todos los estamentos de la comunidad educativa y eje de la seguridad
administrativa y pedagógica de la institución.
El Gobierno Escolar está constituido por los siguientes órganos:
1. Rectoría. Es la representante de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ ante las
autoridades educativas, a quien le corresponde ejecutar las decisiones del Gobierno
Escolar y direccionar la ejecución del PEI, entre otras responsabilidades. Las funciones
específicas se encuentran determinadas en el Proyecto Educativo Institucional.
2. Consejo Directivo. Es la instancia directiva y de participación de la comunidad
educativa y de orientación académica y administrativa de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO
MÁRQUEZ. Ejerce una función consultiva en la toma de decisiones. Está conformado por:
a. La Rectora, quien lo preside.
b. Los coordinadores de la institución educativa
c. Representantes del Departamento de Psicología
d. Un Representante de los docentes de Preescolar y del Ciclo de Educación Básica
Primaria.
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“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
e. Un Representante de los docentes del Ciclo de Educación Básica Secundaria y del
Nivel de Educación Media.
f. Dos representantes de los padres de familia, de conformidad con lo regulado en el
Decreto 1286 de 2005.
g. El Representante de los estudiantes y el (la) Personero(a) de los estudiantes.
h. Un Representante de los ex alumnos.
i. Un representante del sector productivo de la zona de influencia que patrocina la I.E.
JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ.
j. Un representante de los estudiantes del Bachillerato por Ciclos.
Los procedimientos de elección de los distintos integrantes del Consejo Directivo y las
funciones que éste cumple, se encuentran establecidos en el Proyecto Educativo
Institucional.
3. Consejo Académico. Es la instancia superior para participar en la orientación
pedagógica de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ y opera como órgano consultor
del Consejo Directivo en los procesos de revisión del Proyecto Educativo Institucional.
Este Comité está integrado por:
a. La Rectora, quien lo preside.
b. Los Coordinadores de la institución educativa.
c. El Jefe de cada una de las áreas definidas en el Plan de Estudios de la I.E. JOSÉ
MARÍA BRAVO MÁRQUEZ.
e. Docentes de las áreas del currículo, según el tema a tratar.
Las funciones del Consejo Académico se encuentran establecidas en el Proyecto
Educativo Institucional.
Artículo 10.- Instancias de Apoyo del Gobierno Escolar. La INSTITUCIÓN
EDUCATIVA considera necesario que dentro de su organización administrativa y de
gestión estratégica, existan instancias de apoyo a los órganos del Gobierno Escolar, para
el cabal desarrollo del Proyecto Educativo Institucional y la idónea y efectiva ejecución de
los procedimientos determinados en el Manual de Convivencia.
Estas instancias son las siguientes:
1. Coordinación o Prefectura de convivencia, cuya función principal es la de garantizar
el cumplimiento del Reglamento o Manual de Convivencia. La rectoría será la responsable
de integrarla y definir las funciones, a través de resolución interna.
2. Directores de grupo, son colaboradores directos de la rectoría, cuya función principal
es la de orientar y optimizar tanto los procesos pedagógicos como los de aprendizaje de
los estudiantes.
PARÁGRAFO: Estas dos instancias, cuando fuere el caso, concertarán el cumplimiento
de sus responsabilidades, en aras de tomar las decisiones conducentes para el cabal
cumplimiento de los objetivos disciplinarios y académicos.
3. Dirección o jefes de Áreas: Facilita la interacción e integración entre las diferentes
áreas y establece los lineamientos académicos generales de los procesos formativos en
concordancia con el PEI.
4. Comisiones de Convivencia y Concertación: Orienta de manera integral a los
estudiantes en su dimensión socio afectiva y en la consolidación de estrategias que
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“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
aporten a la construcción de un proyecto de vida armonioso. La rectoría será la
responsable de integrarlo y definir las funciones, a través de resolución interna. Las
Comisiones de Convivencia y Concertación, C.C.C., son las encargada de estudiar y
analizar los comportamientos de los estudiantes que infrinjan las normas contenidas en el
presente Manual y que sean susceptibles de ser tipificados como faltas de especial
gravedad. . (Ver Art. 28 del Capítulo VI).
Igualmente deberán ser invitados a las reuniones de las Comisiones de Convivencia y
Concertación, los docentes directamente relacionados con los casos a tratar.
El reglamento interno de organización y funcionamiento de Comisiones de Convivencia y
Concertación es elaborado por la propia Comisión y aprobado por la Rectoría.
5. Comité de Mediación de Conflictos: Tiene como finalidad promover la mediación y
solución de las situaciones que se presenten cotidianamente en el desarrollo de la
convivencia de los estudiantes y profesores, con el fin de garantizar un ambiente escolar
respetuoso, tolerante, que permita en forma armoniosa el goce de los derechos y
libertades de los niños(as) y adolescentes.
De las decisiones y recomendaciones establecidas en el Comité de Mediación de
Conflictos C.M.C, se levantará un acta en la que se indiquen con claridad las
sugerencias y compromisos a seguir por cada una de las partes del conflicto, que tendrán
un seguimiento de los miembros del Comité C.M.C. (Ver Art. 28 del Capítulo VI).
El Comité será constituido por la Rectoría, mediante resolución interna, la que además
aprobará la reglamentación que determine esta instancia. La asistencia a las reuniones es
obligatoria.
Los mediadores realizarán sus funciones durante la jornada escolar y asistirán a las
diferentes reuniones, según se los convoque por parte de los estudiantes que deseen
solucionar sus conflictos en otras instancias.
6. Consejo de Profesores:
El Consejo de Profesores sesiona ocasionalmente. Funciona de acuerdo con un
quórum legal establecido por Reglamento para que sus decisiones sean válidas. El
Consejo sesionará en el Colegio, pero puede sesionar en otro lugar, si los miembros
del Consejo lo aprobaren.
Los Acuerdos tienen prioridad y se emitirán al directivo Rector para que avale el
procedimiento a seguir. Si está dictada con respeto a la Constitución y sus leyes.
Las facultades de la Dirección son limitadas, es decir no pueden estar en contra
de la Constitución y sus leyes, de las que el jefe inmediato es depositario, nunca su
dueño.
Las mociones: a) comunes serán presentadas sobre asuntos que se estén
tratando, pueden ser debatidas en pro o en contra y votadas para su aprobación o
rechazo, según mayoría especifica. b) de orden, llaman al orden, alteran el orden de
agenda; dan por terminada una discusión y ordenan la votación, etc., pueden ser
debatidas mediante cuatro participaciones, dos a favor y dos en contra, luego se
someten a votación. Aprobadas se ejecutan. c) especialísimas, presentadas por un
docente para que se conozca su situación especial.
MANUAL DE CONVIVENCIA
“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
El Asistente de Dirección toma el acta con lo razonable de cada sesión y la
custodia. El Acta anterior se lee al inicio de sesión para su aprobación, luego se
aprueba la Agenda.
El Consejo de profesores no es una camisa de fuerza, es una instancia de
deliberación donde se nutre la democracia y el estado de derecho del estudiante, que
en asocio con su acudiente formalizara acuerdos, para el mejoramiento académico y
disciplinario. Las decisiones y acuerdos aquí aprobados serán de obligatorio
cumplimiento entre las partes y se realizara seguimiento y constantemente se
informara por parte del director de grupo a su acudiente sobre los alcances favorables
o desfavorables.
De estos acuerdos y sus procesos tomara curso con el Manual de Convivencia
para posterior Correctivo, de acuerdo a sus normas.
7. Comité de Admisiones: Este Comité cumplirá funciones relativas al diseño de los
requisitos y procedimientos para el ingreso de los estudiantes que aspiran a ser
matriculados. Este Comité está conformado por:
a. La Rectora del I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ, quien lo preside.
b. La Secretaria Académica.
c. La Coordinación de Disciplina y Convivencia
El reglamento interno de organización y funcionamiento del Comité de Admisiones es
elaborado por el propio Comité y aprobado por la Rectoría.
8. Equipo de Acreditación: Este grupo es el vínculo entre la comunidad y los procesos
de mejora permanente y conquista de la calidad con los cuales está comprometida la
institución. Está conformado por los directivos, docentes, funcionarios y estudiantes de
diferentes cursos elegidos por la Rectoría, grupo de trabajo que es asesorado y asistido
por una organización internacional experta en procesos de acreditación.
9. Comisión de Evaluación y Promoción: Sus funciones y responsabilidades se
presentarán en el Capítulo de Evaluación y Promoción de los estudiantes, por tratarse de
una exigencia normativa.
10. Consejo Estudiantil: ver Proyecto Educativo Institucional
Artículo 11.- Responsabilidades Especiales de la Institución Educativa.
Como institución líder en el campo de la educación y en acatamiento a las normas que
regulan la prestación del servicio educativo y las conductas sociales e institucionales
frente a la población infantil y juvenil de Colombia, incorpora al presente Manual de
Convivencia las obligaciones especiales exigidas a las instituciones educativas por el
artículo 42 del Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 de 2006),además,
elementos de ley sobre reformas al código de infancia y adolescencia ( ley 1453 del 2011) ley 1453 de
2011 y que desarrolla en los apartes específicos de este Manual. Estas obligaciones son:
1. Facilitar el acceso de los niños, niñas y adolescentes al sistema educativo y garantizar
su permanencia.
2. Brindar una educación pertinente y de calidad.
3. Respetar en toda circunstancia la dignidad de los miembros de la comunidad educativa.
4. Facilitar la participación de los estudiantes en la gestión académica del centro
educativo.
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“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
5. Abrir espacios de comunicación con los padres de familia para el seguimiento del
proceso educativo y propiciar la democracia en las relaciones dentro de la comunidad
educativa.
6. Organizar programas de nivelación de los niños y niñas que presenten dificultades de
aprendizaje o estén retrasados en el ciclo escolar y establecer programas de orientación
psicopedagógica y psicológica.
7. Respetar, permitir y fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas culturas
nacionales y extranjeras y organizar actividades culturales extracurriculares con la
comunidad educativa para tal fin.
8. Estimular las manifestaciones e inclinaciones culturales de los niños, niñas y
adolescentes, y promover su producción artística, científica y tecnológica.
9. Garantizar la utilización de los medios tecnológicos de acceso y difusión de la cultura y
dotar al establecimiento de una biblioteca adecuada.
10. Organizar actividades conducentes al conocimiento, respeto y conservación del
patrimonio ambiental, cultural, arquitectónico y arqueológico nacional.
11. Fomentar el estudio de idiomas nacionales y extranjeros y de lenguajes especiales.
12. Evitar cualquier conducta discriminatoria por razones de sexo, etnia, credo, condición
socioeconómica o cualquier otra que afecte el ejercicio de sus derechos.
De igual manera, los directivos, docentes y comunidad educativa en general asumen las
obligaciones complementarias indicadas en el artículo 44 del Código de la Infancia y la
Adolescencia de los establecimientos académicos y la comunidad educativa, en
coordinación y según los casos, con la participación de organismos estatales que
coadyuvan en el cumplimiento de estas responsabilidades. Estas responsabilidades se
refieren a:
1. Comprobar la inscripción del registro civil de nacimiento.
2. Establecer la detección oportuna y el apoyo y la orientación en casos de malnutrición,
maltrato, abandono, abuso sexual, violencia intrafamiliar, y explotación económica y
laboral, las formas contemporáneas de servidumbre y esclavitud, incluidas las peores
formas de trabajo infantil.
3. Comprobar la afiliación de los estudiantes a un régimen de salud.
4. Garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida,
integridad física y moral dentro de la convivencia escolar.
5. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato,
agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás
compañeros o profesores.
6. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo,
correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos
de burla, desprecio y humillación hacia los niños, niñas y adolescentes con dificultades de
aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños o adolescentes con capacidades sobresalientes
o especiales, así como de prevención hacia todas aquellas conductas tipificadas en este
manual como faltas de especial gravedad.
7. Prevenir el tráfico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas que producen
dependencia dentro de las instalaciones educativas y solicitar a las autoridades
competentes acciones efectivas contra el tráfico, venta y consumo alrededor de las
instalaciones educativas.
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“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
8. Coordinar los apoyos pedagógicos, terapéuticos y tecnológicos necesarios para el
acceso y la integración educativa del niño, niña o adolescente con discapacidad.
9. Reportar a las autoridades competentes, las situaciones de abuso, maltrato o peores
formas de trabajo infantil detectadas en niños, niñas y adolescentes.
10. Orientar a la comunidad educativa para la formación en la salud sexual y reproductiva
y la vida en pareja.
CAPÍTULO TERCERO
DERECHOS Y DEBERES DE LOS EDUCANDOS
Artículo 12.- Fundamento. El Manual de Convivencia de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO
MÁRQUEZ asume para todos sus efectos, los derechos y deberes que establecen para
todos los colombianos, la Constitución Política de Colombia y las distintas normas que la
implementan. De modo particular, para los educandos matriculados en la I.E. JOSÉ
MARÍA BRAVO MÁRQUEZ , incorpora a este Manual los derechos y deberes
consagrados en las leyes y reglamentos que regulan la prestación del servicio educativo y
los consagrados en las normas relativas a garantizar a los niños, niñas, adolescentes y
jóvenes, su pleno y armonioso desarrollo integral.
MANUAL DE CONVIVENCIA
“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
Artículo 13.- Derechos de los Educandos. Los educandos de la I.E. JOSÉ MARÍA
BRAVO MÁRQUEZ son titulares de los derechos definidos en el Código de Infancia y
Adolescencia (Ley 1098 de 2006), en el Título I, Capítulo II y de los derivados de la
aplicación de la Ley de la Juventud (Ley 375 de 1997), en tanto que les sea aplicable. De
manera específica, los educandos de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ tienen los
siguientes derechos como estudiantes matriculados:
1. Recibir los procesos y actividades diseñadas en el currículo de la I.E. JOSÉ MARÍA
BRAVO MÁRQUEZ para el desarrollo de sus competencias afectivas, intelectuales,
físicas, ciudadanas y sociales que propendan por su formación integral, y que permitan un
desarrollo equilibrado y armónico de sus habilidades sociales, éticas, como estrategias
en la consolidación de unas sanas relaciones y una convivencia pacífica.
2. Participar en la construcción y modificación del Proyecto Educativo Institucional,
incluyendo el Manual de Convivencia, de conformidad con los procedimientos e
instrumentos determinados para tal fin.
3. Conocer oportunamente los criterios y reglas de evaluación y promoción académica,
así como los resultados de las decisiones académicas, pedagógicas, disciplinarias y
administrativas, adoptadas como consecuencia de su aplicación.
4. Recibir asesoría pedagógica y académica en cada una de las áreas, asignaturas y
proyectos pedagógicos por parte del personal docente de la Institución Educativa
5. Participar en las actividades pedagógicas, sociales, culturales y recreativas en los
espacios y tiempos ofrecidos por la Institución.
6. Recibir un trato cordial, respetuoso y digno de todos los miembros de la Comunidad
Educativa, poder expresar libremente sus ideas, con el respeto que se merecen las
diferentes instancias y utilizar las formas y medios de participación establecidos por la
institución.
7. Recibir orientación escolar y psicológica cuando sea solicitada personalmente o a
través de los padres o acudientes, o cuando sea remitido por un profesor o directivo
docente de la Institución Educativa. En caso de requerir un proceso de terapia individual,
o especial, a ser remitido al profesional o institución pertinente.
8. Elegir y ser elegido en los órganos e instancias de la institución en donde los
educandos tengan representación, sin más restricciones que las determinadas en los
respectivos reglamentos.
9. Preservar su intimidad personal y familiar.
10. Desarrollar sus intereses, inclinaciones y habilidades intelectuales, artísticas,
deportivas y culturales, entre otras, en el marco de las definiciones establecidas en el
currículo.
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“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
11. Conocer oportunamente las programaciones académicas de la I.E. JOSÉ MARÍA
BRAVO MÁRQUEZ.
12. Utilizar los servicios ofrecidos por la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ como son
la biblioteca, cafetería, teatro, orquesta, danzas entre otros, de conformidad con los
respectivos reglamentos.
13. Recibir la atención de salud que ofrece la institución en caso de un accidente o lesión
física.
14. Ejercer de los recursos procedentes, reposición y apelación, contra las decisiones por
las cuales resulte afectado.
EN EL ASPECTO FORMATIVO:
15. Recibir, conocer, aceptar y cumplir el Manual de Convivencia de la institución, una vez
aprobado en el Consejo Directivo.
16. Ser respetado como persona por toda la comunidad educativa (padres de familia,
directivos, profesores, compañeros, empleados de administración y de servicios
generales).
17. Ser educado en los principios y valores definidos para la comunidad educativa.
18. Disponer de oportunidades para su desarrollo físico, mental, espiritual y social.
19. Acudir al conducto regular para proponer y/o resolver sus inquietudes y contar con el
debido proceso. (Ver capítulo VIII del presente manual)
20. Participar activamente en su proceso educativo: académico, cultural, social, religioso
y/o deportivo.
21. Ser escuchado, elegir, mediar y decidir ante diferentes situaciones de la vida escolar,
en que proceda participar.
22. Conocer y emplear los servicios prestados por el personal docente, directivo-docente
y administrativo, dentro del horario establecido para la jornada escolar.
23. Recibir y utilizar oportunamente y dentro de la jornada escolar, los servicios de
bienestar estudiantil de que dispone la Institución.( ver Capitulo XI SOBRE Bienestar
estudiantil)
24. Ser atendido debidamente por parte del personal docente, directivo-docente y
administrativo.
2.11. Promover y participar en campañas institucionales que propicien el bienestar y la
superación estudiantil.
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25. Ser auxiliado en caso de enfermedad, disponer del tiempo de incapacidad para su
recuperación y obtener permiso para atender calamidad doméstica grave.
26. Recibir oportunamente el carné estudiantil.
27. Proyectar su imagen personal y social como miembro de la Institución.
28. Utilizar el conducto regular establecido en el Manual, con respeto y cortesía.
29. Recibir las clases, servicio de tienda escolar y demás servicios, en condiciones de
higiene, salubridad y seguridad que garanticen al máximo la preservación de su
integridad.
30. Disfrutar del descanso, de la recreación razonable y del período de vacaciones.
31. Disfrutar de los diferentes espacios escolares.
32. Ser respetado en sus bienes y pertenencias.
33. Ser respetado en sus ideas y creencias, siempre y cuando su expresión, no atente
contra el conjunto de principios y valores que orientan al plantel y que se declaran
asumidos con el hecho de la matrícula.
34. Presentar solicitudes o reclamos respetuosos cada vez que se considere afectado en
el ejercicio de sus derechos y obtener respuesta formal a los mismos.
35. Agotados los conductos regulares de apelación y reposición, acudir formal y
razonadamente ante el Consejo Directivo del Plantel.
36. Ser guiado en su proceso formativo por docentes que cumplan a cabalidad con sus
deberes profesionales, la filosofía de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ y los
principios y valores planteados en el “Proyecto Educativo Institucional”.
37. Acudir a Trabajo Social, Pastoral y/o Psicología en busca de la orientación necesaria
para su crecimiento integral, teniendo en consideración que estos servicios son de
naturaleza escolar y que el estudiante y su núcleo familiar pueden ser remitidos a
profesionales externos en caso de requerir atención personalizada.
EN EL ASPECTO ACADÉMICO:
38. Recibir el acompañamiento y las orientaciones encaminadas al desarrollo de sus
capacidades físicas, de análisis y demás habilidades intelectuales y a ser personas
críticas, propositivas y pro activas.
39. Ser formados de acuerdo con las normas, planes, programas y proyectos
institucionales, acordes con los del Ministerio de Educación Nacional.
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40. Conocer los programas y objetivos para cada asignatura, así como propósitos y las
acciones reflexivas para la evaluación de su rendimiento escolar.
41. Ser informados por parte de los profesores, sobre los resultados de las evaluaciones,
antes de ser registrados definitivamente.
42. Conocer las anotaciones que sobre su desempeño se consignen en el Reporte de
Evaluación y en caso de desacuerdo, pronunciarse razonablemente y por escrito sobre
las mismas.
43. Permanecer en las actividades programadas según horario, de acuerdo con las
indicaciones impartidas por los profesores o el personal de apoyo del plantel, siempre que
se acaten las normas de comportamiento y respeto hacia la actividad, y se observe la
presentación personal requerida según este Manual.
44. Recibir de la Institución Educativa comunicaciones e informes oportunos.
45. Disponer de los útiles necesarios para su proceso de desarrollo.
46. Ser asesorado por los docentes en la ejecución de las actividades curriculares dentro
de la jornada escolar.
47. Recibir educación integral conforme a los principios, objetivos, perfil del estudiante, y
en general el Proyecto Educativo Institucional.
48. Solicitar a los profesores las orientaciones necesarias para superar las dificultades
derivadas de cada una de las asignaturas.
49. Contar con una distribución adecuada y graduada de trabajos, tareas, talleres y
evaluaciones.
50. En caso de ausencia presentar excusa válida a la Coordinación de Convivencia y a
Coordinación Académica por uno, dos, tres o más días, con la debida autorización,
acordar con los docentes las fechas para cumplir con tareas, talleres, evaluaciones y
trabajos dejados de presentar. Las excusas deben ser presentadas antes de las 24 horas
siguientes a la ausencia, con los soportes correspondientes. De igual forma, el estudiante
debe presentar al docente(s) el formato de excusa autorizado por Rectoría, en un plazo
que no exceda los 3 días; de lo contrario se perderá el derecho a las consideraciones
académicas correspondientes.
51. Solicitar que se le respeten los resultados académicos ya obtenidos, sin que se le
afecten por faltas a este Manual.
52. Conocer previamente las formas de evaluación para cada una de las actividades y
propósitos establecidos.
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“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
53. Ser evaluado integralmente de acuerdo con los criterios establecidos por la legislación
vigente y la normatividad interna de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ.
54. En caso de error en el boletín académico, presentar reclamación razonada por escrito
ante la Coordinación Académica y ser atendido en forma oportuna.
55. Tener acceso a actividades complementarias que permitan alcanzar los propósitos
pendientes, en las fechas asignadas para tal fin.
EN EL ASPECTO PARTICIPATIVO
56. Elegir y/o ser elegido como representante de los estudiantes ante el gobierno escolar,
asumiendo con responsabilidad su liderazgo de acuerdo con lo establecido en el PEI,
siempre y cuando se cumpla con las normas de comportamiento de este Manual y con los
requisitos definidos por el Comité o Consejo Electoral.
57. Participar en el proceso de construcción del PEI, en su aprobación, adopción,
evaluación y revisión, a través de sus representantes y en las oportunidades señaladas
para tal fin.
58. Presentar a través del personero estudiantil, planes y proyectos que tiendan a formar
a los estudiantes en temas relacionados con sus derechos y deberes.
59. Representar a la institución Educativa en los eventos para los cuales sea elegido
considerando su buen desempeño académico y disciplinario.
60. Participar activamente en los eventos que se adelanten para proyectos institucionales,
y manifestar sus inquietudes, observaciones o iniciativas frente a los mismos.
Artículo 14.- Deberes de los Educandos. Además de los deberes que se desprenden
de la aplicación de las normas relativas a la prestación del servicio educativo, son deberes
específicos de los educandos de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ los siguientes:
1. Cooperar en el cumplimiento de la misión, los objetivos y las estrategias establecidos
en el Proyecto Educativo Institucional, mostrando una actitud de pertenencia e
identificación con la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ.
2. Cumplir con diligencia y acatamiento las obligaciones académicas derivadas de la
ejecución del plan de estudios adoptado por la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ,
respondiendo con oportunidad y calidad con los requerimientos académicos y
disciplinarios, absteniéndose de realizar cualquier acto que cauce la suspensión o
perturbación del servicio educativo ofrecido por la institución.
3. Asistir a las actividades académicas con los libros y elementos escolares exigidos en el
momento de la matrícula y los requeridos en el pacto de aula de acuerdo con el docente
de cada asignatura.
MANUAL DE CONVIVENCIA
“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
4. Cumplir rigurosamente con los horarios y las programaciones académicas,
pedagógicas y culturales establecidas en la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ.
5. Participar activamente en su propia formación integral, aprovechando todos los
espacios pedagógicos y los establecidos por las distintas instancias como parte del
Proyecto Educativo Institucional, asumiendo compromisos permanentes de aprendizaje
individual y colectivo.
6. Actuar con respeto, rectitud y tolerancia frente a sus compañeros, profesores, directivos
y demás personal de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ, garantizando el derecho
de los demás, sin ningún tipo de discriminación, ni asumiendo conductas que violen dicho
derecho.
7. Mantener el buen nombre del I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ en el entorno
familiar y social, actuando con respeto, urbanidad, civismo y buenas costumbres.
8. Garantizar su propio bienestar y el de los demás, practicando buenos modales, normas
de cortesía y hábitos de higiene personal y aseo, y evitando cualquier elemento que
interfiera en su desarrollo afectivo, físico e intelectual o afecte y desestabilice a otros
miembros de la comunidad educativa.
9. Proponer iniciativas que mejoren la prestación del servicio educativo y el bienestar de la
comunidad educativa de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ, a través de los
conductos definidos por la Institución.
10. Conocer y cumplir los reglamentos adoptados por la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO
MÁRQUEZ y las decisiones tomadas por profesores y directivos, en el marco de los
mismos.
11. Informar oportunamente a profesores y directivos de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO
MÁRQUEZ sobre hechos que perjudican la convivencia institucional o colocan en grave
riesgo el buen funcionamiento de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ.
12. Acatar y poner en práctica los mecanismos establecidos para la participación de la
comunidad educativa.
13. Utilizar adecuadamente los bienes, servicios y recursos dispuestos por la I.E. JOSÉ
MARÍA BRAVO MÁRQUEZ para la prestación del servicio educativo y velar por su
cuidado y conservación. En cumplimiento de este deber y con ayuda de la gestión que
corresponde a los veedores estudiantiles de cada grado, asumirá solidariamente la
responsabilidad por los daños y desperfectos ocasionados a dichos bienes y recursos.
14. Ser interlocutor permanente y responsable entre docentes y directivos de la I.E. JOSÉ
MARÍA BRAVO MÁRQUEZ con los padres de familia o acudientes.
15. Cumplir con los compromisos académicos, disciplinarios, actitudinales y terapéuticos
adquiridos con la Institución.
MANUAL DE CONVIVENCIA
“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
16. Cumplir con las normas de presentación personal definidas por la institución.
17. Participar en las actividades extra curriculares institucionales.
18. Conocer y asumir el Manual de Convivencia de la Institución.
19. Tratar a todas las personas (directivos, profesores, compañeros, empleados
administrativos y de servicios generales, padres de familia, visitantes del I.E. JOSÉ
MARÍA BRAVO MÁRQUEZ) con la debida consideración, respeto y cortesía.
20. Reconocer y respetar en los demás los derechos que se pretenden para sí mismo.
21. No abusar de los propios derechos.
22. Utilizar en todo momento un lenguaje respetuoso dentro y fuera del plantel,
manteniendo la buena imagen y haciendo honor al nombre de la INSTITUCIÓN
EDUCATIVA JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ.
23. Respetar la INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ, su
nombre, símbolos, principios y objetivos, esforzándose siempre por alcanzar el perfil
establecido.
24. Cumplir rigurosamente con el calendario académico establecido por la INSTITUCIÓN
EDUCATIVA JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ, evitando inasistencias injustificadas.
25. Promover la vivencia de la cultura de la paz en cada uno de los miembros de la
comunidad para respetar, apoyar y orientar a todos sin distingo de raza, condición, credo,
nacionalidad, ideología y conocimiento.
26. Respetar la intimidad de cada uno de los miembros de la comunidad educativa.
27. Ofrecer explicaciones ante las diferencias o dificultades significativas.
EN EL ASPECTO DE CONVIVENCIA:
Para el bienestar de la Comunidad Educativa y el alcance del perfil del estudiante de la
INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ se hace necesario el
establecimiento de normas de convivencia armónica que deben ser conocidas y
comprendidas por cada uno de los estamentos, especialmente por los estudiantes y
padres de familia. Estas normas forman parte del proceso educativo y contribuyen al buen
funcionamiento de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ, la armonía y tranquilidad de
toda la comunidad.
Consideramos de gran importancia que los estudiantes asistan diariamente al I.E. JOSÉ
MARÍA BRAVO MÁRQUEZ con la seguridad de que cuentan con el ambiente adecuado y
el sano afecto de sus profesores, directivas y compañeros. Debemos, entonces, transmitir
estos mismos sentimientos a todas las personas que nos rodean.
MANUAL DE CONVIVENCIA
“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
Dentro de los deberes que los estudiantes deben cumplir, de manera especial se
encuentran los siguientes:
28. Velar y participar en el cuidado del medio ambiente escolar, procurando la
conservación de condiciones que redunden en la buena salud física, mental y espiritual de
sí mismo y de los demás miembros de la comunidad educativa.
29. Respetar las áreas Institucionales y oficinas, a las cuales no podrán ingresar sin la
compañía de un docente autorizado.
30. Respetar el conducto regular y tener en cuenta las indicaciones para el buen uso de
los diferentes servicios que presta la Institución.
31. Actuar conscientemente y asumir la responsabilidad de sus actos.
32. Participar democráticamente como candidato y/o elector responsable en el proceso de
conformación del gobierno escolar, conforme a los parámetros establecidos por el
Consejo Electoral integrado por los docentes del área de sociales.
33. Escuchar, conciliar, respetar y acatar las decisiones tomadas ante diferentes
situaciones de la vida escolar.
34. Utilizar los servicios de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSÉ MARÍA BRAVO
MÁRQUEZ (tienda escolar, oficinas, laboratorios, biblioteca, materiales, muebles) con la
compostura y el decoro que garantice la seguridad y el bienestar de quienes los
comparten, respetando los turnos de compañeros u otras personas y cuidando la
integridad y conservación de los bienes de la institución.
35. Presentar y cuidar diariamente todos sus útiles y elementos personales y, en actitud
de solidaridad permanente, denunciar cualquier daño que se infrinja a los útiles y
elementos de sus compañeros o de cualquier miembro de la comunidad educativa.
36. Portar siempre el carné estudiantil y presentarlo cuando le sea requerido. El ingreso a
la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ está condicionado a la presentación del carné
que acredite la calidad de estudiante.
37. Asumir un comportamiento adecuado dentro y fuera del plantel y evitar situaciones
que pongan en entredicho la buena imagen personal y de la Institución. El mal
comportamiento fuera de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ se considera agravado
cuando se porte el uniforme del Plantel.
38. Al terminar la jornada escolar los estudiantes tienen el deber de dirigirse a su casa. En
caso contrario la responsabilidad sobre cualquier situación es de los padres o acudientes
quienes tienen el deber de cuidar y controlar el horario de sus hijos, no obstante la
facultad del Plantel para requerir al estudiante por incumplimiento de este deber.
MANUAL DE CONVIVENCIA
“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
39. Cualquier miembro de la comunidad educativa tiene el deber de reportar a la
INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ el mal comportamiento de
un estudiante, particularmente cuando éste desconozca deberes cívicos o con sus
actitudes o expresiones ponga en entredicho el buen nombre del plantel.
40. Entregar oportunamente a los padres de familia y/o acudientes, las comunicaciones e
informes que la INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ les remita
y devolver inmediatamente los desprendibles firmados.
41. Asumir las disposiciones del Manual de Convivencia, las circulares y orientaciones
dadas por las distintas instancias de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSÉ MARÍA BRAVO
MÁRQUEZ.
42. Proyectar orden, limpieza y pulcritud en todo momento, observando respeto y
compostura en los diferentes actos de comunidad. Los jóvenes que tengan barba deberán
presentarse afeitados y con corte y peinado de cabello formal y en color natural, las
damas deberán usar el uniforme adecuadamente sin maquillajes, ni adornos, ni tinturas
en los cabellos
43. Tratar a todos los integrantes de la comunidad con respeto, evitando utilizar apodos y
burlas de mal gusto que entorpezcan las buenas relaciones y atenten contra la integridad
personal.
43. Entregar en Coordinación o en Administración todo objeto que se encuentre sin que
se pueda establecer quién es el dueño.
44. Participar activa y responsablemente en el programa de prevención y manejo de
emergencias.
45. Permanecer en los espacios que correspondan a actividades académicas, de
formación o de descanso, según los horarios y momentos establecidos por la Institución.
46. Aprovechar el tiempo, preparando oportunamente su material para la jornada escolar
y permaneciendo dentro del salón con un buen y adecuado comportamiento.
47. Promover y participar en campañas para los diferentes proyectos institucionales.
48. Dar a conocer, siguiendo el conducto regular, cualquier hecho o situación que observe
relacionada con el consumo, porte o comercio de sustancias psicoactivas, entre los
miembros de la comunidad educativa.
49. Cuidar y conservar los muebles, enseres y elementos de la INSTITUCIÓN
EDUCATIVA JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ, los propios y los de sus compañeros. En
caso de daño, extravío o destrucción, no obstante sancionarse disciplinariamente la falta,
estudiantes y acudientes se comprometen a reparar el daño o restituir lo perdido de
manera inmediata. En el evento de probarse intención deliberada de causar daño, la falta
se considerará como muy grave.
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“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
50. Informar o denunciar cualquier atentado o daño que se observe sobre las
instalaciones o bienes de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSÉ MARÍA BRAVO
MÁRQUEZ, por parte de compañeros o de cualquier otro miembro de la comunidad
educativa.
51. Abstenerse de realizar o intentar cualquier tipo de adulteración, fraude o suplantación,
falta que se considera como muy grave por ser contraria al conjunto de valores que
orientan a la institución.
52. Durante las horas de descanso, permanecer fuera del salón y en los lugares
autorizados.
EN EL ASPECTO ACADÉMICO:
53. Realizar responsablemente todas las actividades curriculares necesarias para su
proceso de desarrollo integral, dentro de los términos establecidos en el calendario
académico.
54. Conocer y cumplir los requisitos exigidos por la Institución para efectos de avance y
promoción.
55. Apoyar todo tipo de actividades que propicien el bienestar y la superación estudiantil e
institucional.
56. Participar en el proceso de construcción del PEI, en su aprobación, adopción,
ejecución, evaluación y revisión a través de sus representantes.
57. Proveerse oportunamente de los elementos necesarios para las actividades
académicas, culturales, sociales, religiosas y deportivas organizadas por el Plantel.
58. Asistir a las actividades extraescolares programadas por la INSTITUCIÓN
EDUCATIVA JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ.
59. Tener al día los cuadernos y/o guías de trabajo, diligenciadas apropiadamente según
las indicaciones del docente.
60. En caso de inasistencia por fuerza mayor, asumir la responsabilidad de comunicarse
con el docente y ponerse al día por su propia cuenta en todas las actividades académicas
de las diferentes asignaturas.
61. Tener el material de trabajo que la INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSÉ MARÍA BRAVO
MÁRQUEZ solicita al iniciar el año, debidamente marcado y mantenerlo en excelentes
condiciones. Los materiales adicionales, deberán ser adquiridos oportunamente.
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“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
62. Mantener un buen desempeño académico y disciplinario, como requisito para poder
participar en las diferentes actividades extraclase, culturales, sociales y deportivas
programadas por la Institución.
63. El estudiante debe asistir a la Institución con todos los elementos escolares (libros,
útiles, tareas, trabajos, materiales, etc.) desde el inicio de la jornada. Dado que por
razones de seguridad, organización y formación en el sentido de la responsabilidad y
cumplimiento, no se permite el ingreso de ningún elemento a través de los padres y/o
acudientes durante la jornada escolar.
64. Participar en campañas que busquen el bienestar y superación estudiantil e
institucional, mostrando siempre una actitud de compromiso, respeto y solidaridad.
EN EL ASPECTO DE PRESENTACIÓN PERSONAL:
65. Observar excelente presentación e higiene personal.
66. Las niñas deberán presentarse bien peinadas y su cabello en color natural. Los
jóvenes con la presentación adecuada y correcta del uniforme y sus cabellos
debidamente motilados como se indica en el aspecto del uniforme, sin colorantes, ni
teñidos, en su color natural.
67. Respetar la limpieza, higiene y conservación de la Institución y colaborar activamente
para mantenerla de igual forma, como elemento fundamental en el proceso de formación
escolar.
68. Portar el uniforme completo y correctamente, haciendo honor a la dignidad, formalidad
y buen nombre de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ,
dentro y fuera del Plantel, desde el momento de salir del hogar hasta que se regrese al
mismo. Está prohibido el uso de maquillaje, joyas y accesorios que dañen la buena
presentación del uniforme. El personal directivo, docente, administrativo y monitoras está
facultado para exigir el porte adecuado del uniforme. Tanto los útiles como el uniforme
deben estar marcados con el nombre del estudiante y curso.
La comunidad educativa de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSÉ MARÍA BRAVO
MÁRQUEZ entiende y asume que es parte fundamental del proceso de formación, el
observar normas comunes que posibiliten la convivencia armónica y permitan caracterizar
al Plantel como Institución organizada, formal y efectiva en el desarrollo de los distintos
procesos educativos. Por lo tanto, asume el libre desarrollo de la personalidad como la
manifestación de la expresión creadora en la formación del carácter, entendiendo los
elementos externos de la personalidad como susceptibles de manifestación en los
espacios familiares o que correspondan a la utilización del tiempo libre del estudiante
fuera del Plantel.
UNIFORMES:
Los estudiantes de la Institución deberán presentarse, según cada ocasión o evento y de
acuerdo con las indicaciones dadas por los encargados competentes, el alumno debe
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“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
presentarse desde el primer día de actividades portando uno de los siguientes uniformes:
(salvo permiso especial) así:
Hombres:
Uniforme de diario: Pantalón Jeans Clásico color azul oscuro, sin rotos, sin bolsillos
adicionales, sin flecos, sin apliques, sin adornos en ninguna parte del pantalón, no
botatubo, sin amarras en la bota. Correa negra con chapa pequeña, para evitar
enfrentamientos y que se pueda utilizar como elemento de agresión, camiseta blanca, la
cual va siempre por dentro del jeans, con el escudo de la Institución estampado al lado
izquierdo, parte superior del pecho y con cuello, manga corta, zapatos o tenis negros,
completamente negros (no botas), de cuero o gamuza, cordones negros, medias azules
oscuras (no tobilleras), corte de cabello debidamente motilado y organizado, sin tinturas.
Damas.
Uniforme de diario: Yomber a cuadros, con la tela indicada, hasta la mitad de la rodilla,
blusa blanca de tela; manga corta, la cual va siempre por dentro del Yomber ,
medias blancas hasta llegar a la rodilla, (sin adornos ni otros colores); zapatos negros
colegiales (de atadura color negro).
Los adornos como aretes, collares y pulseras, cabellos tinturados y el maquillaje no se
permiten con el uso del uniforme, las extravagancias desdibujan el uniforme institucional.
Uniforme de educación física para ambos sexos
Camiseta blanca, cuello redondo, manga corta, con el escudo de la Institución estampado
en la parte superior izquierda, medias blancas (no tobilleras), tenis totalmente blancos,
completamente blancos, sin adorno, sin otros colores. (No botas), Sudadera roja en
algodón no brillante, sin combinado de colores, la sudadera no debe llevarse remangada,
ni resorte en la bota, ni botatubo y deberá estar bien ubicada en la cintura.
Buso azul oscuro con logotipo de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ sin capota,
según modelo acordado por la institución. Este buso podrá utilizarse también como parte
del uniforme de diario.
4. Pantaloneta roja para las actividades deportivas.
5. Para algunos deportes, previa concertación y autorización del coordinador de disciplina,
se deberán utilizar los implementos requeridos para la seguridad personal. Para la
práctica del fútbol, se deben utilizar el uniforme respectivo.
6. En todos los espacios y eventos deportivos los estudiantes deberán utilizar la camiseta
del uniforme.
7. Para las salidas deportivas los estudiantes deberán estar perfectamente uniformados,
como condición indispensable para asistir a dicha actividad deportiva.
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“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
8. En preescolar la aplicación del bloqueador solar dependerá del docente y en primaria y
bachillerato de los mismos estudiantes.
PARÁGRAFO 1: Los estudiantes que no se presenten a las actividades y prácticas
deportivas con el vestuario reglamentario no podrán hacer parte de estas actividades. En
tal caso, el docente a cargo establecerá las actividades alternativas a ser realizadas.
El saco o buso permitido para días invernales será de color azul oscuro, Cerrado, sin
adornos, sin capucha, manga larga, igual para hombres y mujeres, Con el escudo de la
Institución en el lado izquierdo parte superior.
69. La chaqueta de la “Promoción”; si fuera aprobada por Consejo Directivo frente al aval
de Rectoría será voluntaria y portada únicamente por los alumnos del grado undécimo. El
color y el modelo deben armonizar con el uniforme y ser previamente autorizados o
establecidos por la Rectoría.
70. Abstenerse de usar prendas o accesorios diferentes al uniforme durante su
permanencia en la Institución. Para el caso de las niñas, las hebillas, diademas o balacas
deben estar de acuerdo con los colores del uniforme (negro, azul, blanco).
De manera expresa se excluye el uso de tintes y expresiones que por su peculiaridad
particularicen de tal forma al estudiante, que puedan generar controversia, posiciones
extremas, actitudes agresivas o intimidantes, conformación de grupos radicales o
cualquier situación de disputa o discriminación por razones de apariencia entre la
comunidad, tales como el uso de aretes, colorantes, accesorios de cuero, anillos,
cadenas, manillas, tatuajes, piercing, adornos u otros elementos similares.
EN EL ASPECTO DE ASISTENCIA:
Asistir puntualmente a la Institución según horario correspondiente, permanecer en todas
las clases y participar presentándose oportunamente en todos los actos de la comunidad,
salvo que haya sido excusado, citado o remitido a otras dependencias. En cualquier caso
contar con el permiso escrito de la respectiva coordinación.
HORARIO INSTITUCIONAL POR JORNADA
SEDE JORNADA HORARIO GRADOS QUE ATIENDE
PORFIRIO BARBA
JACOB
MAÑANA
PORFIRIO BARBA
JACOB
TARDE
ATANASIO GIRARDOT MAÑANA
ATANASIO GIRARDOT TARDE
BRAVO MARQUEZ
CENTRAL
MAÑANA 6:10 AM- 12:10 PM 7º-8º
BRAVO MARQUEZ
CENTRAL
TARDE 12:10 PM- 6;10 PM 9º-10º-11º
BRAVO MARQUEZ
CENTRAL
NOCTURNA 6:10 PM-10;10 PM CLEI 2,3, 4, 5 Y 6 DE
EDUCACIÒN PARA
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“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
ADULTOS
71. Recordemos que ningún estudiante puede retirarse de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO
MÁRQUEZ sin el permiso y/o acompañamiento de sus padres o un adulto responsable y
la autorización correspondiente.
72. Conversar en voz baja para evitar molestias y ruidos. Utilizar siempre un vocabulario
muy respetuoso.
73. Abstenerse de consumir alimentos en el aula de clase y en los lugares para el
desarrollo cognitivo y de botar papeles al piso.
74. Respetar la prohibición de comercializar comestibles o cualquier otro artículo.
75. En caso de llevar un balón, éste debe permanecer dentro de una bolsa o malla y con
el previo permiso de los acudientes firmado por el Coordinador de Convivencia.
76. No están permitidas las demostraciones amorosas en las instalaciones de la
INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ
.
76. Acatar todas las recomendaciones dadas por la monitora sobre comportamiento y
seguridad como prevención de algún accidente dentro del aula de clase y en los lugares
de la institución.
77. No portar elementos distintos a los útiles escolares.
CAPÍTULO CUARTO
SISTEMA DE ADMISIÓN Y PERMANENCIA DE EDUCANDOS
Artículo 15.- Definiciones. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 95 y 96 de la
Ley 115 de 1994, se determinan en este Capítulo del Manual de Convivencia, los criterios
y reglas para la formalización de la vinculación de educandos de la I.E. JOSÉ MARÍA
BRAVO MÁRQUEZ y de las condiciones de permanencia de los mismos en la Institución
Educativa.
MANUAL DE CONVIVENCIA
“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
Para efectos de lo establecido en este Capítulo, se acogen las siguientes definiciones:
Estudiante nuevo: Es el aspirante admitido que ingresa por primera vez a la I.E. JOSÉ
MARÍA BRAVO MÁRQUEZ a un grado determinado.
Estudiante antiguo: Es el educando ya matriculado en la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO
MÁRQUEZ y que recibe la autorización para renovar la matrícula, posibilitando su
permanencia en el servicio educativo.
Estudiante reintegrado: Es aquel estudiante que habiendo estado matriculado en la I.E.
JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ, y que por retiro voluntario o por cualquier otra causa
se haya retirado de la Institución, solicite nuevamente ser admitido.
Artículo 16.- Proceso de Admisión. La admisión es el proceso a través del cual la I.E.
JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ determina la vinculación de educandos a cursar los
grados de los niveles y ciclos educativos ofrecidos en el Proyecto Educativo Institucional.
Este proceso se inicia con la inscripción voluntaria de aspirantes, que por primera vez
quieran ingresar a la Institución Educativa, de acuerdo con el procedimiento e instrumento
diseñado por el Comité de Admisiones, para tal efecto.
Los requisitos para el ingreso de estudiantes nuevos al I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO
MÁRQUEZ son los siguientes:
1. Asistencia de los padres de familia o acudientes al proceso de inducción, dirigido al
conocimiento de la institución educativa que cubre entre otros aspectos, el Proyecto
Educativo Institucional, el Manual de Convivencia, la organización administrativa y
pedagógica, los medios y recursos institucionales, así como la infraestructura física.
2. Adquisición, diligenciamiento y presentación del formulario de inscripción, anexando la
totalidad de la documentación exigida en las fechas determinadas para cada año escolar
en el calendario de admisión, matrículas y reintegros.
3. Presentación de pruebas de competencias académicas, psicológicas y entrevista en día
y hora previamente señalados.
4. Obtención de orden de matrícula firmada por la Rectoría.
5. Pago de los correspondientes costos educativos.
6. Presentación de la documentación exigida por la Secretaría Académica de la I.E. JOSÉ
MARÍA BRAVO MÁRQUEZ.
7. Formalización del acto de matrícula por parte del padre y la madre, mediante la
aceptación y firma del contrato de servicios educativos, de conformidad con el artículo 201
del la Ley General de Educación.
8. Asistencia de los padres de familia o acudientes y estudiantes aspirantes a un
encuentro académico y de convivencia.
La I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ se reserva el derecho de admisión, previo
estudio y verificación objetiva de la información presentada y frente a la disponibilidad de
cupos.
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“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
Artículo 17.- Reintegro de Estudiantes. La admisión de los estudiantes que soliciten
reintegro se hará previo el cumplimiento de los siguientes requisitos:
1. Entrega a la Rectoría de la solicitud escrita de reintegro por parte de los padres de
familia.
2. Presentación de los informes académicos y de comportamiento de los grados cursados
en otras instituciones, si lo hubiera hecho.
3. Presentación del paz y salvo de la última institución donde estuvo matriculado el
aspirante.
Además deberá diligenciar los documentos de inscripción y actualización de la
información familiar y académica, con los respectivos soportes documentales, requeridos
por el I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ, de conformidad con el artículo 16 del
presente Manual.
Por su parte la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ hará el análisis de informes
académicos y de comportamiento de los años lectivos cursados en la Institución, para
que, junto con la información entregada por el aspirante, determine o no el reintegro
dentro los términos señalados en el calendario correspondiente.
Artículo 18.- Proceso de Matrícula. La calidad de estudiante de la I.E. JOSÉ MARÍA
BRAVO MÁRQUEZ se adquiere una vez protocolizada la matrícula que consiste en la
suscripción del Contrato de Matrícula y del acta respectiva por parte de los padres o
acudientes, el(la) estudiante y la Rectora del I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ ,
La diligencia de matrícula se realizará en el día y horas establecidos por la I.E. JOSÉ
MARÍA BRAVO MÁRQUEZ. De no realizarse, se perderá el cupo otorgado. Se concederá
un plazo cuando el interesado así lo solicite mediante comunicación escrita dirigida al
Comité de Admisiones, justificando la ampliación solicitada.
Los padres de familia o acudientes y los educandos al firmar el Contrato de Matrícula
correspondiente, están aceptando el Proyecto Educativo Institucional y el Manual de
Convivencia, pues estos instrumentos forman parte integral del Contrato, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 201 de la Ley 115 de 1994. La Institución ofrece las
disponibilidades para que estos documentos sean conocidos de manera previa, antes de
protocolizar la matrícula.
Cuando por recomendaciones médicas, pedagógicas o académicas, o como
consecuencia de medidas disciplinarias, el estudiante y el padre de familia o acudiente,
deban asumir compromisos especiales frente a la prestación del servicio educativo
ofrecido por la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ, se hará constar en el respectivo
Contrato de Matrícula.
Los documentos exigidos para el proceso de protocolización de la matrícula son los
siguientes:
1. Registro Civil de Nacimiento original o fotocopia legible.
2. Certificados de estudios originales, en formatos oficiales, debidamente diligenciados y
legalizados (Nombres y apellidos completos, número del documento de identidad, niveles,
ciclos y grados educativos cursados, intensidad horaria completa y la valoración
respectiva).
3. Certificado médico general, de audiometría y agudeza visual actualizados.
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“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
4. Fotocopia del carné de vacunas, para los niños aspirantes al nivel de educación
preescolar.
5. Dos fotografías tamaño 3 x 4 cms.
6. Constancias del grado que cursa y de comportamiento, expedidas por el funcionario
competente de la institución educativa en donde cursó estudios anteriores.
7. Certificación de ingresos de los padres o acudientes.
8. Paz y salvo del establecimiento educativo o establecimientos educativos en donde
cursó estudios anteriores.
9. Certificación de afiliación a una entidad promotora de salud o afiliación al seguro de
accidentes que suministra la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ.
10. Fotocopia de la cédula de ciudadanía de los dos padres.
Los estudiantes que soliciten reintegro y sean admitidos deberán cumplir los anteriores
requerimientos, a excepción de los ya consignados en el establecimiento educativo.
Para los estudiantes antiguos opera para cada año académico la renovación de
matrícula.
Son requisitos para la renovación de matrícula:
1. Haber aprobado el correspondiente año lectivo. En caso de no aprobación del año,
haber recibido la pre matrícula por la Comisión de Evaluación y Promoción.
2. Haber presentado una valoración del comportamiento que a juicio de la Comisión de
Evaluación y Promoción se ajusta a los principios y normatividad del presente Manual de
Convivencia.
3. Actualización de los datos básicos para el sistema de información.
4. Certificación de afiliación a una entidad promotora de salud o afiliación al seguro de
accidentes que suministra la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ.
5. Realización de la renovación de la matrícula dentro de los plazos fijados por el I.E.
JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ, suscribiendo el contrato de prestación de servicios
educativos.
6. Encontrarse a Paz y Salvo por todo Concepto, tal como se dispone en este Manual.
PARÁGRAFO: Requisito previo en cualquier caso es la entrega de la pre matrícula
totalmente diligenciada en las fechas señaladas por la institución, y si fuera el caso, de
aceptación de los compromisos contenidos en la misma.
Artículo 19.- Permanencia en la Institución Educativa. La I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO
MÁRQUEZ orienta toda su actividad al servicio de la formación integral del estudiante y
de su permanencia hasta la obtención del grado como bachiller. (Artículo 42 del C. de la
Infancia y la Adolescencia). La permanencia del estudiante en la I.E. JOSÉ MARÍA
BRAVO MÁRQUEZ está sujeta al cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en
el contrato de matrícula y las consagradas en este Manual de Convivencia. Se perderá el
derecho cuando el estudiante incurre en faltas cuya naturaleza altere de manera
significativa la convivencia y el bienestar social de la comunidad educativa, previa
observancia del proceso disciplinario respectivo.
La reprobación por primera vez de un determinado grado por parte del estudiante, no será
causal de pérdida de la calidad de estudiante, siempre y cuando no esté asociada a otra
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“EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE”
causal expresamente contemplada en este Manual de Convivencia, de conformidad con lo
establecido en el artículo 96 de la Ley 115 de 1994.
La calidad de estudiante se puede perder, además, por una de las siguientes causales:
1. Por retiro voluntario del estudiante que implique terminación del contrato por mutuo
consentimiento de las partes.
2. Por fuerza mayor que afecte al estudiante e implique la terminación del contrato por
mutuo consentimiento.
3. Por las causales determinadas en el presente Manual de Convivencia, inherentes a la
aplicación de los regímenes de sanciones disciplinarias.
4. Por no alcanzar los logros de promoción al grado siguiente y presentar
comportamientos que van en contravía a las normas del manual de convivencia y
presentadas por el comité de convivencia a las directivas de la Institución.
El padre de familia o acudiente que decida retirar voluntariamente al estudiante y por ende
dar por terminado el contrato de matrícula debe:
1. Informar por escrito a la Secretaría Académica tal decisión, indicando los motivos y la
fecha a partir del cual opera el retiro.
2. Suscribir el acta de terminación por mutuo consenso del contrato de matrícula y la
correspondiente cancelación en el libro de matrículas.
3. Estar a paz y salvo por todo concepto.
4. Solicitar la entrega de los documentos y certificados correspondientes.
Artículo 20.- Certificado de Paz y Salvo por todo Concepto. La I.E. JOSÉ MARÍA
BRAVO MÁRQUEZ establece el Certificado de Paz y Salvo por todo Concepto como
instrumento fundamental para garantizar el cumplimiento de las obligaciones por parte de
los padres de familia o acudientes y del educando, pactadas en el Contrato de Matrícula,
de conformidad con lo establecido en el artículo 96 de la Ley 115 de 1994, en cuanto a la
fijación de condiciones para la permanencia del educando en el establecimiento educativo
y en armonía con el artículo 25 del Decreto 2253 de 1995, en lo referente a la fijación de
normas generales para el cumplimiento oportuno de las obligaciones económicas
derivadas del sistema de matrículas y pensiones.
El Certificado de Paz y Salvo por todo Concepto, será suscrito y expedido por cada
Director de grupo según formato indicado, en el momento en que se verifique que el
estudiante esta a paz y salvo con todas las dependencias de la Institución, tales como;
laboratorios, biblioteca, teatro, música, deportes, danzas y firmado por Coordinación será
entregado en Secretaria para que desde allí se verifiquen la papelería que se debe
entregar para finiquitar el paz y salvo en Rectoría. Este certificado será obligatorio en los
siguientes casos:
1. Para el trámite de renovación de la matrícula.
2. Para la terminación del contrato de matrícula por mutuo consenso.
No se expedirá el Certificado de Paz y Salvo por todo concepto, a quienes se encuentren
con deudas en alguna dependencia de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ
Artículo 21.- Registro Escolar. La I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ lleva para
cada estudiante un registro escolar actualizado en el que se incluyen los datos
Manual de convivencia general aprobado   modificado 1
Manual de convivencia general aprobado   modificado 1
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Manual de convivencia general aprobado modificado 1

  • 1. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” MUNICIPIO DE MEDELLÍN – ANTIOQUIA MANUAL DE CONVIVENCIA INTRODUCCIÓN El presente Reglamento Disciplinario o Manual de Convivencia tiene por objeto disponer las reglas y principios que rigen la comunidad educativa de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ, institución de carácter oficial, tres jornadas, mixta, legalmente aprobada por el Ministerio de Educación Nacional y la Secretaría de Educación de Medellín, que hace parte del sistema de educación formal, impartiendo enseñanza en los niveles de Preescolar, Básica (Primaria y Secundaria) y Media en la modalidad académica y educación de adultos tercera jornada.. La I. E, Bravo Márquez presenta a la comunidad este Reglamento Disciplinario o Manual de Convivencia, que como una parte importante del PEI y por mandato de ley toda institución educativa debe constituir en un medio que regula la convivencia entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa, garantizando el cabal ejercicio de los derechos, facilitando el cumplimiento de los deberes y contribuyendo a fomentar el entendimiento y la colaboración entre todos, en orden a la buena marcha de la institución. En aras de consolidar el proceso de formación, es necesario recordar que cada una de las personas que conforman la comunidad educativa, desde la posición en que se encuentre, está obligada a dar cumplimiento al Manual de Convivencia, pues la sana convivencia depende de ello. Para la familia, el Reglamento Disciplinario o Manual de Convivencia es la concertación entre las diferentes instancias de normas y procesos, que materializan los principios de convivencia de la comunidad, para proyectarse con eficacia en el quehacer educativo. Representa, además, el compromiso que todos sus integrantes asumen, dentro de los principios y valores de la institución, para ser mejores ciudadanos y mejores seres humanos. En todos los casos en que se haga mención al Manual de Convivencia en el presente documento, se entenderá que igualmente se hace referencia al Reglamento Disciplinario. PRESENTACION Este manual de convivencia es una invitación a toda la comunidad Educativa del Bravo Márquez, para que unidos marchemos por una senda segura de humanización
  • 2. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” enarbolando las consignas de “Educar para Pensar Libremente” que pregona nuestro gran Escudo. Para su elaboración se ha contado con la participación comunitaria de todos los estamentos educativos institucionales; Las sugerencias dadas por los profesores, los aportes de los padres de familia, las sugerencias de los estudiantes, egresados y personal administrativo, la Constitución Política, las normas impartidas por el Gobierno Nacional y el Ministerio de Educación Nacional.
  • 3. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSE MARIA BRAVO MARQUEZ “Educar para pensar libremente “ 1 ACUERDO DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 04 DE 2012 Febrero 07 de 2012 Por medio del cual se legaliza el Manual de Convivencia de la Institución Educativa José María Bravo Márquez El Consejo Directivo de la Institución Educativa José María Bravo Márquez, en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el Decreto 1860 de 1994 y la Ley 715 de 2001 CONSIDERANDO: 1. Que mediante el proceso participativo llevado a cabo con los estamentos de la comunidad educativa (padres de familia, estudiantes y docentes), se ha discutido y socializado el Manual de convivencia versión 2012, para la Institución Educativa José María Bravo Márquez, y del cual emana un documento final para ser sugerido al Consejo Directivo. 2. Que el Documento Manual de Convivencia versión 2012, fue discutido igualmente en el Consejo Académico para ser sugerido al Consejo Directivo. 3. Que son funciones del Consejo Directivo, entre otras, el acordar: las directrices que permitan la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y la aplicación de las funciones del gobierno escolar; la promoción del proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el establecimiento; la orientación del proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico; la aplicación de las disposiciones que se expidan por parte del estado 4. Que el Manual de Convivencia es un texto guía que contiene las nociones esenciales para vivir en comunidad e, interactuar exitosamente con todos y cada uno de los miembros de la comunidad educativa. Además, pretende guiar el accionar de cada uno de los integrantes de la comunidad educativa Bravo Márquez, en pos de hacer mucho más humana y agradable su permanencia en cada espacio institucional y no institucional.
  • 4. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” CAPÍTULO PRIMERO DIRECTRICES GENERALES Artículo 1.- Conceptos Básicos. La elaboración y puesta en ejecución de un reglamento estudiantil, como uno de los aspectos esenciales del Proyecto Educativo Institucional, es una obligación legal consagrada en el artículo 73 de la Ley 115 de 1994 o Ley General de Educación. En concordancia, el artículo 87 de esta misma Ley, ordenó que en cada establecimiento educativo deba existir un REGLAMENTO O MANUAL DE CONVIVENCIA que defina los derechos y obligaciones de los estudiantes y demás normas que aseguren la prestación del servicio educativo. Por definición CONVIVIR significa vivir en compañía de otro u otros. La convivencia por tanto, lleva intrínsecamente, nociones como respeto, solidaridad, responsabilidad grupal y social, compromisos, valoración individual, ética, tolerancia. Es por eso que en su conjunto, este MANUAL DE CONVIVENCIA recoge una serie de orientaciones que buscan desarrollar una pedagogía de la convivencia, en donde las reglas y criterios, son ante todo, parámetros para el crecimiento individual en el marco de una colectividad armónica. Si bien el Manual tiene como eje los derechos y obligaciones de los educandos, tanto en los criterios para su reconocimiento, promoción y protección como en las normas pedagógicas, disciplinares y sancionatorias, cuando se vulneran, recoge igualmente los derechos y obligaciones de los demás miembros de la comunidad educativa, según el rol que desempeñe en relación con el proceso educativo que impacta a los educandos. Artículo 2.- Principios Orientadores. Los procesos de convivencia social, de formación académica y de disciplina que se desarrollan en la Institución Educativa José María Bravo Márquez, se harán atendiendo los principios de compromiso, trascendencia, apertura a la diferencia y calidad. El principio de compromiso se debe evidenciar en la pertenencia y coherencia en el actuar de la comunidad educativa, con la filosofía institucional, de acuerdo con el lema Institucional: “Educar para pensar libremente”. Se espera que en virtud del principio de trascendencia, los miembros de la comunidad educativa consoliden y proyecten sus metas y objetivos, fortaleciendo sus dimensiones humanas, en busca de la realización personal y el impacto positivo en el entorno. El principio de apertura a la diferencia compromete a los miembros de la comunidad educativa de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ a la comprensión y valoración de
  • 5. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” la diversidad cultural: pueblos, credos, ideologías y múltiples realidades humanas, entendidas desde su contexto. En virtud del principio de calidad, se espera que los miembros de la comunidad educativa apliquen y desarrollen procesos de excelencia, que respondan a las necesidades de un mundo global y cambiante a través del mejoramiento continuo de los proyectos institucionales. Artículo 3.- Marco Jurídico General. El Manual de Convivencia como instrumento que define los derechos y deberes de los estudiantes y de los integrantes de la comunidad educativa, tiene como marco jurídico general, la Constitución y la ley colombiana. De modo particular, la siguiente normatividad:  Constitución Política de Colombia: Título II, de los derechos, las garantías y los deberes.  Ley 1098 de 2006 o Código de la Infancia y la Adolescencia. Si bien se han considerado los distintos artículos del Código que sirven como respaldo normativo al presente Manual de Convivencia, el contenido de la Ley 1098 se asume como orientador del mismo, en especial los artículos 18, 20, 26, 41 en los numerales 6, 7 y 16, así como los artículos 43 en el numeral 2 y el 44 en los numerales 4 y 9.  Ley 115 de 1994 o Ley General de Educación, Títulos I, II, III, IV, V, VII, X Ley 375 de 1997 o Ley de la Juventud.  Decreto 860 de 2010, reglamentario de la Ley 1098 de 2006.  Decreto 1860 de 1994, reglamentario de la Ley 115 en los aspectos pedagógicos y organizativos.  Decreto 1290 de 2009, sobre normas en materia de evaluación y promoción de los educandos.  Decreto 3055 de 2002, modificatorio del Decreto 230 de 2002, artículo 9.  Decreto 1286 de 2005, normas sobre la participación de los padres de familiaen los procesos educativos de las instituciones oficiales y privadas.  Decreto 120 de 2010, Por el cual se adoptan medidas en relación con el consumo del alcohol, artículos 8, 14 y c.c.
  • 6. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” Artículo 4.- Conceptos Jurisprudenciales Orientadores. Con la aparición de la figura de la tutela, como instrumento de protección de los derechos fundamentales, a partir de la promulgación de la Constitución Política de Colombia en 1991, la Corte Constitucional, dentro de la función de revisión de los fallos proferidos por instancias judiciales competentes, ha emitido múltiples pronunciamientos en torno a la aplicación de los derechos fundamentales en la prestación del servicio educativo, por parte de las instituciones oficiales y privadas, jurisprudencia que en su conjunto se entiende incorporada al presente Manual de Convivencia. Dada la trascendencia de estos pronunciamientos, La Institución Educativa José María Bravo Márquez, ha considerado fundamental citar apartes de algunas sentencias producidas, como criterios de observancia, que orienten la debida comprensión y aplicación de los conceptos, procedimientos e instrumentos indicados en el Manual, por parte de los integrantes de la comunidad educativa. Derecho – Deber de la Educación. (Sentencia 002 de 1992) “Ahora bien, una característica de algunos de los derechos constitucionales fundamentales es la existencia de deberes correlativos. En el artículo 95 de la Constitución Política se encuentran los deberes y obligaciones de toda persona. La persona humana además de derechos tienen deberes; ello es como las dos caras de una moneda, pues es impensable la existencia de un derecho sin deber frente a si mismo y frente a los demás.” (Sentencia T- 519 de 1992) “La educación ofrece un doble aspecto. Es un derecho-deber, en cuanto no solamente otorga prerrogativas a favor del individuo, sino que comporta exigencias de cuyo cumplimiento depende en buena parte la subsistencia del derecho, pues quien no se somete a las condiciones para su ejercicio, como sucede con el discípulo que desatiende sus responsabilidades académicas o infringe el régimen disciplinario que se comprometió observar, queda sujeto a las consecuencias propias de tales conductas: la pérdida de las materias o la imposición de las sanciones previstas dentro del régimen interno de la institución, la más grave de las cuales, según la gravedad de la falta, consiste en su exclusión del establecimiento educativo”.. (Sentencia T-341 de 1993) “Considera la Corte que quien se matricula en un centro educativo con el objeto de ejercer el derecho constitucional fundamental que lo ampara, contrae por ese mismo hecho obligaciones que debe cumplir, de tal manera que no puede invocar el mentado derecho para excusar las infracciones en que incurra. Por ello, si reclama protección mediante la acción de tutela, alegando que el plantel desconoce las garantías constitucionales al aplicarle una sanción, es imperioso que el juez verifique tanto los actos ejecutados por las autoridades del centro educativo como la conducta observada por el estudiante, a objeto de adoptar una decisión verdaderamente justa en cuya virtud no se permita el quebrantamiento de los derechos constitucionales del educando pero tampoco se favorezca la irresponsabilidad de éste.” (Sentencia T- 316 de 1994) “La Educación sólo es posible cuando se da la convivencia y si la disciplina afecta gravemente a ésta última, ha de prevalecer el interés general y se
  • 7. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” puede respetando el debido proceso, separar a la persona del establecimiento Educativo. Además, la permanencia de la persona en el sistema educativo está condicionada por su concurso activo en la labor formativa; la falta de rendimiento intelectual también puede llegar a tener suficiente entidad como para que la persona sea retirada del establecimiento donde debía aprender y no lo logra por su propia causa”. (Sentencia T- 235 de 1997) “La Corte Constitucional ha reiterado a lo largo de la jurisprudencia, en el sentido de considerar que quien se matrícula en un Centro Educativo, con el objeto de ejercer el derecho Constitucional fundamental que lo ampara, contrae por ese mismo hecho obligaciones que debe cumplir, de tal manera que no puede invocar el mencionado derecho para excusar las infracciones en que incurra”. Alcances del Manual de Convivencia. (Sentencia T-524 de 1992) “En otros términos, los reglamentos de las instituciones educativas no podrán contener elementos, normas o principios que estén en contravía de la Constitución vigente como tampoco favorecer o permitir prácticas entre educadores y educandos que se aparten de la consideración y el respeto debidos a la privilegiada condición de seres humanos tales como tratamientos que afecten el libre desarrollo de la personalidad de los educandos, su dignidad de personas nacidas en un país que hace hoy de la diversidad y el pluralismo étnico, cultural y social principio de praxis general. Por tanto, en la relación educativa que se establece entre los diversos sujetos, no podrá favorecerse la presencia de prácticas discriminatorias, los tratos humillantes, las sanciones que no consulten un propósito objetivamente educativo sino el mero capricho y la arbitrariedad… La Corte Constitucional ha sido enfática al proteger el derecho al libre desarrollo de la personalidad de todos los individuos, y ha removido los obstáculos que se han presentado para su realización en los casos que han llegado a su conocimiento. - Pero también ha señalado que el ejercicio de este derecho tiene limitaciones- Dentro de las cuales se encuentran los derechos de los demás como claramente lo establece el artículo 16 de la Constitución Nacional, según el cual "Todas las personas tienen derecho al libre desarrollo de su personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico… El libre desarrollo de la personalidad se armoniza con las libertades de pensamiento y de expresión, por cuanto es la decisión de expresar, en el propio vivir de la persona, una determinación de su modo de ser en la convivencia humana; mientras tal determinación sea libre, y como culminación de un proceso voluntario en una decisión, y no atente contra el derecho ajeno, tiene que ser respetado y protegido por el orden jurídico establecido."” (Sentencia T-386 de 1994) “Para la Corte es claro entonces, que la ley asignó a los establecimientos educativos, públicos y privados, un poder de reglamentación dentro del marco de su actividad. Los reglamentos generales de convivencia, como es de la esencia de los actos reglamentarios, obligan a la entidad que los ha expedido y a sus destinatarios, esto es, a quienes se les aplican, porque su fuerza jurídica vinculante deviene en forma inmediata de la propia ley y mediata de la Constitución Política.” (Sentencia T-015 de 1994) “Si bien es cierto que el Reglamento del plantel educativo es base fundamental orientadora de la disciplina del colegio, pues sin él no sería posible mantener un nivel de organización, es cierto también que las normas allí contenidas deben ajustarse o mejor interpretarse acorde con las circunstancias particulares de los menores.
  • 8. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” No se trata de permitir una total libertad, pues esto no contribuye a la formación, pero sí comprender la situación y en la forma más razonable obrar sin perjudicar el futuro del educando.” (Sentencia SC-555/94) “La exigibilidad de esas reglas mínimas al alumno resulta acorde con sus propios derechos y perfectamente legítima cuando se encuentran consignadas en el manual de convivencia que él y sus acudientes, firman al momento de establecer la vinculación educativa. Nadie obliga al aspirante a suscribir ese documento, así como a integrar el plantel, pero lo que sí se le puede exigir, inclusive mediante razonables razones es que cumpla sus cláusulas una vez han entrado en Vigor, en este orden de ideas, concedida la oportunidad de estudio, el comportamiento del estudiante si reiteradamente incumple pautas mínimas y denota desinterés o grave indisciplina puede ser tomado en cuenta como motivo de exclusión” (Sentencia T-1233 de 2003) “Por consiguiente, los reglamentos internos o manuales de convivencia elaborados por las comunidades de los planteles educativos tienen la obligación de observar las disposiciones constitucionales. En efecto, el respeto al núcleo esencial de los derechos fundamentales de los estudiantes no se disminuye como consecuencia de la facultad otorgada a los centros educativos para regular el comportamiento de sus alumnos. Por el contrario, las reglas que se establezcan deben reflejar el respeto a la dignidad humana y a la diversidad étnica, cultural y social de la población (artículo 1º), así como los derechos al libre desarrollo de la personalidad (artículo 16), libertad de conciencia (artículo 18), libertad de expresión (artículo 20), igualdad (artículo 13), debido proceso (artículo 29) y educación (artículo 67) superiores. Además de su consagración constitucional, la titularidad de estos derechos se encuentra en cabeza de niños y adolescentes en proceso de formación, lo que implica una protección reforzada. Ello, por supuesto, no significa que en el contexto de la comunidad educativa quienes tienen a su cargo la elaboración de los reglamentos de dichas instituciones, no puedan establecer limites razonables y proporcionales al ejercicio de los derechos. En la medida que los derechos fundamentales no son absolutos, y en ciertos aspectos se enfrentan a valores, principios y otros derechos fundamentales protegidos también por la Carta, la Corte ha sostenido que su alcance y efectividad pueden ser objeto de ponderación y armonización frente a otras disposiciones constitucionales a través de los reglamentos de convivencia.” Disciplina Escolar. (Sentencia T-366 de 1992) “La aplicación de la disciplina en el establecimiento educativo no implica de suyo la violación de derechos fundamentales. Pero los profesores y directivas están obligados a respetar la dignidad del estudiante. La Corte Constitucional insiste en que toda comunidad requiere de un mínimo de orden y del imperio de la autoridad para que pueda subsistir en ella una civilizada convivencia, evitando el caos que podría generarse si cada individuo, sin atender reglas ni preceptos, hiciera su absoluta voluntad, aun en contravía de los intereses comunes, en un mal entendido concepto del derecho al libre desarrollo de la personalidad.”. (Sentencia 037 de 1995) "La disciplina, que es indispensable en toda organización social para asegurar el logro de sus fines dentro de un orden mínimo, resulta inherente a la educación, en cuanto hace parte insustituible de la formación del individuo. Pretender que, por una errónea concepción del derecho al libre desarrollo de la personalidad, las instituciones educativas renuncien a exigir de sus alumnos comportamientos acordes con un régimen disciplinario al que están obligados desde su ingreso, equivale a contrariar los objetivos propios de la función formativa que cumple la educación". Concurrencia de los Padres de Familia. (Sentencia T-366 de 1997) “El proceso educativo exige no solamente el cabal y constante ejercicio de la función docente y formativa por parte del establecimiento, sino la colaboración del propio alumno y el concurso de sus padres o acudientes. Estos tienen la obligación, prevista en el artículo 67 de la Constitución, de concurrir a la formación moral, intelectual y física del menor y del adolescente, pues "el Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación". No contribuye el padre de familia a la formación de la personalidad ni a la estructuración del carácter de su hijo cuando, so pretexto de una mal entendida protección paterna -que en realidad significa cohonestar sus faltas-, obstruye la labor que adelantan los educadores cuando lo corrigen, menos todavía si ello se refleja en una actitud agresiva e irrespetuosa.”
  • 9. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” Formación Integral del Educando. (Sentencia T-386 de 1994) “El comportamiento del estudiante en su claustro de estudios, en su hogar y en la sociedad, es algo que obviamente resulta trascendente y vital para los intereses educativos del establecimiento de enseñanza, porque es necesario mantener una interacción enriquecedora y necesaria entre el medio educativo y el ámbito del mundo exterior, lo cual se infiere de la voluntad Constitucional cuando se establece a modo de principio que "el estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación". Nadie puede negar que las actividades que el estudiante cumple dentro y fuera de su centro de estudios, influyen definitivamente en el desarrollo de su personalidad, en cuanto contribuyen a su formación educativa, a saciar sus necesidades físicas, psíquicas e intelectuales, y a lograr su desarrollo moral, espiritual, social afectivo, ético y cívico, como es la filosofía que inspira la ley general de educación (Ley 115/94, artículo 5o.). No obstante lo anterior, a juicio de la Corte los reglamentos de las instituciones educativas no pueden entrar a regular aspectos que de alguna manera puedan afectar los derechos constitucionales fundamentales de los educandos, pues si ello está vedado a la ley con mayor razón a los reglamentos de la naturaleza indicada. En tal virtud, dichos reglamentos no pueden regular aspectos o conductas del estudiante ajenas al centro educativo que puedan afectar su libertad, su autonomía o su intimidad o cualquier otro derecho, salvo en el evento de que la conducta externa del estudiante tenga alguna proyección o injerencia grave, que directa o indirectamente afecte la institución educativa.” Debido Proceso (Sentencia T-1233 de 2003) “En diversas oportunidades, esta Corporación ha señalado que la garantía constitucional al debido proceso (artículo 29 Superior) tiene aplicación en los procesos disciplinarios adelantados por los centros educativos de naturaleza pública y privada. En virtud de ello, la imposición de una sanción disciplinaria debe estar precedida del agotamiento de un procedimiento justo y adecuado, en el cual el implicado haya podido participar, presentar su defensa y controvertir las pruebas presentadas en su contra.” (Ley 599 de 2000) “ARTICULO 25. ACCION Y OMISION. La conducta punible puede ser realizada por acción o por omisión. Quien tuviere el deber jurídico de impedir un resultado perteneciente a una descripción típica y no lo llevare a cabo, estando en posibilidad de hacerlo, quedará sujeto a la pena contemplada en la respectiva norma penal. A tal efecto, se requiere que el agente tenga a su cargo la protección en concreto del bien jurídico protegido, o que se le haya encomendado como garante la vigilancia de una determinada fuente de riesgo, conforme a la Constitución o a la ley. Son constitutivas de posiciones de garantía las siguientes situaciones: 1. Cuando se asuma voluntariamente la protección real de una persona o de una fuente de riesgo, dentro del propio ámbito de dominio. 2. Cuando exista una estrecha comunidad de vida entre personas. 3. Cuando se emprenda la realización de una actividad riesgosa por varias personas. 4. Cuando se haya creado precedentemente una situación antijurídica de riesgo próximo para el bien jurídico correspondiente. PARAGRAFO. Los numerales 1, 2, 3 y 4 sólo se tendrán en cuenta en relación con las conductas punibles delictuales que atenten contra la vida e integridad personal, la libertad individual, y la libertad y formación sexuales.”
  • 10. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” Sentencia SU641/98 EDUCACION-Alcance/EDUCACION-Valores y usos sociales En términos de la Constitución de 1991, la educación es una actividad formativa, no autoritaria, que requiere de alumnos activos, creativos y participantes en lugar de pasivos, repetidores y sumisos. La educación no es mera instrucción, es socialización secundaria destinada a complementar la que de manera primaria recibe el niño en el seno de la familia, con el fin de que pueda cumplir con su papel en la vida de relación; esta formación en los valores y los usos sociales debe estar orientada a preparar a los futuros ciudadanos para "participar en la vida política, cívica y comunitaria del país" acatando la Constitución y las leyes. La tolerancia y el respeto por los sistemas de valores distintos deben presidir toda la enseñanza y el aprendizaje de los valores en un país que optó por el desarrollo de una nación pluricultural, en la que ya no hay un solo modelo de virtud al servicio del intento de unificar el comportamiento de todos en la vida de relación. La educación en los valores y usos sociales debe empezar por la organización de la comunidad educativa conformada por las personas vinculadas a cada plantel, como una institución en la que cotidianamente se realiza el deber ser social consagrado en la Carta Política; esta es la base normativa universal sobre la cual las escuelas y colegios pueden buscar legítimamente diferenciar su labor educativa de la de los demás. EDUCACION-Papel del educador El papel del educador en la instrucción -parte integrante de la educación, pero no su totalidad-, se entiende como el de un guía ilustrado y respetuoso que abre a sus alumnos las fuentes de información relevantes, para que realicen las actividades didácticas diseñadas por él, propicia la aprehensión y procesamiento de datos y conceptos en procura de los objetivos académicos establecidos en el plan de estudios, y les acompaña en la búsqueda y apropiación de ese conocimiento, para orientar la labor de aprendizaje de cada uno de sus alumnos de acuerdo con sus aptitudes y capacidades. REGLAMENTO EDUCATIVO-No puede imponer patrones estéticos excluyentes/MANUAL DE CONVIVENCIA-No puede imponer patrones estéticos excluyentes/REGLAMENTO
  • 11. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” ORACIÓN POR LA PAZ ¡Señor, haz de mí un instrumento de tu paz! Que donde haya odio, siembre yo amor; donde haya injuria, perdón; donde haya duda, fe; donde haya desesperación, esperanza; donde haya oscuridad, luz; donde haya tristeza alegría. ¡Oh, Divino Maestro!, concédeme que no busque ser consolado sino consolar; ser comprendido, sino comprender; que no busque ser amado, sino amar. Porque dando es como recibo; perdonando, es como Tú me perdonas; y muriendo en Ti, nazco para la vida eterna. Amén Artículo 5: SÍMBOLOS INSTITUCIONALES EL ESCUDO SIGNIFICADO DEL ESCUDO: El escudo de nuestra institución esta representando el ideal del estudiante como persona íntegra y solidaria en el marco de la ciencia la cultura y el deporte. El libro representa la adquisición de conocimientos ubicado en la parte amarilla relacionando la pureza del saber critico y brillante en el individuo, el pebetero con los anillos olímpicos en el sector de color rojo enmarcando la energía que tienen los educandos en las lides deportivas y culturales, ya que son la templanza y fuerza institucional, encerrados en el marco donde
  • 12. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” se inscriben el nombre de la institución y el marco exterior enarbola nuestro mayor ideario EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE. LOGO DE CALIDAD INTERPRETACIÓN Por la calidad debemos jugarnos todas las cartas posibles, por eso nuestra carta principal para el proceso de mejoramiento continuo está representada en este logo: La figura forma una persona con la mano levantada y dos piernas que forman dos vistos buenos, que también indican calidad, el sol; representa la alegría y calidez que prevalece en nuestra institución educativa, las puntas del sol; representan las líneas estratégicas de desarrollo y el compromiso con los procesos de calidad, todo el logo representa una medalla al mérito por la calidad educativa. LA BANDERA La bandera de nuestra institución está enmarcada dentro de los colores rojo en la parte inferior y amarillo en la parte superior significando desde la base la necesidad de poner la pujanza, la energía y la entereza en el conocimiento, en lo lúdico y en lo deportivo, llegando a una excelente conceptualización del ser enmarcado en lo transparente, brillante y digno de la pureza. El esfuerzo inicial se purificara con el calor y la templanza para adquirir una mayor fundamentación en el ser integral que refleja su brillantez en el diario vivir. EL HIMNO INSTITUCIONAL
  • 13. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” Jubilosos y alegres cantemos Avancemos humildes y en paz El saber es virtud que anhelamos Siempre unidos en fraternidad Bravo Márquez un prócer maestro Trabajando en comunidad Camino con tesón y confianza A favor de un futuro de Paz Orgullosos de ser estudiantes Tengo espíritu ciencia y valor El trabajo y la disciplina Son la fuerza inspirada de Dios La misión del servicio nos une Liderando con fuerza y con fé El sendero de los estudiantes es la ciencia de nuestro deber. La cultura, el deporte y la ciencia, Mantendremos a vuestra merced Y los frutos de ser educado Por doquiera los promulgare Jesús Sierra. Artículo 6: PERFIL DEL ESTUDIANTE BRAVO MÁRQUEZ El perfil de nuestro estudiante está inspirado principalmente en nuestra filosofía, es así, como pretendemos un modelo de estudiante que haga del concepto de democracia un sinónimo de respeto por la diferencia. Es decir, un modelo de estudiante que reconozca y valore las potencialidades individuales de cada quién, que le haga honor a nuestro lema “Educar para pensar libremente”
  • 14. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” 1. Un estudiante que sea capaz de descubrir el sentido de la vida, amarla, respetarla y valorarla. 2. Deberá ser un Estudiante HUMANIZADO, capaz de respetarse, sensibilizarse, sentirse, amarse, criticarse y pensarse. 3. Desarrollar el interés por el saber, las capacidades y habilidades para el desenvolvimiento adecuado en su entorno cultural; para satisfacer sus necesidades, valorar, juzgar, decidir y comprometerse en la búsqueda de conocimientos, nuevas técnicas, avances científicos, con el objeto de participar en el avance de su realización personal y el progreso social. 4. Formarse como PERSONA, capaz de tomar decisiones que lo enaltezcan, luchando por ser cada día mejor, por reconocerse como ser irremplazable, donde su actuar sea tan correcto que se convierta en ejemplo para toda la comunidad educativa. 5. Formarse como un INDIVIDUO que en la sociedad sea eje de cambios positivos teniendo presente los diferentes niveles filosóficos que debe desarrollar para su excelente desempeño integral y equilibrado. 6. Un estudiante que se sustente en la autonomía y en la responsabilidad donde se genere una práctica de los valores en la sociedad. 7. Que se identifique con el Horizonte Institucional del Bravo Márquez, cuya Misión y Visión es Cultural, Académica y Social. 8. Tener un conocimiento real del mundo en que vive, de aceptación de sí mismo y de los demás, respetando en todo momento los derechos humanos. 9. Compartir con el otro por medio de una entrega generosa, abierto a la convivencia fraterna en respeto, solidaridad y comunicación sincera. 10. Demostrar respeto y compromiso por la patria Colombiana, sus símbolos y de todo credo religioso. 11. Un estudiante capaz de interactuar y proteger el medio ambiente y los recursos naturales. 12. Integrar a su vida los siguientes valores institucionales: Respetamos las diferencias de credo, raza, sexo e ideología como punto de partida para una convivencia pacífica y productiva en la sociedad. Construimos espacios desde la alegría y la iniciativa.
  • 15. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” Fomentamos la espiritualidad para engrandecer nuestra comunidad educativa. Inculcamos la responsabilidad para fortalecer el sentido de pertenencia Actuamos desde la tolerancia y la escucha para lograr la formación de personas cada día más consientes de su existencia y pertenencia a una comunidad. Nos guiamos con principios de calidad para la participación proactiva que conduzcan a la obtención de resultados sobresalientes al interior de la comunidad educativa y para quienes trabajen conjuntamente con nosotros. Nos gusta el trabajo con la gente comprometida y emprendedora, por ello propiciamos un ambiente de trabajo agradable y propositivo que involucre a toda la comunidad educativa. Valoramos el medio ambiente que nos rodea y contribuimos para su conservación y desarrollo como punto de partida para mejorar la calidad de vida. Fomentamos el sentido crítico entre los miembros de la comunidad Educativa, a fin de desarrollar su comprensión, adaptabilidad y capacidad de discernimiento sobre el medio que les rodea e impactarlo de manera proactiva. Incentivamos la creatividad y el liderazgo como medio potencializado del ser humano para adaptarse al medio y para crear soluciones positivas en pos de una mejor calidad de vida. Practicamos la gratitud entre los miembros de la comunidad, para fortalecer las relaciones personales, el agradecimiento y el perdón. Practicamos el civismo para crecer como ciudadanos íntegros.
  • 16. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” CAPÍTULO SEGUNDO MARCO INSTITUCIONAL DEL MANUAL Artículo 7.- Generalidades. El Manual de Convivencia como parte sustancial del Proyecto Educativo Institucional –PEI- de la Institución educativa José María Bravo Márquez, es un instrumento activo que contribuye a alcanzar los fines de la educación colombiana y a desarrollar los principios y fundamentos que orientan la acción educativa de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ. Por tanto, el conjunto de criterios, normas, procedimientos e instrumentos dispuestos en el Manual tienen igualmente obedecimiento a la misión, visión y objetivos institucionales; así mismo lo tienen los enfoques y estrategias pedagógicas establecidas; la estructura y la organización del currículo; los sistemas de vinculación, permanencia, evaluación y promoción de educandos; la gobernabilidad y el ordenamiento administrativo, las formas de relación de personas y grupos tanto de la institución educativa como de su entorno. Cada uno de los aspectos contenidos en el PEI de la Institución, constituyen soporte para la interpretación y aplicación del contenido del presente Manual. No obstante, aquí se hará referencia a algunos aspectos que favorecen esta comprensión. Artículo 8.- Aspectos Misionales. El P.E.I. de la Institución Educativa responde a los lineamientos establecidos para la formulación de Proyectos Educativos Institucionales según la Ley General de Educación en su Artículo 73. VISIÓN Somos una institución educativa líder en la formación humana y científica, con proyección futurista en el desarrollo de competencias y dimensiones, que transforman el entorno social y productivo de nuestro medio local, regional y nacional, utilizando la Investigación y Tecnología como herramientas forjadoras de ciudadanos capaces de ser autónomos. MISIÓN Formar seres integrales, activos y participativos, con capacidad emprendedora, que buscan la excelencia en sus actuaciones de la vida diaria, dentro de los parámetros del respeto, la justicia, el orden, la responsabilidad y el trabajo, que se reflejan en el hogar, el colegio y la comunidad.  Símbolos del colegio, bandera, escudo, himno.  Cada establecimiento describirá sus símbolos que lo identifican teniendo en cuenta historia de los mismos, autores, y el mensaje que cada uno lleva dentro de la filosofía y políticas de la institución.
  • 17. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” *La habilidad y la competencia son metas que se alcanzarán a partir de procesos inmersos dentro de las siguientes categorías: Conocimiento: Es la comprensión de un saber a partir de su lógica interna. Capacidad: Es la relación del conocimiento con la realidad en un contexto específico que permite ampliar el campo cognoscitivo, socio-afectivo y expresivo. Habilidad: Es la destreza que se evidencia cuando se usa la capacidad para transformar la realidad. Competencia: Se manifiesta cuando se seleccionan conocimientos, capacidades y habilidades que se conjugan con actitudes y valores personales para comprender y transformar realidades complejas. (Tomado de: Mateo Joan y Martínez. Más allá de la medición y la evaluación educativa. Madrid: Ed. La Muralla. 2006). Valores Honestidad. Coherencia entre el pensar, sentir y actuar, acorde con el marco de la ética, los principios institucionales y la normatividad constitucional vigente. Responsabilidad. Cumplir de manera autónoma y con sentido, los compromisos adquiridos dentro de un contexto, asumiendo las consecuencias de sus actos. Respeto. Reconocimiento y valoración del individuo, de los otros y del entorno social y natural. Involucra los derechos y deberes que orientan las acciones de cada una de las personas integrantes de la comunidad educativa, estableciendo un ambiente armonioso para la convivencia y el desarrollo personal. Solidaridad. Sensibilidad y reconocimiento de la necesidad del otro, construyendo estrategias e implementando acciones que posibiliten el bienestar comunitario, dentro del marco de justicia social. Autorregulación. Interiorización y cumplimiento de la norma a partir de la disciplina del individuo, en procura de la consecución de metas personales y como aporte a la organización social. Artículo 9.- Gobernabilidad. De conformidad con la Ley General de Educación y su Decreto Reglamentario 1860 de 1994, el Proyecto Educativo Institucional de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ, estableció la estructura, organización y funcionamiento de su Gobierno Escolar, fundamento de la participación democrática de todos los estamentos de la comunidad educativa y eje de la seguridad administrativa y pedagógica de la institución. El Gobierno Escolar está constituido por los siguientes órganos: 1. Rectoría. Es la representante de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ ante las autoridades educativas, a quien le corresponde ejecutar las decisiones del Gobierno Escolar y direccionar la ejecución del PEI, entre otras responsabilidades. Las funciones específicas se encuentran determinadas en el Proyecto Educativo Institucional. 2. Consejo Directivo. Es la instancia directiva y de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ. Ejerce una función consultiva en la toma de decisiones. Está conformado por: a. La Rectora, quien lo preside. b. Los coordinadores de la institución educativa c. Representantes del Departamento de Psicología d. Un Representante de los docentes de Preescolar y del Ciclo de Educación Básica Primaria.
  • 18. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” e. Un Representante de los docentes del Ciclo de Educación Básica Secundaria y del Nivel de Educación Media. f. Dos representantes de los padres de familia, de conformidad con lo regulado en el Decreto 1286 de 2005. g. El Representante de los estudiantes y el (la) Personero(a) de los estudiantes. h. Un Representante de los ex alumnos. i. Un representante del sector productivo de la zona de influencia que patrocina la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ. j. Un representante de los estudiantes del Bachillerato por Ciclos. Los procedimientos de elección de los distintos integrantes del Consejo Directivo y las funciones que éste cumple, se encuentran establecidos en el Proyecto Educativo Institucional. 3. Consejo Académico. Es la instancia superior para participar en la orientación pedagógica de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ y opera como órgano consultor del Consejo Directivo en los procesos de revisión del Proyecto Educativo Institucional. Este Comité está integrado por: a. La Rectora, quien lo preside. b. Los Coordinadores de la institución educativa. c. El Jefe de cada una de las áreas definidas en el Plan de Estudios de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ. e. Docentes de las áreas del currículo, según el tema a tratar. Las funciones del Consejo Académico se encuentran establecidas en el Proyecto Educativo Institucional. Artículo 10.- Instancias de Apoyo del Gobierno Escolar. La INSTITUCIÓN EDUCATIVA considera necesario que dentro de su organización administrativa y de gestión estratégica, existan instancias de apoyo a los órganos del Gobierno Escolar, para el cabal desarrollo del Proyecto Educativo Institucional y la idónea y efectiva ejecución de los procedimientos determinados en el Manual de Convivencia. Estas instancias son las siguientes: 1. Coordinación o Prefectura de convivencia, cuya función principal es la de garantizar el cumplimiento del Reglamento o Manual de Convivencia. La rectoría será la responsable de integrarla y definir las funciones, a través de resolución interna. 2. Directores de grupo, son colaboradores directos de la rectoría, cuya función principal es la de orientar y optimizar tanto los procesos pedagógicos como los de aprendizaje de los estudiantes. PARÁGRAFO: Estas dos instancias, cuando fuere el caso, concertarán el cumplimiento de sus responsabilidades, en aras de tomar las decisiones conducentes para el cabal cumplimiento de los objetivos disciplinarios y académicos. 3. Dirección o jefes de Áreas: Facilita la interacción e integración entre las diferentes áreas y establece los lineamientos académicos generales de los procesos formativos en concordancia con el PEI. 4. Comisiones de Convivencia y Concertación: Orienta de manera integral a los estudiantes en su dimensión socio afectiva y en la consolidación de estrategias que
  • 19. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” aporten a la construcción de un proyecto de vida armonioso. La rectoría será la responsable de integrarlo y definir las funciones, a través de resolución interna. Las Comisiones de Convivencia y Concertación, C.C.C., son las encargada de estudiar y analizar los comportamientos de los estudiantes que infrinjan las normas contenidas en el presente Manual y que sean susceptibles de ser tipificados como faltas de especial gravedad. . (Ver Art. 28 del Capítulo VI). Igualmente deberán ser invitados a las reuniones de las Comisiones de Convivencia y Concertación, los docentes directamente relacionados con los casos a tratar. El reglamento interno de organización y funcionamiento de Comisiones de Convivencia y Concertación es elaborado por la propia Comisión y aprobado por la Rectoría. 5. Comité de Mediación de Conflictos: Tiene como finalidad promover la mediación y solución de las situaciones que se presenten cotidianamente en el desarrollo de la convivencia de los estudiantes y profesores, con el fin de garantizar un ambiente escolar respetuoso, tolerante, que permita en forma armoniosa el goce de los derechos y libertades de los niños(as) y adolescentes. De las decisiones y recomendaciones establecidas en el Comité de Mediación de Conflictos C.M.C, se levantará un acta en la que se indiquen con claridad las sugerencias y compromisos a seguir por cada una de las partes del conflicto, que tendrán un seguimiento de los miembros del Comité C.M.C. (Ver Art. 28 del Capítulo VI). El Comité será constituido por la Rectoría, mediante resolución interna, la que además aprobará la reglamentación que determine esta instancia. La asistencia a las reuniones es obligatoria. Los mediadores realizarán sus funciones durante la jornada escolar y asistirán a las diferentes reuniones, según se los convoque por parte de los estudiantes que deseen solucionar sus conflictos en otras instancias. 6. Consejo de Profesores: El Consejo de Profesores sesiona ocasionalmente. Funciona de acuerdo con un quórum legal establecido por Reglamento para que sus decisiones sean válidas. El Consejo sesionará en el Colegio, pero puede sesionar en otro lugar, si los miembros del Consejo lo aprobaren. Los Acuerdos tienen prioridad y se emitirán al directivo Rector para que avale el procedimiento a seguir. Si está dictada con respeto a la Constitución y sus leyes. Las facultades de la Dirección son limitadas, es decir no pueden estar en contra de la Constitución y sus leyes, de las que el jefe inmediato es depositario, nunca su dueño. Las mociones: a) comunes serán presentadas sobre asuntos que se estén tratando, pueden ser debatidas en pro o en contra y votadas para su aprobación o rechazo, según mayoría especifica. b) de orden, llaman al orden, alteran el orden de agenda; dan por terminada una discusión y ordenan la votación, etc., pueden ser debatidas mediante cuatro participaciones, dos a favor y dos en contra, luego se someten a votación. Aprobadas se ejecutan. c) especialísimas, presentadas por un docente para que se conozca su situación especial.
  • 20. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” El Asistente de Dirección toma el acta con lo razonable de cada sesión y la custodia. El Acta anterior se lee al inicio de sesión para su aprobación, luego se aprueba la Agenda. El Consejo de profesores no es una camisa de fuerza, es una instancia de deliberación donde se nutre la democracia y el estado de derecho del estudiante, que en asocio con su acudiente formalizara acuerdos, para el mejoramiento académico y disciplinario. Las decisiones y acuerdos aquí aprobados serán de obligatorio cumplimiento entre las partes y se realizara seguimiento y constantemente se informara por parte del director de grupo a su acudiente sobre los alcances favorables o desfavorables. De estos acuerdos y sus procesos tomara curso con el Manual de Convivencia para posterior Correctivo, de acuerdo a sus normas. 7. Comité de Admisiones: Este Comité cumplirá funciones relativas al diseño de los requisitos y procedimientos para el ingreso de los estudiantes que aspiran a ser matriculados. Este Comité está conformado por: a. La Rectora del I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ, quien lo preside. b. La Secretaria Académica. c. La Coordinación de Disciplina y Convivencia El reglamento interno de organización y funcionamiento del Comité de Admisiones es elaborado por el propio Comité y aprobado por la Rectoría. 8. Equipo de Acreditación: Este grupo es el vínculo entre la comunidad y los procesos de mejora permanente y conquista de la calidad con los cuales está comprometida la institución. Está conformado por los directivos, docentes, funcionarios y estudiantes de diferentes cursos elegidos por la Rectoría, grupo de trabajo que es asesorado y asistido por una organización internacional experta en procesos de acreditación. 9. Comisión de Evaluación y Promoción: Sus funciones y responsabilidades se presentarán en el Capítulo de Evaluación y Promoción de los estudiantes, por tratarse de una exigencia normativa. 10. Consejo Estudiantil: ver Proyecto Educativo Institucional Artículo 11.- Responsabilidades Especiales de la Institución Educativa. Como institución líder en el campo de la educación y en acatamiento a las normas que regulan la prestación del servicio educativo y las conductas sociales e institucionales frente a la población infantil y juvenil de Colombia, incorpora al presente Manual de Convivencia las obligaciones especiales exigidas a las instituciones educativas por el artículo 42 del Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 de 2006),además, elementos de ley sobre reformas al código de infancia y adolescencia ( ley 1453 del 2011) ley 1453 de 2011 y que desarrolla en los apartes específicos de este Manual. Estas obligaciones son: 1. Facilitar el acceso de los niños, niñas y adolescentes al sistema educativo y garantizar su permanencia. 2. Brindar una educación pertinente y de calidad. 3. Respetar en toda circunstancia la dignidad de los miembros de la comunidad educativa. 4. Facilitar la participación de los estudiantes en la gestión académica del centro educativo.
  • 21. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” 5. Abrir espacios de comunicación con los padres de familia para el seguimiento del proceso educativo y propiciar la democracia en las relaciones dentro de la comunidad educativa. 6. Organizar programas de nivelación de los niños y niñas que presenten dificultades de aprendizaje o estén retrasados en el ciclo escolar y establecer programas de orientación psicopedagógica y psicológica. 7. Respetar, permitir y fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas culturas nacionales y extranjeras y organizar actividades culturales extracurriculares con la comunidad educativa para tal fin. 8. Estimular las manifestaciones e inclinaciones culturales de los niños, niñas y adolescentes, y promover su producción artística, científica y tecnológica. 9. Garantizar la utilización de los medios tecnológicos de acceso y difusión de la cultura y dotar al establecimiento de una biblioteca adecuada. 10. Organizar actividades conducentes al conocimiento, respeto y conservación del patrimonio ambiental, cultural, arquitectónico y arqueológico nacional. 11. Fomentar el estudio de idiomas nacionales y extranjeros y de lenguajes especiales. 12. Evitar cualquier conducta discriminatoria por razones de sexo, etnia, credo, condición socioeconómica o cualquier otra que afecte el ejercicio de sus derechos. De igual manera, los directivos, docentes y comunidad educativa en general asumen las obligaciones complementarias indicadas en el artículo 44 del Código de la Infancia y la Adolescencia de los establecimientos académicos y la comunidad educativa, en coordinación y según los casos, con la participación de organismos estatales que coadyuvan en el cumplimiento de estas responsabilidades. Estas responsabilidades se refieren a: 1. Comprobar la inscripción del registro civil de nacimiento. 2. Establecer la detección oportuna y el apoyo y la orientación en casos de malnutrición, maltrato, abandono, abuso sexual, violencia intrafamiliar, y explotación económica y laboral, las formas contemporáneas de servidumbre y esclavitud, incluidas las peores formas de trabajo infantil. 3. Comprobar la afiliación de los estudiantes a un régimen de salud. 4. Garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. 5. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros o profesores. 6. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia los niños, niñas y adolescentes con dificultades de aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños o adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales, así como de prevención hacia todas aquellas conductas tipificadas en este manual como faltas de especial gravedad. 7. Prevenir el tráfico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas que producen dependencia dentro de las instalaciones educativas y solicitar a las autoridades competentes acciones efectivas contra el tráfico, venta y consumo alrededor de las instalaciones educativas.
  • 22. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” 8. Coordinar los apoyos pedagógicos, terapéuticos y tecnológicos necesarios para el acceso y la integración educativa del niño, niña o adolescente con discapacidad. 9. Reportar a las autoridades competentes, las situaciones de abuso, maltrato o peores formas de trabajo infantil detectadas en niños, niñas y adolescentes. 10. Orientar a la comunidad educativa para la formación en la salud sexual y reproductiva y la vida en pareja. CAPÍTULO TERCERO DERECHOS Y DEBERES DE LOS EDUCANDOS Artículo 12.- Fundamento. El Manual de Convivencia de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ asume para todos sus efectos, los derechos y deberes que establecen para todos los colombianos, la Constitución Política de Colombia y las distintas normas que la implementan. De modo particular, para los educandos matriculados en la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ , incorpora a este Manual los derechos y deberes consagrados en las leyes y reglamentos que regulan la prestación del servicio educativo y los consagrados en las normas relativas a garantizar a los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, su pleno y armonioso desarrollo integral.
  • 23. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” Artículo 13.- Derechos de los Educandos. Los educandos de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ son titulares de los derechos definidos en el Código de Infancia y Adolescencia (Ley 1098 de 2006), en el Título I, Capítulo II y de los derivados de la aplicación de la Ley de la Juventud (Ley 375 de 1997), en tanto que les sea aplicable. De manera específica, los educandos de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ tienen los siguientes derechos como estudiantes matriculados: 1. Recibir los procesos y actividades diseñadas en el currículo de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ para el desarrollo de sus competencias afectivas, intelectuales, físicas, ciudadanas y sociales que propendan por su formación integral, y que permitan un desarrollo equilibrado y armónico de sus habilidades sociales, éticas, como estrategias en la consolidación de unas sanas relaciones y una convivencia pacífica. 2. Participar en la construcción y modificación del Proyecto Educativo Institucional, incluyendo el Manual de Convivencia, de conformidad con los procedimientos e instrumentos determinados para tal fin. 3. Conocer oportunamente los criterios y reglas de evaluación y promoción académica, así como los resultados de las decisiones académicas, pedagógicas, disciplinarias y administrativas, adoptadas como consecuencia de su aplicación. 4. Recibir asesoría pedagógica y académica en cada una de las áreas, asignaturas y proyectos pedagógicos por parte del personal docente de la Institución Educativa 5. Participar en las actividades pedagógicas, sociales, culturales y recreativas en los espacios y tiempos ofrecidos por la Institución. 6. Recibir un trato cordial, respetuoso y digno de todos los miembros de la Comunidad Educativa, poder expresar libremente sus ideas, con el respeto que se merecen las diferentes instancias y utilizar las formas y medios de participación establecidos por la institución. 7. Recibir orientación escolar y psicológica cuando sea solicitada personalmente o a través de los padres o acudientes, o cuando sea remitido por un profesor o directivo docente de la Institución Educativa. En caso de requerir un proceso de terapia individual, o especial, a ser remitido al profesional o institución pertinente. 8. Elegir y ser elegido en los órganos e instancias de la institución en donde los educandos tengan representación, sin más restricciones que las determinadas en los respectivos reglamentos. 9. Preservar su intimidad personal y familiar. 10. Desarrollar sus intereses, inclinaciones y habilidades intelectuales, artísticas, deportivas y culturales, entre otras, en el marco de las definiciones establecidas en el currículo.
  • 24. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” 11. Conocer oportunamente las programaciones académicas de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ. 12. Utilizar los servicios ofrecidos por la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ como son la biblioteca, cafetería, teatro, orquesta, danzas entre otros, de conformidad con los respectivos reglamentos. 13. Recibir la atención de salud que ofrece la institución en caso de un accidente o lesión física. 14. Ejercer de los recursos procedentes, reposición y apelación, contra las decisiones por las cuales resulte afectado. EN EL ASPECTO FORMATIVO: 15. Recibir, conocer, aceptar y cumplir el Manual de Convivencia de la institución, una vez aprobado en el Consejo Directivo. 16. Ser respetado como persona por toda la comunidad educativa (padres de familia, directivos, profesores, compañeros, empleados de administración y de servicios generales). 17. Ser educado en los principios y valores definidos para la comunidad educativa. 18. Disponer de oportunidades para su desarrollo físico, mental, espiritual y social. 19. Acudir al conducto regular para proponer y/o resolver sus inquietudes y contar con el debido proceso. (Ver capítulo VIII del presente manual) 20. Participar activamente en su proceso educativo: académico, cultural, social, religioso y/o deportivo. 21. Ser escuchado, elegir, mediar y decidir ante diferentes situaciones de la vida escolar, en que proceda participar. 22. Conocer y emplear los servicios prestados por el personal docente, directivo-docente y administrativo, dentro del horario establecido para la jornada escolar. 23. Recibir y utilizar oportunamente y dentro de la jornada escolar, los servicios de bienestar estudiantil de que dispone la Institución.( ver Capitulo XI SOBRE Bienestar estudiantil) 24. Ser atendido debidamente por parte del personal docente, directivo-docente y administrativo. 2.11. Promover y participar en campañas institucionales que propicien el bienestar y la superación estudiantil.
  • 25. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” 25. Ser auxiliado en caso de enfermedad, disponer del tiempo de incapacidad para su recuperación y obtener permiso para atender calamidad doméstica grave. 26. Recibir oportunamente el carné estudiantil. 27. Proyectar su imagen personal y social como miembro de la Institución. 28. Utilizar el conducto regular establecido en el Manual, con respeto y cortesía. 29. Recibir las clases, servicio de tienda escolar y demás servicios, en condiciones de higiene, salubridad y seguridad que garanticen al máximo la preservación de su integridad. 30. Disfrutar del descanso, de la recreación razonable y del período de vacaciones. 31. Disfrutar de los diferentes espacios escolares. 32. Ser respetado en sus bienes y pertenencias. 33. Ser respetado en sus ideas y creencias, siempre y cuando su expresión, no atente contra el conjunto de principios y valores que orientan al plantel y que se declaran asumidos con el hecho de la matrícula. 34. Presentar solicitudes o reclamos respetuosos cada vez que se considere afectado en el ejercicio de sus derechos y obtener respuesta formal a los mismos. 35. Agotados los conductos regulares de apelación y reposición, acudir formal y razonadamente ante el Consejo Directivo del Plantel. 36. Ser guiado en su proceso formativo por docentes que cumplan a cabalidad con sus deberes profesionales, la filosofía de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ y los principios y valores planteados en el “Proyecto Educativo Institucional”. 37. Acudir a Trabajo Social, Pastoral y/o Psicología en busca de la orientación necesaria para su crecimiento integral, teniendo en consideración que estos servicios son de naturaleza escolar y que el estudiante y su núcleo familiar pueden ser remitidos a profesionales externos en caso de requerir atención personalizada. EN EL ASPECTO ACADÉMICO: 38. Recibir el acompañamiento y las orientaciones encaminadas al desarrollo de sus capacidades físicas, de análisis y demás habilidades intelectuales y a ser personas críticas, propositivas y pro activas. 39. Ser formados de acuerdo con las normas, planes, programas y proyectos institucionales, acordes con los del Ministerio de Educación Nacional.
  • 26. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” 40. Conocer los programas y objetivos para cada asignatura, así como propósitos y las acciones reflexivas para la evaluación de su rendimiento escolar. 41. Ser informados por parte de los profesores, sobre los resultados de las evaluaciones, antes de ser registrados definitivamente. 42. Conocer las anotaciones que sobre su desempeño se consignen en el Reporte de Evaluación y en caso de desacuerdo, pronunciarse razonablemente y por escrito sobre las mismas. 43. Permanecer en las actividades programadas según horario, de acuerdo con las indicaciones impartidas por los profesores o el personal de apoyo del plantel, siempre que se acaten las normas de comportamiento y respeto hacia la actividad, y se observe la presentación personal requerida según este Manual. 44. Recibir de la Institución Educativa comunicaciones e informes oportunos. 45. Disponer de los útiles necesarios para su proceso de desarrollo. 46. Ser asesorado por los docentes en la ejecución de las actividades curriculares dentro de la jornada escolar. 47. Recibir educación integral conforme a los principios, objetivos, perfil del estudiante, y en general el Proyecto Educativo Institucional. 48. Solicitar a los profesores las orientaciones necesarias para superar las dificultades derivadas de cada una de las asignaturas. 49. Contar con una distribución adecuada y graduada de trabajos, tareas, talleres y evaluaciones. 50. En caso de ausencia presentar excusa válida a la Coordinación de Convivencia y a Coordinación Académica por uno, dos, tres o más días, con la debida autorización, acordar con los docentes las fechas para cumplir con tareas, talleres, evaluaciones y trabajos dejados de presentar. Las excusas deben ser presentadas antes de las 24 horas siguientes a la ausencia, con los soportes correspondientes. De igual forma, el estudiante debe presentar al docente(s) el formato de excusa autorizado por Rectoría, en un plazo que no exceda los 3 días; de lo contrario se perderá el derecho a las consideraciones académicas correspondientes. 51. Solicitar que se le respeten los resultados académicos ya obtenidos, sin que se le afecten por faltas a este Manual. 52. Conocer previamente las formas de evaluación para cada una de las actividades y propósitos establecidos.
  • 27. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” 53. Ser evaluado integralmente de acuerdo con los criterios establecidos por la legislación vigente y la normatividad interna de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ. 54. En caso de error en el boletín académico, presentar reclamación razonada por escrito ante la Coordinación Académica y ser atendido en forma oportuna. 55. Tener acceso a actividades complementarias que permitan alcanzar los propósitos pendientes, en las fechas asignadas para tal fin. EN EL ASPECTO PARTICIPATIVO 56. Elegir y/o ser elegido como representante de los estudiantes ante el gobierno escolar, asumiendo con responsabilidad su liderazgo de acuerdo con lo establecido en el PEI, siempre y cuando se cumpla con las normas de comportamiento de este Manual y con los requisitos definidos por el Comité o Consejo Electoral. 57. Participar en el proceso de construcción del PEI, en su aprobación, adopción, evaluación y revisión, a través de sus representantes y en las oportunidades señaladas para tal fin. 58. Presentar a través del personero estudiantil, planes y proyectos que tiendan a formar a los estudiantes en temas relacionados con sus derechos y deberes. 59. Representar a la institución Educativa en los eventos para los cuales sea elegido considerando su buen desempeño académico y disciplinario. 60. Participar activamente en los eventos que se adelanten para proyectos institucionales, y manifestar sus inquietudes, observaciones o iniciativas frente a los mismos. Artículo 14.- Deberes de los Educandos. Además de los deberes que se desprenden de la aplicación de las normas relativas a la prestación del servicio educativo, son deberes específicos de los educandos de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ los siguientes: 1. Cooperar en el cumplimiento de la misión, los objetivos y las estrategias establecidos en el Proyecto Educativo Institucional, mostrando una actitud de pertenencia e identificación con la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ. 2. Cumplir con diligencia y acatamiento las obligaciones académicas derivadas de la ejecución del plan de estudios adoptado por la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ, respondiendo con oportunidad y calidad con los requerimientos académicos y disciplinarios, absteniéndose de realizar cualquier acto que cauce la suspensión o perturbación del servicio educativo ofrecido por la institución. 3. Asistir a las actividades académicas con los libros y elementos escolares exigidos en el momento de la matrícula y los requeridos en el pacto de aula de acuerdo con el docente de cada asignatura.
  • 28. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” 4. Cumplir rigurosamente con los horarios y las programaciones académicas, pedagógicas y culturales establecidas en la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ. 5. Participar activamente en su propia formación integral, aprovechando todos los espacios pedagógicos y los establecidos por las distintas instancias como parte del Proyecto Educativo Institucional, asumiendo compromisos permanentes de aprendizaje individual y colectivo. 6. Actuar con respeto, rectitud y tolerancia frente a sus compañeros, profesores, directivos y demás personal de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ, garantizando el derecho de los demás, sin ningún tipo de discriminación, ni asumiendo conductas que violen dicho derecho. 7. Mantener el buen nombre del I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ en el entorno familiar y social, actuando con respeto, urbanidad, civismo y buenas costumbres. 8. Garantizar su propio bienestar y el de los demás, practicando buenos modales, normas de cortesía y hábitos de higiene personal y aseo, y evitando cualquier elemento que interfiera en su desarrollo afectivo, físico e intelectual o afecte y desestabilice a otros miembros de la comunidad educativa. 9. Proponer iniciativas que mejoren la prestación del servicio educativo y el bienestar de la comunidad educativa de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ, a través de los conductos definidos por la Institución. 10. Conocer y cumplir los reglamentos adoptados por la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ y las decisiones tomadas por profesores y directivos, en el marco de los mismos. 11. Informar oportunamente a profesores y directivos de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ sobre hechos que perjudican la convivencia institucional o colocan en grave riesgo el buen funcionamiento de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ. 12. Acatar y poner en práctica los mecanismos establecidos para la participación de la comunidad educativa. 13. Utilizar adecuadamente los bienes, servicios y recursos dispuestos por la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ para la prestación del servicio educativo y velar por su cuidado y conservación. En cumplimiento de este deber y con ayuda de la gestión que corresponde a los veedores estudiantiles de cada grado, asumirá solidariamente la responsabilidad por los daños y desperfectos ocasionados a dichos bienes y recursos. 14. Ser interlocutor permanente y responsable entre docentes y directivos de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ con los padres de familia o acudientes. 15. Cumplir con los compromisos académicos, disciplinarios, actitudinales y terapéuticos adquiridos con la Institución.
  • 29. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” 16. Cumplir con las normas de presentación personal definidas por la institución. 17. Participar en las actividades extra curriculares institucionales. 18. Conocer y asumir el Manual de Convivencia de la Institución. 19. Tratar a todas las personas (directivos, profesores, compañeros, empleados administrativos y de servicios generales, padres de familia, visitantes del I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ) con la debida consideración, respeto y cortesía. 20. Reconocer y respetar en los demás los derechos que se pretenden para sí mismo. 21. No abusar de los propios derechos. 22. Utilizar en todo momento un lenguaje respetuoso dentro y fuera del plantel, manteniendo la buena imagen y haciendo honor al nombre de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ. 23. Respetar la INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ, su nombre, símbolos, principios y objetivos, esforzándose siempre por alcanzar el perfil establecido. 24. Cumplir rigurosamente con el calendario académico establecido por la INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ, evitando inasistencias injustificadas. 25. Promover la vivencia de la cultura de la paz en cada uno de los miembros de la comunidad para respetar, apoyar y orientar a todos sin distingo de raza, condición, credo, nacionalidad, ideología y conocimiento. 26. Respetar la intimidad de cada uno de los miembros de la comunidad educativa. 27. Ofrecer explicaciones ante las diferencias o dificultades significativas. EN EL ASPECTO DE CONVIVENCIA: Para el bienestar de la Comunidad Educativa y el alcance del perfil del estudiante de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ se hace necesario el establecimiento de normas de convivencia armónica que deben ser conocidas y comprendidas por cada uno de los estamentos, especialmente por los estudiantes y padres de familia. Estas normas forman parte del proceso educativo y contribuyen al buen funcionamiento de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ, la armonía y tranquilidad de toda la comunidad. Consideramos de gran importancia que los estudiantes asistan diariamente al I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ con la seguridad de que cuentan con el ambiente adecuado y el sano afecto de sus profesores, directivas y compañeros. Debemos, entonces, transmitir estos mismos sentimientos a todas las personas que nos rodean.
  • 30. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” Dentro de los deberes que los estudiantes deben cumplir, de manera especial se encuentran los siguientes: 28. Velar y participar en el cuidado del medio ambiente escolar, procurando la conservación de condiciones que redunden en la buena salud física, mental y espiritual de sí mismo y de los demás miembros de la comunidad educativa. 29. Respetar las áreas Institucionales y oficinas, a las cuales no podrán ingresar sin la compañía de un docente autorizado. 30. Respetar el conducto regular y tener en cuenta las indicaciones para el buen uso de los diferentes servicios que presta la Institución. 31. Actuar conscientemente y asumir la responsabilidad de sus actos. 32. Participar democráticamente como candidato y/o elector responsable en el proceso de conformación del gobierno escolar, conforme a los parámetros establecidos por el Consejo Electoral integrado por los docentes del área de sociales. 33. Escuchar, conciliar, respetar y acatar las decisiones tomadas ante diferentes situaciones de la vida escolar. 34. Utilizar los servicios de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ (tienda escolar, oficinas, laboratorios, biblioteca, materiales, muebles) con la compostura y el decoro que garantice la seguridad y el bienestar de quienes los comparten, respetando los turnos de compañeros u otras personas y cuidando la integridad y conservación de los bienes de la institución. 35. Presentar y cuidar diariamente todos sus útiles y elementos personales y, en actitud de solidaridad permanente, denunciar cualquier daño que se infrinja a los útiles y elementos de sus compañeros o de cualquier miembro de la comunidad educativa. 36. Portar siempre el carné estudiantil y presentarlo cuando le sea requerido. El ingreso a la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ está condicionado a la presentación del carné que acredite la calidad de estudiante. 37. Asumir un comportamiento adecuado dentro y fuera del plantel y evitar situaciones que pongan en entredicho la buena imagen personal y de la Institución. El mal comportamiento fuera de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ se considera agravado cuando se porte el uniforme del Plantel. 38. Al terminar la jornada escolar los estudiantes tienen el deber de dirigirse a su casa. En caso contrario la responsabilidad sobre cualquier situación es de los padres o acudientes quienes tienen el deber de cuidar y controlar el horario de sus hijos, no obstante la facultad del Plantel para requerir al estudiante por incumplimiento de este deber.
  • 31. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” 39. Cualquier miembro de la comunidad educativa tiene el deber de reportar a la INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ el mal comportamiento de un estudiante, particularmente cuando éste desconozca deberes cívicos o con sus actitudes o expresiones ponga en entredicho el buen nombre del plantel. 40. Entregar oportunamente a los padres de familia y/o acudientes, las comunicaciones e informes que la INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ les remita y devolver inmediatamente los desprendibles firmados. 41. Asumir las disposiciones del Manual de Convivencia, las circulares y orientaciones dadas por las distintas instancias de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ. 42. Proyectar orden, limpieza y pulcritud en todo momento, observando respeto y compostura en los diferentes actos de comunidad. Los jóvenes que tengan barba deberán presentarse afeitados y con corte y peinado de cabello formal y en color natural, las damas deberán usar el uniforme adecuadamente sin maquillajes, ni adornos, ni tinturas en los cabellos 43. Tratar a todos los integrantes de la comunidad con respeto, evitando utilizar apodos y burlas de mal gusto que entorpezcan las buenas relaciones y atenten contra la integridad personal. 43. Entregar en Coordinación o en Administración todo objeto que se encuentre sin que se pueda establecer quién es el dueño. 44. Participar activa y responsablemente en el programa de prevención y manejo de emergencias. 45. Permanecer en los espacios que correspondan a actividades académicas, de formación o de descanso, según los horarios y momentos establecidos por la Institución. 46. Aprovechar el tiempo, preparando oportunamente su material para la jornada escolar y permaneciendo dentro del salón con un buen y adecuado comportamiento. 47. Promover y participar en campañas para los diferentes proyectos institucionales. 48. Dar a conocer, siguiendo el conducto regular, cualquier hecho o situación que observe relacionada con el consumo, porte o comercio de sustancias psicoactivas, entre los miembros de la comunidad educativa. 49. Cuidar y conservar los muebles, enseres y elementos de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ, los propios y los de sus compañeros. En caso de daño, extravío o destrucción, no obstante sancionarse disciplinariamente la falta, estudiantes y acudientes se comprometen a reparar el daño o restituir lo perdido de manera inmediata. En el evento de probarse intención deliberada de causar daño, la falta se considerará como muy grave.
  • 32. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” 50. Informar o denunciar cualquier atentado o daño que se observe sobre las instalaciones o bienes de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ, por parte de compañeros o de cualquier otro miembro de la comunidad educativa. 51. Abstenerse de realizar o intentar cualquier tipo de adulteración, fraude o suplantación, falta que se considera como muy grave por ser contraria al conjunto de valores que orientan a la institución. 52. Durante las horas de descanso, permanecer fuera del salón y en los lugares autorizados. EN EL ASPECTO ACADÉMICO: 53. Realizar responsablemente todas las actividades curriculares necesarias para su proceso de desarrollo integral, dentro de los términos establecidos en el calendario académico. 54. Conocer y cumplir los requisitos exigidos por la Institución para efectos de avance y promoción. 55. Apoyar todo tipo de actividades que propicien el bienestar y la superación estudiantil e institucional. 56. Participar en el proceso de construcción del PEI, en su aprobación, adopción, ejecución, evaluación y revisión a través de sus representantes. 57. Proveerse oportunamente de los elementos necesarios para las actividades académicas, culturales, sociales, religiosas y deportivas organizadas por el Plantel. 58. Asistir a las actividades extraescolares programadas por la INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ. 59. Tener al día los cuadernos y/o guías de trabajo, diligenciadas apropiadamente según las indicaciones del docente. 60. En caso de inasistencia por fuerza mayor, asumir la responsabilidad de comunicarse con el docente y ponerse al día por su propia cuenta en todas las actividades académicas de las diferentes asignaturas. 61. Tener el material de trabajo que la INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ solicita al iniciar el año, debidamente marcado y mantenerlo en excelentes condiciones. Los materiales adicionales, deberán ser adquiridos oportunamente.
  • 33. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” 62. Mantener un buen desempeño académico y disciplinario, como requisito para poder participar en las diferentes actividades extraclase, culturales, sociales y deportivas programadas por la Institución. 63. El estudiante debe asistir a la Institución con todos los elementos escolares (libros, útiles, tareas, trabajos, materiales, etc.) desde el inicio de la jornada. Dado que por razones de seguridad, organización y formación en el sentido de la responsabilidad y cumplimiento, no se permite el ingreso de ningún elemento a través de los padres y/o acudientes durante la jornada escolar. 64. Participar en campañas que busquen el bienestar y superación estudiantil e institucional, mostrando siempre una actitud de compromiso, respeto y solidaridad. EN EL ASPECTO DE PRESENTACIÓN PERSONAL: 65. Observar excelente presentación e higiene personal. 66. Las niñas deberán presentarse bien peinadas y su cabello en color natural. Los jóvenes con la presentación adecuada y correcta del uniforme y sus cabellos debidamente motilados como se indica en el aspecto del uniforme, sin colorantes, ni teñidos, en su color natural. 67. Respetar la limpieza, higiene y conservación de la Institución y colaborar activamente para mantenerla de igual forma, como elemento fundamental en el proceso de formación escolar. 68. Portar el uniforme completo y correctamente, haciendo honor a la dignidad, formalidad y buen nombre de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ, dentro y fuera del Plantel, desde el momento de salir del hogar hasta que se regrese al mismo. Está prohibido el uso de maquillaje, joyas y accesorios que dañen la buena presentación del uniforme. El personal directivo, docente, administrativo y monitoras está facultado para exigir el porte adecuado del uniforme. Tanto los útiles como el uniforme deben estar marcados con el nombre del estudiante y curso. La comunidad educativa de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ entiende y asume que es parte fundamental del proceso de formación, el observar normas comunes que posibiliten la convivencia armónica y permitan caracterizar al Plantel como Institución organizada, formal y efectiva en el desarrollo de los distintos procesos educativos. Por lo tanto, asume el libre desarrollo de la personalidad como la manifestación de la expresión creadora en la formación del carácter, entendiendo los elementos externos de la personalidad como susceptibles de manifestación en los espacios familiares o que correspondan a la utilización del tiempo libre del estudiante fuera del Plantel. UNIFORMES: Los estudiantes de la Institución deberán presentarse, según cada ocasión o evento y de acuerdo con las indicaciones dadas por los encargados competentes, el alumno debe
  • 34. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” presentarse desde el primer día de actividades portando uno de los siguientes uniformes: (salvo permiso especial) así: Hombres: Uniforme de diario: Pantalón Jeans Clásico color azul oscuro, sin rotos, sin bolsillos adicionales, sin flecos, sin apliques, sin adornos en ninguna parte del pantalón, no botatubo, sin amarras en la bota. Correa negra con chapa pequeña, para evitar enfrentamientos y que se pueda utilizar como elemento de agresión, camiseta blanca, la cual va siempre por dentro del jeans, con el escudo de la Institución estampado al lado izquierdo, parte superior del pecho y con cuello, manga corta, zapatos o tenis negros, completamente negros (no botas), de cuero o gamuza, cordones negros, medias azules oscuras (no tobilleras), corte de cabello debidamente motilado y organizado, sin tinturas. Damas. Uniforme de diario: Yomber a cuadros, con la tela indicada, hasta la mitad de la rodilla, blusa blanca de tela; manga corta, la cual va siempre por dentro del Yomber , medias blancas hasta llegar a la rodilla, (sin adornos ni otros colores); zapatos negros colegiales (de atadura color negro). Los adornos como aretes, collares y pulseras, cabellos tinturados y el maquillaje no se permiten con el uso del uniforme, las extravagancias desdibujan el uniforme institucional. Uniforme de educación física para ambos sexos Camiseta blanca, cuello redondo, manga corta, con el escudo de la Institución estampado en la parte superior izquierda, medias blancas (no tobilleras), tenis totalmente blancos, completamente blancos, sin adorno, sin otros colores. (No botas), Sudadera roja en algodón no brillante, sin combinado de colores, la sudadera no debe llevarse remangada, ni resorte en la bota, ni botatubo y deberá estar bien ubicada en la cintura. Buso azul oscuro con logotipo de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ sin capota, según modelo acordado por la institución. Este buso podrá utilizarse también como parte del uniforme de diario. 4. Pantaloneta roja para las actividades deportivas. 5. Para algunos deportes, previa concertación y autorización del coordinador de disciplina, se deberán utilizar los implementos requeridos para la seguridad personal. Para la práctica del fútbol, se deben utilizar el uniforme respectivo. 6. En todos los espacios y eventos deportivos los estudiantes deberán utilizar la camiseta del uniforme. 7. Para las salidas deportivas los estudiantes deberán estar perfectamente uniformados, como condición indispensable para asistir a dicha actividad deportiva.
  • 35. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” 8. En preescolar la aplicación del bloqueador solar dependerá del docente y en primaria y bachillerato de los mismos estudiantes. PARÁGRAFO 1: Los estudiantes que no se presenten a las actividades y prácticas deportivas con el vestuario reglamentario no podrán hacer parte de estas actividades. En tal caso, el docente a cargo establecerá las actividades alternativas a ser realizadas. El saco o buso permitido para días invernales será de color azul oscuro, Cerrado, sin adornos, sin capucha, manga larga, igual para hombres y mujeres, Con el escudo de la Institución en el lado izquierdo parte superior. 69. La chaqueta de la “Promoción”; si fuera aprobada por Consejo Directivo frente al aval de Rectoría será voluntaria y portada únicamente por los alumnos del grado undécimo. El color y el modelo deben armonizar con el uniforme y ser previamente autorizados o establecidos por la Rectoría. 70. Abstenerse de usar prendas o accesorios diferentes al uniforme durante su permanencia en la Institución. Para el caso de las niñas, las hebillas, diademas o balacas deben estar de acuerdo con los colores del uniforme (negro, azul, blanco). De manera expresa se excluye el uso de tintes y expresiones que por su peculiaridad particularicen de tal forma al estudiante, que puedan generar controversia, posiciones extremas, actitudes agresivas o intimidantes, conformación de grupos radicales o cualquier situación de disputa o discriminación por razones de apariencia entre la comunidad, tales como el uso de aretes, colorantes, accesorios de cuero, anillos, cadenas, manillas, tatuajes, piercing, adornos u otros elementos similares. EN EL ASPECTO DE ASISTENCIA: Asistir puntualmente a la Institución según horario correspondiente, permanecer en todas las clases y participar presentándose oportunamente en todos los actos de la comunidad, salvo que haya sido excusado, citado o remitido a otras dependencias. En cualquier caso contar con el permiso escrito de la respectiva coordinación. HORARIO INSTITUCIONAL POR JORNADA SEDE JORNADA HORARIO GRADOS QUE ATIENDE PORFIRIO BARBA JACOB MAÑANA PORFIRIO BARBA JACOB TARDE ATANASIO GIRARDOT MAÑANA ATANASIO GIRARDOT TARDE BRAVO MARQUEZ CENTRAL MAÑANA 6:10 AM- 12:10 PM 7º-8º BRAVO MARQUEZ CENTRAL TARDE 12:10 PM- 6;10 PM 9º-10º-11º BRAVO MARQUEZ CENTRAL NOCTURNA 6:10 PM-10;10 PM CLEI 2,3, 4, 5 Y 6 DE EDUCACIÒN PARA
  • 36. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” ADULTOS 71. Recordemos que ningún estudiante puede retirarse de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ sin el permiso y/o acompañamiento de sus padres o un adulto responsable y la autorización correspondiente. 72. Conversar en voz baja para evitar molestias y ruidos. Utilizar siempre un vocabulario muy respetuoso. 73. Abstenerse de consumir alimentos en el aula de clase y en los lugares para el desarrollo cognitivo y de botar papeles al piso. 74. Respetar la prohibición de comercializar comestibles o cualquier otro artículo. 75. En caso de llevar un balón, éste debe permanecer dentro de una bolsa o malla y con el previo permiso de los acudientes firmado por el Coordinador de Convivencia. 76. No están permitidas las demostraciones amorosas en las instalaciones de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ . 76. Acatar todas las recomendaciones dadas por la monitora sobre comportamiento y seguridad como prevención de algún accidente dentro del aula de clase y en los lugares de la institución. 77. No portar elementos distintos a los útiles escolares. CAPÍTULO CUARTO SISTEMA DE ADMISIÓN Y PERMANENCIA DE EDUCANDOS Artículo 15.- Definiciones. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 95 y 96 de la Ley 115 de 1994, se determinan en este Capítulo del Manual de Convivencia, los criterios y reglas para la formalización de la vinculación de educandos de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ y de las condiciones de permanencia de los mismos en la Institución Educativa.
  • 37. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” Para efectos de lo establecido en este Capítulo, se acogen las siguientes definiciones: Estudiante nuevo: Es el aspirante admitido que ingresa por primera vez a la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ a un grado determinado. Estudiante antiguo: Es el educando ya matriculado en la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ y que recibe la autorización para renovar la matrícula, posibilitando su permanencia en el servicio educativo. Estudiante reintegrado: Es aquel estudiante que habiendo estado matriculado en la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ, y que por retiro voluntario o por cualquier otra causa se haya retirado de la Institución, solicite nuevamente ser admitido. Artículo 16.- Proceso de Admisión. La admisión es el proceso a través del cual la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ determina la vinculación de educandos a cursar los grados de los niveles y ciclos educativos ofrecidos en el Proyecto Educativo Institucional. Este proceso se inicia con la inscripción voluntaria de aspirantes, que por primera vez quieran ingresar a la Institución Educativa, de acuerdo con el procedimiento e instrumento diseñado por el Comité de Admisiones, para tal efecto. Los requisitos para el ingreso de estudiantes nuevos al I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ son los siguientes: 1. Asistencia de los padres de familia o acudientes al proceso de inducción, dirigido al conocimiento de la institución educativa que cubre entre otros aspectos, el Proyecto Educativo Institucional, el Manual de Convivencia, la organización administrativa y pedagógica, los medios y recursos institucionales, así como la infraestructura física. 2. Adquisición, diligenciamiento y presentación del formulario de inscripción, anexando la totalidad de la documentación exigida en las fechas determinadas para cada año escolar en el calendario de admisión, matrículas y reintegros. 3. Presentación de pruebas de competencias académicas, psicológicas y entrevista en día y hora previamente señalados. 4. Obtención de orden de matrícula firmada por la Rectoría. 5. Pago de los correspondientes costos educativos. 6. Presentación de la documentación exigida por la Secretaría Académica de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ. 7. Formalización del acto de matrícula por parte del padre y la madre, mediante la aceptación y firma del contrato de servicios educativos, de conformidad con el artículo 201 del la Ley General de Educación. 8. Asistencia de los padres de familia o acudientes y estudiantes aspirantes a un encuentro académico y de convivencia. La I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ se reserva el derecho de admisión, previo estudio y verificación objetiva de la información presentada y frente a la disponibilidad de cupos.
  • 38. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” Artículo 17.- Reintegro de Estudiantes. La admisión de los estudiantes que soliciten reintegro se hará previo el cumplimiento de los siguientes requisitos: 1. Entrega a la Rectoría de la solicitud escrita de reintegro por parte de los padres de familia. 2. Presentación de los informes académicos y de comportamiento de los grados cursados en otras instituciones, si lo hubiera hecho. 3. Presentación del paz y salvo de la última institución donde estuvo matriculado el aspirante. Además deberá diligenciar los documentos de inscripción y actualización de la información familiar y académica, con los respectivos soportes documentales, requeridos por el I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ, de conformidad con el artículo 16 del presente Manual. Por su parte la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ hará el análisis de informes académicos y de comportamiento de los años lectivos cursados en la Institución, para que, junto con la información entregada por el aspirante, determine o no el reintegro dentro los términos señalados en el calendario correspondiente. Artículo 18.- Proceso de Matrícula. La calidad de estudiante de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ se adquiere una vez protocolizada la matrícula que consiste en la suscripción del Contrato de Matrícula y del acta respectiva por parte de los padres o acudientes, el(la) estudiante y la Rectora del I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ , La diligencia de matrícula se realizará en el día y horas establecidos por la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ. De no realizarse, se perderá el cupo otorgado. Se concederá un plazo cuando el interesado así lo solicite mediante comunicación escrita dirigida al Comité de Admisiones, justificando la ampliación solicitada. Los padres de familia o acudientes y los educandos al firmar el Contrato de Matrícula correspondiente, están aceptando el Proyecto Educativo Institucional y el Manual de Convivencia, pues estos instrumentos forman parte integral del Contrato, en virtud de lo dispuesto en el artículo 201 de la Ley 115 de 1994. La Institución ofrece las disponibilidades para que estos documentos sean conocidos de manera previa, antes de protocolizar la matrícula. Cuando por recomendaciones médicas, pedagógicas o académicas, o como consecuencia de medidas disciplinarias, el estudiante y el padre de familia o acudiente, deban asumir compromisos especiales frente a la prestación del servicio educativo ofrecido por la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ, se hará constar en el respectivo Contrato de Matrícula. Los documentos exigidos para el proceso de protocolización de la matrícula son los siguientes: 1. Registro Civil de Nacimiento original o fotocopia legible. 2. Certificados de estudios originales, en formatos oficiales, debidamente diligenciados y legalizados (Nombres y apellidos completos, número del documento de identidad, niveles, ciclos y grados educativos cursados, intensidad horaria completa y la valoración respectiva). 3. Certificado médico general, de audiometría y agudeza visual actualizados.
  • 39. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” 4. Fotocopia del carné de vacunas, para los niños aspirantes al nivel de educación preescolar. 5. Dos fotografías tamaño 3 x 4 cms. 6. Constancias del grado que cursa y de comportamiento, expedidas por el funcionario competente de la institución educativa en donde cursó estudios anteriores. 7. Certificación de ingresos de los padres o acudientes. 8. Paz y salvo del establecimiento educativo o establecimientos educativos en donde cursó estudios anteriores. 9. Certificación de afiliación a una entidad promotora de salud o afiliación al seguro de accidentes que suministra la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ. 10. Fotocopia de la cédula de ciudadanía de los dos padres. Los estudiantes que soliciten reintegro y sean admitidos deberán cumplir los anteriores requerimientos, a excepción de los ya consignados en el establecimiento educativo. Para los estudiantes antiguos opera para cada año académico la renovación de matrícula. Son requisitos para la renovación de matrícula: 1. Haber aprobado el correspondiente año lectivo. En caso de no aprobación del año, haber recibido la pre matrícula por la Comisión de Evaluación y Promoción. 2. Haber presentado una valoración del comportamiento que a juicio de la Comisión de Evaluación y Promoción se ajusta a los principios y normatividad del presente Manual de Convivencia. 3. Actualización de los datos básicos para el sistema de información. 4. Certificación de afiliación a una entidad promotora de salud o afiliación al seguro de accidentes que suministra la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ. 5. Realización de la renovación de la matrícula dentro de los plazos fijados por el I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ, suscribiendo el contrato de prestación de servicios educativos. 6. Encontrarse a Paz y Salvo por todo Concepto, tal como se dispone en este Manual. PARÁGRAFO: Requisito previo en cualquier caso es la entrega de la pre matrícula totalmente diligenciada en las fechas señaladas por la institución, y si fuera el caso, de aceptación de los compromisos contenidos en la misma. Artículo 19.- Permanencia en la Institución Educativa. La I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ orienta toda su actividad al servicio de la formación integral del estudiante y de su permanencia hasta la obtención del grado como bachiller. (Artículo 42 del C. de la Infancia y la Adolescencia). La permanencia del estudiante en la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ está sujeta al cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en el contrato de matrícula y las consagradas en este Manual de Convivencia. Se perderá el derecho cuando el estudiante incurre en faltas cuya naturaleza altere de manera significativa la convivencia y el bienestar social de la comunidad educativa, previa observancia del proceso disciplinario respectivo. La reprobación por primera vez de un determinado grado por parte del estudiante, no será causal de pérdida de la calidad de estudiante, siempre y cuando no esté asociada a otra
  • 40. MANUAL DE CONVIVENCIA “EDUCAR PARA PENSAR LIBREMENTE” causal expresamente contemplada en este Manual de Convivencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 96 de la Ley 115 de 1994. La calidad de estudiante se puede perder, además, por una de las siguientes causales: 1. Por retiro voluntario del estudiante que implique terminación del contrato por mutuo consentimiento de las partes. 2. Por fuerza mayor que afecte al estudiante e implique la terminación del contrato por mutuo consentimiento. 3. Por las causales determinadas en el presente Manual de Convivencia, inherentes a la aplicación de los regímenes de sanciones disciplinarias. 4. Por no alcanzar los logros de promoción al grado siguiente y presentar comportamientos que van en contravía a las normas del manual de convivencia y presentadas por el comité de convivencia a las directivas de la Institución. El padre de familia o acudiente que decida retirar voluntariamente al estudiante y por ende dar por terminado el contrato de matrícula debe: 1. Informar por escrito a la Secretaría Académica tal decisión, indicando los motivos y la fecha a partir del cual opera el retiro. 2. Suscribir el acta de terminación por mutuo consenso del contrato de matrícula y la correspondiente cancelación en el libro de matrículas. 3. Estar a paz y salvo por todo concepto. 4. Solicitar la entrega de los documentos y certificados correspondientes. Artículo 20.- Certificado de Paz y Salvo por todo Concepto. La I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ establece el Certificado de Paz y Salvo por todo Concepto como instrumento fundamental para garantizar el cumplimiento de las obligaciones por parte de los padres de familia o acudientes y del educando, pactadas en el Contrato de Matrícula, de conformidad con lo establecido en el artículo 96 de la Ley 115 de 1994, en cuanto a la fijación de condiciones para la permanencia del educando en el establecimiento educativo y en armonía con el artículo 25 del Decreto 2253 de 1995, en lo referente a la fijación de normas generales para el cumplimiento oportuno de las obligaciones económicas derivadas del sistema de matrículas y pensiones. El Certificado de Paz y Salvo por todo Concepto, será suscrito y expedido por cada Director de grupo según formato indicado, en el momento en que se verifique que el estudiante esta a paz y salvo con todas las dependencias de la Institución, tales como; laboratorios, biblioteca, teatro, música, deportes, danzas y firmado por Coordinación será entregado en Secretaria para que desde allí se verifiquen la papelería que se debe entregar para finiquitar el paz y salvo en Rectoría. Este certificado será obligatorio en los siguientes casos: 1. Para el trámite de renovación de la matrícula. 2. Para la terminación del contrato de matrícula por mutuo consenso. No se expedirá el Certificado de Paz y Salvo por todo concepto, a quienes se encuentren con deudas en alguna dependencia de la I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ Artículo 21.- Registro Escolar. La I.E. JOSÉ MARÍA BRAVO MÁRQUEZ lleva para cada estudiante un registro escolar actualizado en el que se incluyen los datos